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Actividad Financiera


Enviado por   •  4 de Junio de 2013  •  2.498 Palabras (10 Páginas)  •  294 Visitas

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La actividad financiera del Estado cubre diversos aspectos tales como: como económico, político, jurídico y sociológico.

1.- ASPECTO ECONÓMICO.

Esa actividad financiera tiene, indudablemente, una dimensión económica “por cuanto a de ocuparse de la obtención o inversión de los recursos de esa índole, necesarios para el cumplimiento de aquellos fines”.

2.- ASPECTO POLÍTICO.

No puede ocultarse el aspecto político que tiene el fenómeno financiero, toda vez que la actividad financiera del Estado constituye una parte de la administración pública y, esta, a su vez, está integrada por el conjunto de actividades y servicios destinados al cumplimiento de los fines de utilidad general, es evidente que solo podrá tenerse un concepto preciso de la actividad financiera partiendo de una visión clara de la organización y de los fines estatales. La actividad financiera no puede considerarse más que como la actuación en concreto de la facultad que constituye la esencia misma del concepto de soberanía.

2.1.- ASPECTO ECONÓMICO.

Con el derecho financiero ocurre el mismo fenómeno en materia económica que con el Derecho económico.

El carácter instrumentalista del derecho económico en la economía se manifiesta en la adaptabilidad de sus reglas a las condiciones cambiantes de los sistemas económicos. De igual modo el Derecho Financiero se ha tenido que adaptar a las circunstancias cambiantes de la economía moderna, así hemos sido testigos mudos, aceptantes tácitos, como lo podemos derivar de Juan Jacobo Rosseau, del nacimiento de una Constitución Social, la de 1917 que en su creación a que el estado asumiera una actividad financiera participante de los quehaceres públicos como de la vida económica del Estado y de la Población.

La Constitución de 1917, obligaba al Estado a desarrollar un papel de rector económico y de regulador y distribuidor de la riqueza nacional y en este sentido toda la actividad financiera que se desempeñó aún hasta finales de la década de l971–1980, se enfocó a la dedicación de los ingresos del estado como medios para incentivar el desarrollo económico e industrial del país, sin embargo, igualmente y debido a los vencimientos de deuda al final del período de desarrollo estabilizador, el sistema entró en una crisis primero de pagos y después de crecimiento, de la cual aún hoy no hemos salido. En consecuencia de esas propias crisis económicas e incluso que a nivel mundial se han resentido, el modelo económico del país ha cambiado, mutándose de un régimen de economía mixta a u otro de carácter neoliberal individualista, que ha modificado por entero las funciones que el Estado Mexicano debe desempeñar en materia económica, hasta prácticamente reducir sus actividades casi a las del estado policía del siglo XIX, aún cuando quedan aún en el país algunas pocas empresas paraestatales, que no obstante, siguen siendo las más importantes.

Esto, indudablemente ha tenido consecuencia sobre el régimen financiero del estado mexicano, pues con la reducción de gastos en materia de las actividades de fomento industrial, así como con la eliminación de la mayor parte de las industrias de participación estatal, indudablemente se han transformado las finanzas del estado, aunque no las preocupaciones financieras más importantes de las últimas dos décadas del siglo XX, consistentes en los vencimientos de deuda, que ahora amenazan con convertirse en una nueva carga en contra del erario federal en virtud de los vencimientos para el año 2020, relativos a los préstamos contraídos con el Banco Mundial para enfrentar la crisis de 1994.

2.2.- ASPECTO POLÍTICO.

En cuanto al aspecto político, el espíritu de la Ley financiera., evocando a Montesquieu, se centra esencialmente en el contenido de los artículo 25, 26, 28 y 29 de la Constitución Federal que previenen que el desarrollo Económico del país será dirigido esencialmente por el estado, obligando la Constitución al propio estado mexicano a favorecer un desarrollo económico con visión democrática.

Lógicamente para lograr un desarrollo económico equilibrado, el estado debe de realizar gastos para brindar los servicios públicos necesarios para lograr una justa distribución de la riqueza y un crecimiento económico que permita redistribuirla, y la forma de obtener dichos recursos es a través de las contribuciones o de deuda pública, de tal manera que de manera indubitable esos artículos que previenen el régimen económico de la nación, también se encuentran íntimamente vinculados con el sistema financiero del estado, concretamente en relación a las actividad tributaria consagrada en el artículo 31 fracción IV de la Constitución, como presupuestaria, en el sentido de plantear, estudiar y determinar los ingresos necesarios para satisfacer el presupuesto.

La actividad presupuestaria, que es una fase preparatoria de las actividades financieras del estado, es una fase netamente política, en la cual corresponde, por razones históricas de peso, que provienen de la Inglaterra del siglo XVIII, que sea la Cámara de Diputados únicamente, osea el pueblo constituido como una soberanía, el que discuta y apruebe el presupuesto para satisfacer los egresos estatales del año siguiente de ejercicio.

Igualmente es menester político al momento de la aprobación del presupuesto el estado, que la soberanía acuerde respecto a los hechos jurídicos que se van a transformar en hechos generadores de tributos, así como la finalidad económica y política que se persigue con cada tributo determinando con precisión los objetivos que se piensan alcanzar con los mismos.

2.3.- ASPECTO JURÍDICO.

El derecho regula la actividad financiera del Estado en atención a dos ámbitos económicos distintos; por una parte el derecho financiero es esencialmente una rama de derecho público y por ello tiene indiscutiblemente vínculos con el derecho constitucional, siendo sus fuentes esenciales los artículos 14, 16, 21 y 21 aplicados analógicamente; 25,26,27, 28, 29, 31 fracción IV, 71,72, 73, 74, 89, 131 y133 esencialmente, los cuales encuadran los principios jurídicos hacia los cuales debe atender la actividad financiera del Estado.

Otra rama con la cual tiene vínculos el derecho financiero es el derecho Administrativo, pues la organización del Sistema Tributario Nacional, del Sistema de Programación y Presupuesto, así como del Sistema de Rendición de Cuentas públicas y la estructura y organización de los principios de los órganos y organismos que regulan a cada una de las entidades que forman parte de ellos se encuentran establecidos en esta rama jurídica, así como las bases generales que fijan los elementos esenciales de los actos que la Administración Pública debe realizar con el fin de efectuar la actividad

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