ANTOLOGIA OBLIGACIONES
Enviado por ortegahono • 10 de Abril de 2016 • Tarea • 4.789 Palabras (20 Páginas) • 274 Visitas
BENEMERITA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE PUEBLA |
OBLIGACIONES |
Antología |
09 DE ABRIL DEL 2016 |
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09 de enero del 2016
Generalidades de las Obligaciones:
La forma de las obligaciones tienes sus primeras manifestaciones en el derecho romano, con el contrato, cuasi contrato y delito, posteriormente en el periodo de Justiniano podemos encontrar un concepto más formal: “es el vinculo o ligamento jurídico entre dos personas por virtud del cual el deudor esta constreñido a cumplir una prestación a favor de su acreedor de acuerdo al derecho de su ciudad”
La obligación se puede definir desde el punto de vista del acreedor y esta se contextualiza de la siguiente manera: es un derecho personal o de crédito por virtud del cual el acreedor esta en la facultad de exigir a su deudor el cumplimiento de una prestación de dar, hacer o no hacer.
Podemos decir que la obligación se concreta cuando existen dos personas con identidad jurídica,
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Deber jurídico: es el sometimiento o acatamiento que observamos respecto de las normas jurídicas a fin de regular nuestra conducta.
Objeto | Causa | Relación jurídica |
Es la base de la relación, debe de ser lícito, posible dentro del comercio, presente o no presente pero factible de existir. | Elemento subjetivo de la obligación, motivo razón que dio origen a la obligación | Vinculo, ligamento, entre dos o más personas físicas o jurídicas que de acuerdo al derecho están obligados o facultados |
Tres características principales que identifican a la relación jurídica:
- Identidad de sujetos
- Se obligan las personas entre si
- El deudor paga la obligación con todo su patrimonio.
Obligaciones reales:
Es aquella que surge entre dos personas por virtud de la cual el deudor la garantiza mediante el gravamen que pesa sobre un bien mueble o inmueble.
16 de enero 2016
Elementos de las obligaciones reales:
- Se paga con la garantía señalada
- Se celebra en contrato y se inscribe en el registro público de la propiedad.
- El acreedor no sigue a la persona sino a la cosa.[pic 4]
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Contrato: (genero), exteriorización de la voluntad de dos o más personas a fin de crear, transmite, modifica o extingue derechos y obligaciones.
Convenio: (especie) no puede existir un convenio sin antes no existiera un contrato, es un acto jurídico que modifica, extingue, transmite derechos y obligaciones.
CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS
Generalidades:
De acuerdo con la teoría de los contratos, hay que resaltar que la autonomía de la voluntad que las partes desempeña un papel fundamental a la hora de encuadrarnos dentro de alguno de los dos grupos. La autonomía de la voluntad permite que las partes pacten una regulación negociar diferente de la estipulada en la ley siempre y cuando su estructura no suponga un desplazamiento de las normas imperativas que configuran el negocio jurídico.
De acuerdo a la perspectiva del derecho doctrinal, la clasificación de los contratos puede ser basta, por lo que nos limitamos a señalar los siguientes:
TIPICOS | ATIPICOS | SU OBJETO | MATERIA |
Los que cuentan con una regulación sustancial en las leyes. Todos en los que identificamos en el condigo civil, | Son aquellos cuyo contenido no tiene regulación o disciplina en la legislación respecto a la relación del derecho privado. | La característica principal de este tipo de contratos es porque se consideran Traslativos de dominio | De acuerdo a las ramas del derecho |
Considerando las aseveraciones de esquema anterior en relación a los contratos típicos podemos encuadrar los siguientes ejemplos: los contratos de compraventa, los contratos de arrendamiento, la permuta, el comodato, el usufructo, además de otros, siempre y cuando sean negocios jurídicos con representación legal.
