Acta de Conformacion Subcomite Municipal
Enviado por diftampicoalto • 2 de Agosto de 2019 • Apuntes • 1.148 Palabras (5 Páginas) • 237 Visitas
Acta Constitutiva del Subcomité Municipal de Atención a Población en Condiciones de Emergencia del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Veracruz
En el Municipio de Tampico Alto, Veracruz de Ignacio de la Llave, siendo las 12:15horas del día 07 del mes de Junio de dos mil diecinueve, reunidos en las instalaciones del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Tampico Alto, Veracruz, ubicado en Palacio Municipal s/n, Zona centro; c.p. 92050, Mpio. De Tampico Alto, Veracruz, para conformar el Subcomité Municipal de Atención a Población en Condiciones de Emergencia del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Tampico Alto, las y los CC. Vanessa Casanova Escamilla, Director (a) del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Tampico Alto; Erika Ruiz Figón , Encargado (a) de Atención a Población Vulnerable del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Tampico alto ; Lic. Vanessa López Rangel, Encargado (a) administrativo del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Tampico Alto; Mayra Aneli Sosa Sánchez , Encargado (a) de desarrollo comunitario del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Tampico Alto ; y Lic. Marco Aurelio Polito Meza, Coordinador de Atención a Población en Condiciones de Emergencia del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Tampico Alto, Veracruz.
Antecedentes
La ley de Asistencia Social en su artículo 4, fracción XI, dispone que tienen derecho a la asistencia social los individuos y familias que, por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas, o sociales, requieran de servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar, debiendo coadyuvarse preferentemente la asistencia a las personas afectadas por desastres naturales.
El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, en coordinación con el Sistema Nacional de Protección Civil, impulsará a los Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia, las acciones dirigidas a la mitigación de condiciones que puedan derivar en una situaciones de riesgo o desastre para la población, para ello la atención a población en condiciones de emergencia es una acción institucional que delimita las tareas a desempeñarse para mitigar las necesidades de las personas afectadas por desastres naturales y que son sujetas a la asistencia social.
De conformidad con el artículo 15, de Ley 60 sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Veracruz será el organismo rector de la asistencia social y tendrá como objetivos la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, la promoción de la interrelación sistemática de acciones que en la materia lleven a cabo las instituciones públicas y privadas.
La Ley citada en el párrafo anterior, en el artículo 18, establece que en casos de desastre, como inundaciones, terremotos, derrumbes, explosiones, incendios y otros de la misma naturaleza, por los que se causen daños a la población, el organismo, sin perjuicio de las atribuciones que en auxilio de los damnificados lleven a cabo otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, promoverá la atención y coordinación de las acciones de los distintos sectores sociales que actúen en beneficio de aquéllos, en el ámbito de su competencia.
De conformidad con lo antes expuesto se procede a conformar el:
Subcomité de Atención a Población en Condiciones de Emergencia del Municipio de Tampico alto, Veracruz.
Acuerdos
Primera. - Con la instalación del Subcomité Municipal de Atención a Población en Condiciones de Emergencia y con apoyo del Comité Estatal de Atención a Población en Condiciones de Emergencia, se brindará una mayor atención a la población en condiciones de emergencia que pudiera verse vulnerada por situaciones de emergencia o desastre.
Segunda. - Como consecuencia de las emergencias o desastres se pueden generar situaciones en las que la población puede verse afecta de los medios vitales de subsistencia, por ello en los espacios habilitados como albergues o refugios temporales deberá existir asistencia profesionalizada para enfrentar y atender de manera eficiente y oportuna a la población vulnerable damnifica, a través de los programas de asistencia social previstos por el Sistema Nacional, Estatal y Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, enfocados a las personas, grupos y comunidades vulnerables afectadas por dichas situaciones de emergencia o desastre.
...