AGRARIO. Los recursos se clasifican
Enviado por lilicoppo • 13 de Diciembre de 2016 • Apuntes • 481 Palabras (2 Páginas) • 155 Visitas
AGRARIO
Los recursos se clasifican en:
- Renovables: son aquellos que no se agotan, sino que vuelven a surgir. Por ejemplo: trigo, soja, etc. Son los que trata el derecho agrario.
- No renovables: son aquellos que se agotan con el paso del tiempo. Ejemplo. Petróleo. Son los que se estudian en el derecho minero.
Derecho agrario: son aquellos que estudia los recursos renovables. Ejemplo. Ganadería.
La característica fundamental de los contratos agrarios es que sus normas son de orden público; y que el estado participa porque hay diferencia económica. Cultural y social entre la gente que es propietaria y el peón. En el campo la gente es analfabeta, por lo que se necesita una fuerte participación del estado. La escuela primaria es obligatoria por el campo.
En el campo se vive de otra manera y los usos y costumbres son diferentes a la ciudad.
Sarmiento es el que impone la educación primaria. Hay contratos que están expresamente prohibidos por la ley. Por ejemplo los canadienses. El estado se mete porque la gente en el campo cuando no hay trabajo no tiene donde vivir, y se vive donde se trabaja. El estado cubre eso, esta del lado del más débil.
Desde el comienzo no se le dio autonomía al derecho agrario. Si bien Vélez Sarfield se basa en el código francés, obvio la parte agraria.
Fuero agrario: en la Argentina no existe, nos manejamos con los juzgados civil y comercial; y con el juzgado de Paz. Es un principio existió pero luego con la creación del CC desapareció. En el campo el juez se tiene que expedir para expedir para extender el contrato. El contrato de locación es completamente distinto al agrario.
El código agrario rural desapareció de la provincia. La importancia de que haya un fuero agrario es que es completamente distinto al civil.
El juzgado de Paz hace de primera instancia en lo que es agrario. Después vas al juez en lo civil. Si la ciudad no es cabecera del partido vas al juzgado de paz, si es cabecera vas al juzgado civil como primera instancia.
Entidades:
- Sociedad Rural Argentina: para ser miembro tenes que tener una estancia. Es el ala más conservadora.
- Federación Agraria: esta compuesta como opuesta a la SRA. En 1907 el grito de alcorta. No había normas. La gente viene de Santa Fe para que dicten normas agrarias. Representa los intereses de los trabajadores.
En un contrato de arrendamiento la autonomía de la voluntad esta limitada, no podes hacer la que quieras. Esta limitada por el orden publico.
En las leyes a nivel nacional se ha metido en cuestiones constitucionales. Por ejemplo. Poder de policía (art 55), tomaron ese punto para tomar decisiones sobre cuestiones agrarias.
Resolución 125. El 28% de retensión a la soja. Esto era para todos los pequeños y grandes productores.
Retensión móvil. Baja importante del maíz, trigo, girasol.
Orden público y política de estado. Son dos palabras claves para esta materia.
...