ANALOGIA DERECHO
Enviado por MOISES1971 • 18 de Abril de 2014 • 5.837 Palabras (24 Páginas) • 296 Visitas
La Analogía: significa comparación o relación entre varias razones o conceptos; comparar o relacionar dos o más objetos o experiencias, apreciando y señalando características generales y particulares, generando razonamientos y conductas basándose en la existencia de las semejanzas entre unos y otros.
Para que te sea más facil de entender: A veces a los jueces se les presentan casos que no están exactamente tipificados en la ley. Entonces lo que hacen es dirijirse a una norma que sea bastante parecida y tomarla. Eso es analogia.
En el Derecho Penal no se puede utilizar la analogía ni la jurisprudencia, dado que no se puede juzgar a alguien por hechos que no esten claramente tipificados en la ley. Recuerda que estamos hablando generalmente de la libertad de las personas y que el Derecho penal es el arma de control social más fuerte que tiene el Estado.
En cuanto a los tipos de Analogía: Homología
Se produce homología cuando dos cosas o casos diferentes, aun siendo distintos, ejercen la misma función y utilizan la misma expresión en ambos casos.
Por ejemplo un “Jefe de Servicio” en un Departamento, tiene un “homólogo” como “Jefe de Servicio” en otro Departamento; de la misma forma que las “alas” de una mosca tienen una homología con las “alas” de un águila o de un avión. En geometría las figuras “semejantes” son homólogas.
Dos discursos son homólogos cuando discurren de forma paralela en asuntos diferentes:
Comparación
Cuando el sentido analógico se expresa directamente en el lenguaje sin recurso a la metáfora, como una mera comparación de los objetos o situaciones reales.
El narrador obtiene un sentido más fuerte al hablar de la fuerza de una hormiga llevándose una hojita al hormiguero al decir: “es como si un hombre arrastrara hacia su casa un objeto de 150 Kg.”
Alegoría
Cuando la comparación se prolonga a lo largo del discurso hablando del objeto como si fuera lo comparado, en una sucesión de metáforas que se convierte en objeto del propio discurso entonces el recurso lingüístico recibe el nombre de alegoría.
Las parábolas del Evangelio o las fábulas son el ejemplo más propio de lo que es una alegoría. El cuento de Pinocho es una alegoría de lo que no debe hacer un niño, "mentir". Los niños tienen que ir siempre “diciendo la verdad”, so pena de recibir un castigo.
Ciertas alegorías retóricas se plasman en imágenes que aportan un sentido intermedio entre el símbolo y la alegoría como por ejemplo la representación de la Balanza sostenida por una mujer con los ojos tapados en representación de la Justicia; o Cupido tirando las flechas con los ojos tapados.
La interpretación es la indagación del verdadero sentido y alcance de la norma jurídica en relación con el caso que por ella ha de ser reglado.
Interpretación De Las Normas Procesales
Concepto
Clases de interpretacion
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by JORGE MACHICADO
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Interpretación De Las Normas Procesales (CPC, 91). La Teoría de la Interpretación de la Ley (Hermeneútica Jurídica) es la teoría de la determinación del contenido de la ley.
El objeto de la interpretación es la "Iex scripta', las palabras dictadas por el legislador.
La finalidad de la interpretación es científica: hacer entender la ley, no crearla.
La interpretación es la indagación del verdadero sentido y alcance de la norma jurídica en relación con el caso que por ella ha de ser reglado.
Se trata de saber como, aplicando una norma general a un hecho concreto, el órgano judicial obtiene la norma individual que le incumbe establecer.
Clases De Interpretación
El juez debe evitar la interpretación teleológica y la analogía; antes debe ir a los Principios constitucionales, luego a los principios del proceso, y si aun existe duda acerca de cómo se va sentenciar, recién debe interpretar la ley y solamente llegando a la interpretación analógica. Pero—como se dijo—evitando la analogía y la interpretación teleológica.
La interpretación se clasifica: Por los sujetos se divide en: legislativo, judicial, doctrinal. Por los medios se divide en: gramatical, lógica, teleológica. Por el método científico se divide en: interpretación exegética, interpretación histórica, interpretación analógica. Y, por los resultados se divide en: interpretación extensiva, interpretación restrictiva.
La interpretación teleológica consiste en investigar el fin practico de las normas particulares, independientemente de la intención del legislador cuando éste ha no regulado expresamente la relación procesal de las partes (el caso concreto), deduciendo este fin de las mismas normas, de la observación objetiva y positiva de los hechos, de la ponderación concreta de las exigencias reales y de las utilidades prácticas.
Se combate a la interpretación teleológica porque su uso ofrece el peligro de la arbitrariedad. Se las utiliza en los países con gobiernos autoritarios y debe ser evitado por los jueces.
La analogía es la aplicación a un caso no previsto en la ley, de una norma extraída de la misma ley (CPC, 1,II: analogía legis) o del ordenamiento jurídico (CPC, 193:analogía iuris).
En la analogía el juez crea Derecho porque constituye de derechos subjetivos dignos de tutela. El juez se convierte en legislador, crea Derecho, por eso se ha dicho, con razón, que la analogía no es una interpretación sino una integración de la ley que consiste en la creación y constitución de derechos subjetivos dignos de tutela o tipos penales no existentes en la ley, recurriendo los Principios generales del Derechoprincipios generales del derecho, la doctrina y a otras normas.
La analogía es permitida en derecho procesal, pero no así en derecho penal porque destruye el Principio de Legalidad. Antes de utilizar la analogía se debe interpretar.
La interpretación analógica consiste en extender una norma jurídica que regula un determinado hecho a otro semejante no previsto en ella. No es interpretación extensiva.
En la interpretación extensiva el caso se encuentra en la ley, pero en forma obscura, en la interpretación analógica
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