Entre los ejemplos que encontramos en los contratos atípicos podemos citar: los matrimonios del mismo sexo, la figura de los esponsales, figuras que no contempla legislación, algunos otros estados tiene vigencia y aplicación ordinaria y se puede decir que para estos se considerarían son típicos.
Para darle tipicidad a los contratos necesitan tener implícito los siguientes requisitos:
- por medio de la analogía.
- voluntad de las partes.
- jurisprudencia.
- usos y costumbres.
- principios generales del derecho.
- legalidad, igualdad, equidad, publicidad, legitimidad, libertad, justicia, eficacia surgen por la interpretación de la ley.
En la clasificación de los contratos por su objeto tenemos que la principal característica es que son, transmite un bien a cambio de una prestación económica citamos lo siguientes ejemplos.
Traslativos de dominio
- Compra – venta
- Permuta.
Traslativo de uso: Transmisión temporal.
- Arrendamiento
- comodato
Contrato de prestación de servicios:
- Aquellos por virtud el cual una persona se compromete a prestar un servicio.
- obra, precio, mandato.
Contrato de garantía:
- garantizar una prestación hipoteca, fianza, prenda.
POR SU MATERIA.
- Civiles.
- Mercantiles.
- Administrativos. – Concesión, arrendamiento los que el estado celebro con los particulares o con otros estados.
- Penal (convenio)
- Laborales.
- Fiscales (contrato o convenio)
CARACTERISTICAS DE LOS CONTRATOS.
- Aleatorio: son aquellos contratos se modifican por un hecho fortuito
- De tracto sucesivo. Por la disposición de la ley se van agotando en plazos.
- Principales. Son aquellos que pueden existir por si solos, sin necesidad de obligación o convención independiente a la cual adherirse. Por ejemplo el contrato de compra venta, Permuta.
- Accesorias: también conocidos como de garantía los que se celebran para garantizar el cumplimiento de una obligación principal de cuya existencia depende. Por ejemplo: fianza, prenda, hipoteca
- Consensual. Existe el consentimiento y/o voluntad de las partes
- Bilateral: genera obligaciones recíprocas para ambas partes contratantes
- Unilateral: genera obligaciones solo para una de las partes en el contrato, por ejemplo un contrato de donación, los contratos reales de muto y comodato
- Plurilateral. Deriva de las obligaciones que asumen todas las partes
- Conmutativo: Son aquellos en lo que las partes están de acuerdo y conocen a que están obligados al firmar el contrato. Y se tiende que cada parte entregue una cosa a cambio de otra.
- Onerosa. Es cuando ambas partes reciben valores económicos, en este contrato se mediatiza el intercambio de intereses patrimoniales que se miran como equivalente
- Gratuito: no implican para alguna de las partes una prestación, por ejemplo la donación.
- Formales. son aquellos cuya solemnidad es taxativamente prefijada por la ley (como ejemplos de solemnidades el Código cita: la escritura del acto, la presencia de testigos, que el acto sea hecho por escribano público, o por un oficial público, o con el concurso del juez del lugar.
- Solemnes. Son aquellos que para su perfeccionamiento se requiere cumplir con ciertas formalidades especiales, cuya falta hace que no produzca efecto alguno: el contrato de hipoteca sobre un bien inmueble es un contrato solemne porque para considerar que tiene validez y produzca sus efectos legales se requiere de su inscripción en el Registro, sin el cumplimiento de esta formalidad se tiene como inexistente
- Reales. es aquel para cuya perfección se necesita la entrega de la cosa que constituye su objeto. Ejemplos Prenda, Hipoteca
- De adhesión: aquellos no interviene un sujeto para su elaboración solo se adhiere a lo establecido. Luz, agua, teléfono.
ELEMENTOS DEL CONTRATO.
1.- Existencia: consentimiento o voluntad de las partes expreso o tácito, la primera es la expresión de la voluntad, exteriorización, escrita, el segundo se desprende de la conducta la aceptación del contrato.
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