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ASOCIACIÓN DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS DE PANAMÁ


Enviado por   •  8 de Agosto de 2013  •  3.334 Palabras (14 Páginas)  •  810 Visitas

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ASOCIACIÓN DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS DE PANAMÁ

Una de las asociaciones profesionales de contadores de Panamá. Es integrante del Consejo Ejecutivo de las Asociaciones de Contadores de Panamá.

ASOCIACIÓN DE MUJERES CONTADORAS DE PANAMÁ

Una de las asociaciones profesionales de contadores de Panamá, integrada exclusivamente por mujeres. Es integrante del Consejo Ejecutivo de las Asociaciones de Contadores de Panamá.

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS DE PANAMÁ

Una de las asociaciones profesionales de contadores de Panamá. Es integrante del Consejo Ejecutivo de las Asociaciones de Contadores de Panamá.

COMISIÓN DE NORMAS DE CONTABILIDAD FINANCIERA DE PANAMÁ (NOCOFIN)

Comisión creada por la Junta Técnica de Contabilidad, con la función principal de aprobar las normas de contabilidad financiera de uso y aplicación en la República de Panamá.

Contrario a la creencia de que esta comisión ha caído en un estado de inoperancia, al punto de tener varios años de no reunirse, lo cierto es que sí funcionó por un tiempo luego de la primera adopción de las NIC en 1998, es decir, alrededor de los años 1999 y 2000. No obstante, no se han nombrado a los nuevos miembros de esta comisión desde hace 3 años, por lo cual en ese tiempo no ha realizado actividades.

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Creada mediante el Decreto Ley 1 de 1999, la Comisión Nacional de Valores tiene como principal función la de regular lo relacionado con las bolsas de valores y la emisión e intercambio de instrumentos de inversión en el país.

La CNV aprobó dos acuerdos para regular los estados financieros de las empresas reguladas por ella. Estos son: el Acuerdo No. 2-2000 de 28 de febrero de 2000 y el Acuerdo No. 8-2000 de 22 de mayo de 2000. Mediante estos acuerdos, la CNV le permitió a las empresas reguladas por ella presentar sus estados financieros de acuerdo con las NIC o los US-GAAP. El Acuerdo 8-2000 fue sustancialmente reformado por el Acuerdo 7-2002 de 14 de octubre de 2002.

CONSEJO EJECUTIVO DE LAS ASOCIACIONES DE CONTADORES

Agrupación privada integrada por el Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Panamá, la Asociación de Contadores Públicos Autorizados de Panamá y la Asociación de Mujeres Contadoras de Panamá. Esta agrupación organiza y celebra el Congreso Nacional de Contadores cada 2 años; el último Congreso se efectuó del 9 al 11 de mayo de 2002.

El Consejo ha manifestado en más de una ocasión su apoyo a la adopción de las NIC.

JUNTA TÉCNICA DE CONTABILIDAD (JTC)

Entidad encargada, entre otras atribuciones, de la vigilancia del ejercicio profesional con el objeto de que éste se realice dentro del más alto plano técnico y ético, con la colaboración de las asociaciones profesionales. No obstante, su función más conocida es la expedición de las licencias de idoneidad profesional para el ejercicio de la profesión de Contador Público Autorizado (CPA).

La JTC está confirmada por:

El Director General de Comercio del Ministerio de Comercio e Industrias y su suplente,

Un(a) profesor(a) de la Universidad de Panamá y uno(a) de la Universidad Santa María La Antigua y sus suplentes, todos los cuales deberán ser Contadores Públicos Autorizados,

Cuatro CPA activos propuestos por las asociaciones profesionales de la contabilidad más representativas, debidamente registradas ante la Junta Técnica de Contabilidad. Los cuatro puestos de las asociaciones le pertenecen al Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Panamá, la Asociación de Contadores Públicos Autorizados de Panamá, la Asociación de Mujeres Contadoras Públicas Autorizadas de Panamá y el Movimiento de Contadores Públicos Independientes.

A pesar de que la Ley 57 de 1978 (conocida como la "ley del contador") no le concede la facultad de aprobar las normas de contabilidad financiera de uso y aplicación en Panamá, la JTC aprobó la Resolución No. 4 de 10 de febrero de 1998 y la Resolución No. 3 de 30 de agosto de 2000, por medio de las cuales se adoptaban las NIC como normas de uso y aplicación en la República de Panamá. Ambas resoluciones han sido declaradas nulas por ilegales, por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia.

MOVIMIENTO DE CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTES

Asociación de contadores públicos autorizados fundada en 1993. Este gremio mantiene una línea doctrinal de oposición a la operación en el país de oficinas de las llamadas "cinco grandes" firmas internacionales de auditoría (ahora son "cuatro", luego de la debacle de Andersen), y es un acérrimo crítico de las iniciativas emanadas de dichas firmas. A partir del periodo de dos años iniciado a finales de 1998, el Movimiento cuenta con dos asientos en la Junta Técnica de Contabilidad.

Este grupo ha manifestado consistentemente su oposición a la adopción de las Normas Internacionales de Contabilidad en Panamá, ya sea mediante actuaciones colectivas o individuales de algunos de sus integrantes. Fue el promotor de una denuncia por ilegalidad presentada ante la Sala Tercera en contra de la Resolución No. 3 de 30 de agosto de 2000 de la JTC, la cual fue declarada nula por ilegal por la Sala en junio del 2003.

ÓRGANO EJECUTIVO

Una de las tres ramas del poder público del estado panameño.

El papel que el Órgano Ejecutivo ha jugado con relación al tema de las NIC en Panamá ha sido muy reducido. Solo se pueden mencionar el patrocinio de una iniciativa de decreto ejecutivo para regular aspectos de los estados financieros de las empresas del país, y la aprobación del Decreto No. 27 de 30 de agosto de 1999, en el cual se le permite a las financieras la presentación de los estados financieros de acuerdo ya sea con las NICs o los US-GAAP.

SALA TERCERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Una de las cuatro salas integradas por los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

A la Sala Tercera le ha correspondido pronunciarse con respecto a dos resoluciones de la JTC, a saber: la Resolución No. 4 de 10 de febrero de 1998 y la Resolución No. 3 de 30 de agosto de 2000; ambas fueron declaradas nulas por ilegales.

De igual forma, la Sala se pronunció acerca del Acuerdo 4-99 de 11 de mayo de 1999 de la Superintendencia de Bancos, pero esta vez confirmando su validez. Queda pendiente un pronunciamiento acerca del Acuerdo 2-2000 de 28 de febrero de 2000 de la Comisión Nacional de Valores.

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS

Entidad reguladora

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