ANÁLISIS DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA OBLIGATORIO DE LA GARANTÍA DE CALIDAD DESDE LA PERSPECTIVA DE LA LEY ESTATUTARIA DE SALUD 1751 DE 2015
Enviado por Fredoro • 15 de Noviembre de 2017 • Informe • 2.024 Palabras (9 Páginas) • 299 Visitas
ANÁLISIS DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA OBLIGATORIO DE LA GARANTÍA DE CALIDAD DESDE LA PERSPECTIVA DE LA LEY ESTATUTARIA DE SALUD 1751 DE 2015
En Colombia uno de los problemas que más aqueja a la población es la mala calidad de los servicios de salud. Es común escuchar quejas como la falta de atención oportuna, el poco acceso a medicamentos o procedimientos que no se encontraban en el POS y hasta "el paseo de la muerte". Los usuarios debían esperar muchas horas en una sala de espera y una vez atendidos muchas veces sus exámenes o cirugías nunca eran aprobados. Por el lado de los profesionales de la salud se sentían presionados, sin autonomía medica ya que eran obligados a recetar no con el objetivo de restablecer el estado saludable en sus pacientes sino buscando más ganancias para las EPS- En resumen la calidad del sistema de salud en nuestro país dejaba mucho que desear. Por todo lo anterior se decreto La Ley 1751 de 2015, la cual tiene como objetivo "garantizar el derecho fundamental a la salud, regularlo y establecer sus mecanismos de protección" como dice textualmente en su Artículo 1°. Esta Ley también conocida como Ley Estatutaria en salud, pretende reconocer y garantizar el derecho a la salud de todos los colombianos; esto mediante la normalización de la calidad de los servicios de salud. Pero como la calidad depende de muchos factores, no solo de cobertura sino también de infraestructura, atención y accesibilidad, en el presente escrito se realiza un análisis de como esta ley enfoca todos estos factores de calidad que deben ser características de los servicios de salud en el país.
Una Ley Estatuaria es un tipo de leyes especiales que regulan derechos y deberes fundamentales de las personas y la administración de justicia en nuestro país. Por ser especiales, deben ser aprobadas por la mayoría absoluta de votos de los senadores y representantes a la Cámara. La Ley Estatutaria de Salud supone, necesariamente, que ese derecho ha adquirido el carácter de fundamental y autónomo; por eso tiene que ser garantizado prioritariamente por el Estado, y debe ser responsabilidad de toda la sociedad. Se puede decir que La Ley Estatutaria facilitará que se mejore el acceso a los servicios de salud, se eliminen las autorizaciones para las atenciones de urgencias, se fortalezca el control de precios a los medicamentos y se avance más rápido en la incorporación de nuevas tecnologías.
Esa calidad que deberían tener los servicios de salud la Ley Estatuaria busca hacerlos característicos mediante las siguientes estrategias:
Lo primero que enfatiza la ley es la obligación del Estado de ser garante del cumplimiento del derecho a la salud de la población en general. Para esto se deben adoptar decisiones que no ocasionen el deterioro de la salud de los colombianos, especialmente de aquellos que en calidad de pacientes estén haciendo uso del sistema de salud.
Es necesario ver la salud como un derecho y no como un regalo de caridad. Por lo anterior se hace necesario recalcar el siguiente Articulo de la Ley, el cual trascribe literalmente:
"Artículo 20 • Naturaleza y contenido del derecho fundamental a la salud. El derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo. Comprende el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud. El Estado adoptará políticas para asegurar la igualdad de trato y oportunidades en el acceso a las actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para todas las personas. De conformidad con el artículo 49 de la Constitución Política, su prestación como servicio público esencial obligatorio, se ejecuta bajo la indelegable dirección, supervisión, organización, regulación, coordinación y control del Estado".
La calidad del sistema depende en gran medida de la parte económica, por lo tanto la Ley 1751 de 2015 hace énfasis en uno de sus aparatados en la sostenibilidad del mismo ya que no se puede tomar como excusa los problemas economicos para dejar de prestar los servicios en salud..
La sostenibilidad fiscal del sistema es uno de los puntos clave dentro de la Ley 1751 de 2015 pues, desde ahora esta no puede ser una causal de impedimento para prestar eficiente y oportunamente el servicio de salud. La Ley obliga al Estado a divulgará anualmente las evaluaciones sobre resultados de goce efectivo para los elementos de accesibilidad, disponibilidad, aceptabilidad y calidad.
Una vez conocidos los resultados y en base a ellos se diseñaran e implementaran politicas publicas con el objetivo de mejorar continuamente la calidad de los servicios.
La Ley 1751 de 2015 busca la integralidad estableciendo que a partir del momento de su entrada en vigencia no basta con la atención a los pacientes, sino que se debe garantizar la integralidad a través de la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, recuperación, rehabilitación y paliación de una enfermedad. textualmente dice: “No se podrá fragmentar la responsabilidad en la prestación de un servicio de salud especifico en desmedro de la salud del usuario”.
Algo que preocupaba a los actores del sistema era la falta de equidad ya que existían usuarios de primera y segunda categoría, pues ahora La Ley Estatutaria de Salud se enfoca en garantizar la equidad dentro del Sistema de Salud, para ello el Estado debe adoptar políticas públicas dirigidas a lograr la reducción de las desigualdades, promover el mejoramiento de la salud, prevenir las enfermedades y elevar el nivel de la calidad de vida.
Pero la calidad no solo depende de los prestadores del servicio, sino que los usuarios tienen una gran responsabilidad por eso la Ley hace énfasis de igual manera en los deberes y derechos de los pacientes, por lo anterior se establece los deberes y derechos de los pacientes para la prestación del servicio.
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