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Acuerdo 447


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2014  •  2.046 Palabras (9 Páginas)  •  276 Visitas

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Miércoles 29 de octubre de 2008 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 1

ACUERDO número 447 por el que se establecen las competencias docentes para quienes impartan educación

media superior en la modalidad escolarizada.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de

Educación Pública.

JOSEFINA EUGENIA VAZQUEZ MOTA, Secretaria de Educación Pública, con fundamento en los

artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o., 14, fracción I y último párrafo,

21 y 37 de la Ley General de Educación; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación

Pública, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en su Eje 3 “Igualdad de Oportunidades”, Objetivo 13

“Fortalecer el acceso y la permanencia en el sistema de enseñanza media superior, brindando una

educación de calidad orientada al desarrollo de competencias”, Estrategia 13.1 señala que “...se

asegurará que los profesores tengan las competencias didácticas, pedagógicas y de contenido de sus

asignaturas que requieren para un desempeño pedagógico adecuado”;

Que en congruencia con lo anterior el Programa Sectorial de Educación 2007-2012, en su Objetivo 1

“Elevar la calidad de la educación para que los estudiantes mejoren su nivel de logro educativo, cuenten

con medios para tener acceso a un mayor bienestar y contribuyan al desarrollo nacional”, numerales 1.8 y

1.10 señalan como estrategias el “definir un perfil deseable del docente”, así como el “instaurar

mecanismos y lineamientos sistemáticos con base en criterios claros para la certificación de

competencias docentes que contribuyan a conformar una planta académica de calidad”;

Que en el México de hoy ya no es suficiente que los docentes de la Educación Media Superior (EMS)

centren su acción pedagógica en facilitar la adquisición de conocimientos de las asignaturas que

imparten. Es indispensable que los maestros trasciendan los propósitos exclusivamente disciplinares y

apoyen de manera integral la formación de los jóvenes;

Que en consecuencia, es necesaria una comprensión de la función del docente que vaya más allá de

las prácticas tradicionales de enseñanza en el salón de clases, para adoptar un enfoque centrado en el

aprendizaje en diversos ambientes, sobre todo ante la Reforma Integral de la Educación Media Superior

emprendida para el establecimiento del Sistema Nacional de Bachillerato (SNB) en un marco de

diversidad;

Que el trabajo de los docentes, a partir de un enfoque basado en competencias, permitirá que los

estudiantes adquieran las competencias que son parte del Marco Curricular Común que da sustento al

SNB, eje en torno al cual se lleva a cabo la Reforma Integral de la EMS;

Que para definir el Perfil del Docente del SNB, la Secretaría de Educación Pública estimó

indispensable invitar a las autoridades educativas locales y a las instituciones representadas en la

Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), a aportar sus

experiencias y propuestas, bajo la premisa de que dicho perfil está constituido por un conjunto de

competencias que integran conocimientos, habilidades y actitudes que el docente pone en juego para

generar ambientes de aprendizaje en los que los estudiantes desplieguen las competencias genéricas;

Que desde el punto de vista de su contenido, las competencias docentes deben tener las

características siguientes:

• Son fundamentales para los docentes de la EMS, en el marco del Sistema Nacional de

Bachillerato y el enfoque en competencias a partir del cual se construye.

• Están referidas al contexto de trabajo de los docentes del tipo educativo, independientemente del

subsistema en el que laboren, las asignaturas que tengan a su cargo y las condiciones

socioeconómicas y culturales de su entorno.

• Son transversales a las prácticas de enseñanza y aprendizaje de los distintos campos

disciplinares.

• Son trascendentales para el desarrollo profesional y formación continua de los docentes como

formadores de personas integrales.

• Son un parámetro que contribuye a la formación docente y a la mejora continua de la enseñanza

y el aprendizaje en la EMS. En este sentido, las competencias no reflejan la situación actual de

la docencia en el tipo educativo, ni se refieren simplemente al deber ser; se trata de

competencias que pueden y deben ser desarrolladas por todos los docentes del bachillerato en

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el mediano plazo, y sobre las cuales podrán seguir avanzando a lo largo de su trayectoria

profesional.

• Son conducentes a formar personas que reúnan las competencias que conforman el Perfil del

Egresado de la EMS.

Que las competencias objeto de este Acuerdo son las que formulan las cualidades individuales, de

carácter ético, académico, profesional y social que debe reunir el docente y cuyo desarrollo forma parte

de los mecanismos de gestión de la Reforma Integral de la EMS, por lo que he tenido a bien expedir el

siguiente:

ACUERDO NUMERO 447 POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS COMPETENCIAS DOCENTES PARA

QUIENES IMPARTAN EDUCACION MEDIA SUPERIOR EN LA MODALIDAD ESCOLARIZADA

Capítulo I

Objeto y Definiciones

Artículo 1.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las competencias que deberán cumplir los

docentes de las instituciones educativas que en la modalidad escolarizada impartan educación del tipo

medio superior y operen en el Sistema Nacional de Bachillerato.

Artículo 2.- Para los efectos de este Acuerdo, se entenderá por:

I. Acuerdo, al presente Acuerdo;

II. EMS, a la educación media superior;

III. Personal docente, al conjunto de educadores que satisfacen los requisitos a que alude el

presente Acuerdo y que como promotores y agentes del proceso educativo, ejercen la docencia

a través de la cátedra, la orientación, la tutoría y en general, toda actividad propia de dicho

proceso;

IV. Secretaría o autoridad educativa federal, a la Secretaría de Educación Pública, y

V. Subsecretaría, a la Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría o autoridad

educativa federal.

Capítulo II

De las Competencias Docentes

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