AMPARO INDIRECTO. JUICIO ORAL FAMILIAR.
Enviado por NESTORRENDON • 18 de Junio de 2018 • Tutorial • 1.094 Palabras (5 Páginas) • 292 Visitas
JUICIO ORAL FAMILIAR.
EXPEDIENTE:
ROSA ISELA GARCÍA JIMENEZ
VS
LUIS ALBERTO ROMERO ROMERO
C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO
DEL DISTRITO JUDICIAL CON RESIDENCIA
EN TOLUCA ESTADO MÉXICO.
P R E S E N T E
ROSA ISELA GARCÍA JIMENEZ por mi propio derecho y en representación de mi menor hijo de nombre LUIS RODRIGO de apellidos ROMERO GARCÍA, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones la lista de los estrados de este H. Juzgado y autorizando para los mismos efectos como mandatarios judiciales en amplios términos del Artículo 7.803 y relativos al Código Civil del Estado de México y como abogados patronos en términos del Artículo 1.93 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México a los CC.JOSE LUIS GARCIA MARTINEZ, NESTOR RENDON MEDINA, BENIGNO MORENO SÁNCHEZ, Ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:
Que con fundamento en lo establecido por los artículos 2.157, 2.160 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles en vigor, VENGO A SOLICITAR SE EJERCITE EN LA VÍA DE APREMIO AL C. LUIS ALBERTO ROMERO ROMERO, quien tiene su domicilio para que sea legalmente notificado el ubicado Paseo Tollocan 504 Interior , Lote D, Colonia Valle Verde, Toluca, Estado de México, a fin de que se ejecute el convenio celebrado de fecha diez de diciembre del año dos mil diez realizado en el Centro de Mediación y Conciliación del Poder Judicial de la Entidad, respecto de la CLASULA SEGUNDA, la cual se señala: En relación a la pensión alimenticia que el señor LUIS ALBERTO ROMERO ROMERO, se obliga a otorgar a favor de su menor hijo, la cantidad de $500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100, M.N), SEMANALES, cantidad que será depositada ante el local de este Juzgado, los tres primeros días hábiles de cada mes. Pensión alimenticia que a partir del uno de enero del año dos mil ONCE, incrementando este en la forma que a condición del Salario Minimo partir del año dos mil nueve será incrementada de acuerdo al incremento que sufra el salario mínimo general vigente en esta zona de actuación, y empezará a ser entregada durante el mes de septiembre de dos mil siete, la cantidad de $300.00 (TRECIENTOS PESOS 00/100, M.N), semanales, que serán depositados los días lunes de cada semana ante el local de este Juzgado, a partir del mes de octubre del dos mil siete será entregada de manera mensual, es decir, la cantidad de $1,200.00 (UN MIL DOCIENTOS PESOS 00/100, M.N), mensual, cantidad será depositada ante el local de este Juzgado, los días tres primeros hábiles de cada mes. Obligándose de igual manera a cubrir los gastos del calzado y vestido de su menor hija, de acuerdo a las necesidades que requiere.
Convenio que se celebro en la audiencia de conciliación y depuración procesal de fecha seis de septiembre del año dos mil siete, mismo que se aprueba y se homologa a sentencia elevándose a cosa juzgada.
Es el caso el demandado no ha dado cumplimento al convenio respecto de la cláusula de referencia., como lo señalo en las siguientes plantillas.
CORRESPONDIENTE AL AÑO 2011
MES | APORTACION | ADEUDO |
MARZO | 0 | $2,000.00 |
ABRIL | 0 | $4,000.00 |
MAYO | 0 | $6,000.00 |
JUNIO | 0 | $8,000.00 |
JULIO | 0 | $10,000.00 |
AGOSTO | 0 | $12,000.00 |
SEPTIRMBRE | 0 | $14,000.00 |
OCTUBRE | 0 | $16,000.00 |
NOVIEMBRE | 0 | $18,000.00 |
DICIEMBRE | 0 | $20,000.00 |
Total de adeudo correspondiente al año 2011: $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100, M.N).
CORRESPONDIENTE AL AÑOS 2012
MES | APORTACIONES | ADEUDO |
ENERO | 0 | $22,000.00 |
0 | ||
MARZO | 0 | $800.00 |
0 | ||
0 | ||
JUNIO | 0 | $400.00 |
JULIO | 0 | $1,400.00 |
AGOSTO | 0 | $400.00 |
SEPTIEMBRE | 0 | $1,400.00 |
0 | ||
0 | ||
0 |
TOTAL DE ADEUDO: correspondiente al año dos mil DOCE: $44,000.00 (CUATRO MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100, M.N).
CORRESPONDIENTE AL AÑO 2013
TOTAL DE ADEUDO: correspondiente al año dos mil DOCE: $68,000.00 (CUATRO MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100, M.N).
...