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Acta Constituviva Para Fundaciones Deportivas


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2014  •  4.949 Palabras (20 Páginas)  •  2.871 Visitas

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ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS SOCIALES

DE LA FUNDACION MUNICIPAL DEPORTIVA “SANTA BARBARA DE LOS ACHAGUAS” (FUMUDESBA)

Nosotros, LUIS ALBERTO RODRIGUEZ ROJAS, EDUARDO MEDINA RINCON, YEBER LEGRA LORES, MILITZA MARGARITA RAMOS CASTILLO, WENDYS ASDRUBAL BLANCO, MILO JOSE ORELLANA DIAZ, RAFAEL ENRIQUE PONCE DIAZ, CARLOS EDUARDO VILLAMIZAR CASTAÑOS, mayores de edad de este domicilio, de nacionalidad VENEZOLANA Y CUBANA, con los números de cédula: V-16.512.918, V-13.172.051, E-84.407.108, V-13.903.262, V-13.639.008, V-19.326.129, V-14.521.289, V-16.406.010, respectivamente. Por el presente documento declaramos que hemos convenido en constituir y como en efecto constituimos formalmente una Fundación sin fines de lucro que se denominará: FUNDACION MUNICIPAL DEPORTIVA “SANTA BARBARA DE LOS ACHAGUAS” (FUMUDESBA). Esta Fundación es de carácter Social Polideportiva, la cual se regirá por las disposiciones legales en la materia y por las cláusulas o artículos de este documento, los cuales han sido redactados con suficiente amplitud para que a la vez sirvan de Estatutos Sociales.

TITULO I

DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN

PRIMERA: La Fundación se denominará: FUNDACION MUNICIPAL DEPORTIVA “SANTA BARBARA DE LOS ACHAGUAS”, y para los efectos de este Estatuto se denominará en lo sucesivo LA FUNDACION; y tendrá personalidad jurídica propia, capacidad plena, patrimonio propio y podrá realizar cualquier acto de naturaleza civil sin fines de lucro. Estará constituido por los miembros afiliados y fue creado con el fin de ejercer la práctica de DIVERSOS DEPORTES COMPETITIVOS Y RECREATIVOS en forma organizada.

PARAGRAFO UNICO: LA FUNDACION, se mantendrá ajena a toda injerencia política, racial o religiosa y en general a toda cuestión que no tenga relación con el deporte y la recreación, salvo actividades de tipo filantrópico y cultural. Su existencia se fundamenta en el derecho que tienen todos a practicar DIVERSOS DEPORTES COMPETITIVOS Y RECREATIVOS, de su preferencia, sin discriminación de edad, sexo o condición social con las limitaciones que en el orden del resguardo de la salud física, mental y disciplinaria establezcan las Leyes, Reglamentos y Resoluciones.

SEGUNDA: LA FUNDACION, tiene como objeto: 1) Desarrollar y mantener entre sus asociados las condiciones físicas y mentales indispensables para la práctica del deporte y la recreación, así como fomentar valores orientados a la sana convivencia y el amor por la patria; 2) Despertar y mantener en sus asociados la solidaridad y el compañerismo indispensables para el logro de los objetivos; 3) Fomentar la creación de: Escuelas de

Desarrollo Deportivo y Recreativo, Ligas Deportivas y Recreativas, Proyectos de Diferentes Magnitudes del Deporte y la Recreación, Proyectos Mancomunados, Escuelas Deportivas Integrales Comunales, Clubes Deportivos de carácter monodeportivo y polideportivo, entre

otros; a fin de aumentar la reserva deportiva del país. 4) Mantener y defender los derechos de sus afiliados como deportistas, ante las diferentes instancias y situaciones correspondientes, 5) Organizar Campeonatos y eventos Deportivos y Recreativos; Sectoriales, Municipales, Estadales, Regionales y Nacionales en todas las categorías establecidas por las Asociaciones Nacionales del Deporte y la recreación, el Instituto Nacional de Deporte (I.N.D), entre otros.

TERCERA: El ámbito de LA FUNDACION será la Ciudad de ACHAGUAS Estado APURE. Calle 05 de Julio Estadio Cesar A. Vargas.

CUARTA: LA FUNDACION tendrá una duración Indefinida a partir de la fecha de protocolización de su documento constitutivo.

TITULO II

DEL PATRIMONIO

QUINTA: El patrimonio de LA FUNDACION estará constituido de la siguiente Manera: 1) Los aportes que puedan ser asignados por las personas naturales, organismos públicos y privados; 2) Las contribuciones de sus miembros; 3) Los aportes especiales que haga el Instituto Nacional de Deportes; 4) Los Aportes que le corresponda transferir el Instituto Municipal de Deporte a la misma; 5) Los bienes muebles e inmuebles, que por cualquier título pudiera adquirir; 6) Las Aportes de las Alcaldías y Gobernaciones, 7) Las donaciones efectuadas por particulares e instituciones públicas o privada nacionales o extranjeras 8) Cualquier otro ingreso proveniente de la realización de sus actividades especificas.

SEXTA: LA FUNDACION, tendrá un patrimonio propio, e independiente.

TITULO III

DE LOS MIEMBROS

SÉPTIMA: Los miembros de LA FUNDACION serán de dos 2) tipos: activos y colaboradores. Son miembros activos todas aquellas personas que desempeñan cargos en la Junta Directivas de Fundación. Son miembros colaboradores todos aquellos que expresamente manifiesten su deseo de incorporarse a ella, con la sola condición de prestar ayuda cuando sea requerida.

OCTAVA: Tanto los miembros activos de LA FUNDACION como los colaboradores laborarán ad honorem.

TITULO IV

DE LA DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN

NOVENA: La Dirección de LA FUNDACION estará a cargo de una Junta directiva, constituida por Ocho (8) miembros activos principales, desempeñando los siguientes cargos: Presidente, Vicepresidente, Secretario General, Tesorero, Vocal I, Vocal II, I Consejo de Honor y I Comisario.

DÉCIMA: Los miembros de la Junta Directiva durarán Cuatro (4) años en el ejercicio de sus funciones.

DÉCIMA PRIMERA: Los cargos señalados en la cláusula novena, se ocuparán mediante la elección entre los aspirantes, en el proceso electoral interno que se realizará cada Cuatro (4) años, y el mismo deberá estar regido por un reglamento interno que a tales efectos deberá elaborar la Junta Directiva.

DÉCIMA SEGUNDA: La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: 1) Aprobar o desaprobar los planes, programas y proyectos de LA FUNDACION; 2) Dictar las normas acerca de la administración y organización de las dependencias y servicios de LA FUNDACION; 3) Dictar su reglamento interno, sin variar el espíritu, propósito y razón de los estatutos; 4) Crear cuando sea oportuno y conveniente, las comisiones y/o delegaciones con el objetivo de desarrollar actividades específicas, así como recibir asesoría especial para el efectivo cumplimiento del objetivo o actividad de LA FUNDACION; 5) Elegir de su seno los miembros que van a desempeñar los distintos cargos contemplados en la cláusula décima del presente instrumento.

DÉCIMA TERCERA: Las ausencias temporales del Presidente serán suplidas por el Vicepresidente.

TITULO V

DE LAS ASAMBLEAS

DÉCIMA CUARTA: Las decisiones de la Junta Directiva que se tomen en las asambleas constituidas, representan la

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