ANALISIS DEL CODIGO DE ETICA DEL PROFESIONAL DOCENTE
Enviado por herculeshung • 4 de Diciembre de 2018 • Trabajo • 2.075 Palabras (9 Páginas) • 338 Visitas
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Pedagógica Experimental Libertador
Instituto de Mejoramiento Profesional del Magistrado
Subdirección de Extensión
Extensión Académica Higuerote
Componente 2016 - I
ANALISIS DEL CODIGO DE ETICA DEL PROFESIONAL DOCENTE
TUTORA: PARTICIPANTES:
Lic. MARUJA MOREL LUIS ANTONIO HERCULES
Higuerote, 30 de Abril de 2016
CONTENIDO
1.- ¿La normativa contemplada en el Código de Ética del profesional Docente, esta por encima de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela?
2.- ¿Es de carácter obligatorio para el docente cumplir con el Código de Ética Profesional Docente?
3.- ¿De acuerdo con el Código de Ética del Profesional Docente, como debe ser el modelo de vida publica y privada del docente?
4.- ¿Es correcto que el Profesional Docente, se exprese públicamente en forma negativa de un colega? ¿Por que?
5.- ¿Es el deber del profesional docente obligar al alumno a participar en clases?
6.- ¿De acuerdo a lo establecido en el Código de Ética del Profesional Docente, Puede una Falta de Moral Prescribir?; Por ejemplo, si alguien falsifica un titulo académico, vende un examen o seduce a una menor de edad, ¿Bastaría con esperar seis meses después de cometido el hecho para que quede moralmente limpio? (Ver Art, 68).
I
¿LA NORMATIVA CONTEMPLADA EN EL CODIGO DE ETICA DEL PROFESIONAL DOCENTE, ESTA POR ENCIMA DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA?
En principio antes de entrar a analizar si la normativa contemplada en el Código de Etica del Profesional Docente está por encima de nuestra Constitución, es necesario señalar que si bien es cierto el referido Código de Etica Profesional contiene una serie de normas de conducta, comportamiento y desenvolvimiento que deben ser observadas de manera estricta por el profesional docente, toda vez que el mismo a lo largo de su contenido establece como debe el docente desarrollar el ejercicio de su carrera para que con la estricta aplicación del mismo imparta los conocimientos de manera correcta y adecuada, ademas de ser el ejemplo mas digno de buen comportamiento ya que su norte es la enseñanza, no es menos cierto que no es un cuerpo legal con carácter coercitivo ya que el mismo no es sancionado como tal por el Poder Legislativo y por esa razon no tiene carácter de Ley, es un texto redactado y dirigido única y exlusivamente a un sector de la sociedad, en este caso a los profesionales de la docencia, razon por la cual debe ser cumplido exclusivamente por estos y sólo contiene sanciones de carácter disciplinario orientadas a reprender al docente infractor en proporcion directa a la falta cometida, nótese que habla sólo de faltas y deja al imperio de la Ley el castigo en caso de responsabilidades provenientes de las acciones u omisiones del profesional que puedan considerarse delictuales.
Nuestra Carta Magna, a diferencia de cualquier otra normativa emanada de Colegios de Profesionales, fue elaborada conforme a los principios establecidos por nuestro ordenamiento jurídico para que sea Ley, de obligatorio cumplimiento para todos los ciudadanos sin distingo de raza, religión o profesión, ademas de ser la base y principio general de todo nuestro ordenamiento legal y de su contenido se evidencia y deduce de manera clara que ningún otro tipo de Ley; Reglamento; Instructivo o Código en cualquiera de sus acepciones puede estar igual o por encima de ella, razon por la cual el Código de Etica del Profesional Docente no puede estar por encima de Nuestra Constitución.
II
¿ES DE CARÁCTER OBLIGATORIO PARA EL DOCENTE CUMPLIR CON EL CODIGO DE ETICA DEL PROFESIONAL DOCENTE?
Evidentemente el sólo hecho que una persona se anime a ejercer la docencia en cualquiera de sus etapas, indica que es una persona de principios y valores intachables, completamente arraigados a las buenas costumbres, apegados a la legalidad y a un comportamiento ejemplar, razon por la cual debe hacer del Código de Etica señalado obligatoria aplicación, cotidiana y permanente sin que existan mecanismos coercitivos para tal fin, claro está que es en razon de lo dicho el hecho implicito de su obligatoriedad porque el mismo al ser, sin que suene despectivo, un simple Código elaborado por un Colegio Profesional sólo contiene sanciones disciplinarias para el docente que lo incumpla, toda vez que como ya se mencionó anteriormente carece del carácter legal para poder ser utilizado como herramienta de aplicación de Justicia y es por ello que la obligatoriedad de su cumplimiento depende de cada profesional, en lo particular consideramos que el mismo por tratarse de una profesión importantísima en el crecimiento y desarrollo de una sociedad debería tener carácter de obligatoriedad.
III
¿DE ACUERDO AL CODIGO DE ETICA DEL PROFESIONAL DOCENTE, COMO DEBE SER EL MODELO DE VIDA PUBLICA Y PRIVADA DEL DOCENTE?
El Código de Etica del Profesional Docente, trata en sus Capítulios I al IV el tema relativo al comportamiento tanto personal como profesional del docente, como profesional está sometido a una vida no sólo pública, sino a una constante evaluación y supervisión por parte de sus superiores, los mismos alumnos y la sociedad en general, razon por la cual su desenvolvimiento debe estar ceñido a todas las normas de buen comportamiento social, familiar y las contenidas en los artículos 1 al 66 del Código aquí analizado, el mismo no indica de manera especifica para el docente normas de comportamiento en su vida privada o pública, señalando en líneas generales que durante su vida y ejercicio como profesional debe observar una conducta intachable, ejemplar teniendo como norte los valores y principios morales en su vida propia, para de esa manera poder impartir conocimientos a sus alumnos basados en esos mismos principios que debe poner en práctica ya que en resumidas palabras el profesional docente es un ejemplo a seguir, y consideramos que su desenvolvimiento debe ser ejemplar tanto en lo personal como en lo familiar, tanto en lo privado como en lo público, es decir comportarse como “un buen padre de familia”.
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