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ANALISIS JURISPRUDENCIA


Enviado por   •  1 de Marzo de 2014  •  584 Palabras (3 Páginas)  •  612 Visitas

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ANALISIS JURISPRUDENCIAL SENTENCIA T 414 DE 1995

HECHOS

El actor accionante de la acción de tutela manifiesta ser propietario de un vehículo aprehendido el 4 de enero de 1995 por el grupo de automotores de la SIJIN-PONAL BARRANQUILLA.

Según la demanda el 17 de enero la ponal resolvió poner el automóvil a disposición de la dirección de impuestos y aduanas nacionales- DIAN- regional norte –barranquilla- allí la investigación correspondiente fue asumida por la división de fiscalización- Grupo aduanas-

El accionante manifestó que desde el 26 de enero solicito repetidas veces al jefe de la división la entrega del vehículo sin haber obtenido ni respuesta positiva, ni negativa.

Por lo anterior expuesto el accionante reitera que debido a todo esto se vulnera y viola su derecho fundamental a petición, y por consiguiente al debido proceso, al buen nombre y a la propiedad privada.

PROBLEMA JURIDICO

Es procedente aquella tutela que solicita el amparo del derecho fundamental de petición, cuando con este se pretenden actuaciones o manifestaciones por parte de la autoridad judicial o administrativa, las cuales están sujetas a preceptos constitucionales y legales claramente establecidos?

Es decir, en el caso que nos ocupa, resulta vulnerado el derecho al buen nombre, debido proceso y a la propiedad privada cuando por omisión no se da respuesta oportuna y eficaz a un derecho de petición.

ARGUMENTACION.

Según el falo de la sala plena del tribunal superior del distrito judicial de barranquilla, ninguno de los derechos reclamados por el accionante fue conculcado puesto:

1) El derecho al debido proceso no fue vulnerado ya que la DIAN seguía un proceso conforme a las normas legales.

2) El derecho de petición no puede ser invocada para solicitar a un juez que haga o deje de hacer algo dentro de su función judicial.

3) El derecho a la propiedad privada no fue violado ya que la Dian retuvo el vehículo bajo los parámetros de la ley 2117 de 1992 y el 1800 de 1994 , es decir se hizo el procedimiento de forma legítima.

LA CORTE CONSTITUCIONAL ARGUEMENTO

1) El debido proceso se aplicará en todos las actuaciones judiciales y administrativas por lo cual la Dian no es la excepción y esto garantiza la tutela al debido proceso.

2) Los particulares quedan vinculados por la normatividad propia de cada juicio o actuación administrativa.

3) A los particulares les queda prohibido interrumpir o dilatar los procesos mediante el uso de peticiones o recursos y por lo tanto resulta improcedente en este caso el derecho de petición y a la acción de tutela, salvo excepciones especiales.

4) La autoridad aduanera adelanto las diligencias correspondientes para la aprehensión de inmovilización del vehículo por lo cual no vulnero el derecho

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