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ASPECTOS LEGALES BIOETICA


Enviado por   •  11 de Mayo de 2014  •  2.429 Palabras (10 Páginas)  •  575 Visitas

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ASPECTOS LEGALES

En caso de eutanasia o muerte digna, existe siempre una responsabilidad jurídica penal. Actualmente, no está legalizada al 100% en ningún país, aunque se practica en algunos como es Holanda, bajo ciertos requisitos y varios miles de veces cada año, sin que el médico sea penado; no obstante, se encuentra avanzada la tramitación legislativa para la legalización de la eutanasia y del suicidio asistido en este país y en algunos otros como son Bélgica y el Estado norteamericano de Oregón.

Para promover la legalización de la eutanasia, del suicidio asistido y la muerte digna aparecen en el siglo XX y empiezan a difundirse y a tener aceptación las sociedades de eutanasia voluntaria. Hoy día existen más de treinta en todo el mundo, y algunas de ellas cuentan con gran número de socios. Para ello realizan campañas en los medios de comunicación para conseguir un clima favorable entre la opinión pública.

Aunque no existe como tal una legislación bien especificada en cuanto a eutanasia, se pueden encontrar en el mundo, así como en nuestro país diferentes artículos de tipo legal, relacionados con este tema, como se señala a continuación.

ASPECTOS INTERNACIONALES

Actualmente sólo hay tres lugares en el mundo que permiten la eutanasia activa, Holanda, el Estado de Oregon (Estados Unidos de América) y más recientemente Bélgica.

Holanda. La Ley de Comprobación de la Terminación de la Vida a Petición Propia y del Auxilio al Suicidio, en vigor desde abril de 2001 cuenta con 24 artículos en los que se estipulan las condiciones y el procedimiento que debe seguirse para que pueda llevarse a cabo la eutanasia.

Desde el nombre de la ley sobre eutanasia en Holanda se da cuenta de la definición del término y una de las características esenciales para que se dé la eutanasia de acuerdo con dicha ley, la petición propia es el elemento central de todo el proceso, y la base que fundamenta tanto la acción como la necesidad de legislarla. De esta manera en Holanda se entiende por eutanasia: “la terminación por parte del médico de la vida del paciente a petición de este último”.

En el Artículo 2 de esta Ley, cuando un paciente solicita a un médico que le practique la eutanasia, el médico tiene que cumplir los siguientes requisitos de diligencia:

• Haber llegado al convencimiento de que la solicitud del paciente es voluntaria y ha sido bien pensada;

•Haber llegado al convencimiento de que el sufrimiento del paciente es insoportable y que no tiene perspectivas de mejora;

• Haber informado al paciente sobre la situación en que se encuentra y sus perspectivas de futuro;

• Haber llegado al convencimiento junto con el paciente que en la situación en que se encuentra no existe otra solución razonable;

• Haber consultado al menos con otro médico independiente que también haya visto al paciente y haya emitido un dictamen sobre los requisitos mencionados en los cuatro primeros puntos;

• Haber terminado la vida del paciente o haber ayudado a su suicidio, con la máxima diligencia médica.

La ley permite la eutanasia en menores de edad a partir de los 12 y hasta los 16 años, siempre y cuando “se le pueda considerar en condiciones de realizar una valoración razonable de sus intereses en este asunto, el médico podrá atender una petición del paciente de terminación de su vida o a una petición de auxilio al suicidio, en el caso de que los padres o el padre o la madre que ejerza(n) la patria potestad o la persona que tenga la tutela sobre el menor esté(n) de acuerdo con la terminación de la vida del paciente o con el auxilio al suicidio.” Para los casos en los que el paciente en cuestión, cuente con 16 y hasta 18 años “el médico podrá atender una petición del paciente de terminación de su vida o una petición de auxilio al suicidio, después de que los padres o el padre o la madre que ejerza(n) la patria potestad o la persona que tenga la tutela sobre el menor, haya(n) participado en la toma de la decisión.”

En los casos de un paciente que estuvo en posibilidad de externar su deseo de llevar a cabo una eutanasia, pero que su condición actual ya no le permite refrendar dicho deseo “El médico podrá atender la petición de un paciente, que cuente al menos con dieciséis años de edad, que ya no esté en condiciones de expresar su voluntad pero que estuvo en condiciones de realizar una valoración razonable de sus intereses al respecto antes de pasar a encontrarse en el citado estado de incapacidad y que redactó una declaración por escrito que contenga una petición de terminación de su vida. Se aplicarán por analogía los requisitos de cuidado a los que se refiere el párrafo primero.”

Para eximir de responsabilidad a un médico que ha practicado la eutanasia, este debe enviar un informe a la comisión regional de comprobación de la terminación de la vida por petición propia, la cual está conformada por un jurista quien será el presidente, un médico y un especialista en ética, así como sus respectivos suplentes quienes deberán velar por el cumplimiento de los criterios señalados por la ley para practicar la eutanasia. En caso contrario, la comisión entregará sus conclusiones a la justicia, que puede iniciar un procedimiento judicial contra el médico.

Estados Unidos (Oregon). Oregon es el único estado de Estados Unidos, en donde es legal la eutanasia activa, desde 1997 está en vigor la Ley de Muerte con Dignidad (Death whith Dignity Act) la ley cuenta con 6 secciones, siendo en la segunda donde se establecen los requisitos para la petición de medicación para terminar una visa en una forma humana y digna. En la sección 6 contiene el formato que debe tener el documento de dicha petición.

Para poder obtener una eutanasia de acuerdo con esta ley, los enfermos deben obtener un certificado de dos médicos que coincidan con que el paciente sufre una enfermedad incurable y que sólo cuenta con hasta seis meses de vida.

No establece como necesario que sea personal médico quien administre el fármaco, tampoco que el enfermo este dentro de una institución de salud, por lo que el enfermo puede decidir donde morir.

• Bélgica. En Septiembre de 2003, Bélgica se convirtió en el segundo país en legalizar la eutanasia, al entrar en vigor la Ley relativa a la Eutanasia (Loi relative a l´authanasie), la cual cuenta con 16 artículos y a diferencia de la ley holandesa, amplía el espectro de las personas a quienes es aplicable la eutanasia, ya que dentro de los requisitos para que el médico pueda llevarla a cabo: el paciente debe encontrarse en una “situación médica sin salida y en un estado de sufrimiento físico o psicológico constante e insoportable

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