Acuerdo 685
Enviado por juanitaalba • 7 de Junio de 2013 • 980 Palabras (4 Páginas) • 332 Visitas
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 8 de abril de 2013
SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
ACUERDO número 685 por el que se modifica el diverso número 648 por el que se establecen normas generales
para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación
Pública.
EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38, fracción I, inciso a) de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 12, fracciones I y XIV, 47, fracción IV y último párrafo, 50 y 60 de la Ley
General de Educación; y 1, 4 y 5, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que el 17 de agosto de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 648 por
el que se establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la
educación básica;
Que no obstante que en su artículo Quinto Transitorio el referido Acuerdo estableció su revisión y, en su
caso, actualización al año de su entrada en vigor, a partir de su implementación se han detectado algunas
situaciones que de no corregirse, repercutirán negativamente en los educandos y por tanto, en el sistema
educativo nacional;
Que no obstante que el 19 de agosto de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo
número 592 por el que se establece la articulación de la educación básica, se debe reconocer que dicha
articulación aún se encuentra en proceso de consolidación;
Que el proceso educativo debe atender y responder a las peculiaridades y necesidades de desarrollo que
requieren los alumnos, en cada uno de los niveles que comprende la educación básica, de acuerdo a sus
distintas edades. En este sentido, es menester reformular los criterios que serán empleados para evaluar el
desempeño de los alumnos que cursan la educación preescolar, así como aquellos empleados para
determinar la promoción de grado en los primeros tres años de la educación primaria, y
Que la emisión del Certificado de Educación Básica prevista en el Acuerdo 648, no debe ser obstáculo
para que los educandos que finalizan el sexto año de primaria cuenten con el Certificado de Educación
Primaria, documento que les permitirá comprobar legalmente haber cursado todos los grados de dicho nivel
educativo;
Que en razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO NUMERO 685 POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO NUMERO 648 POR EL QUE SE
ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACION, ACREDITACION, PROMOCION Y
CERTIFICACION EN LA EDUCACION BASICA
ARTICULO UNICO.- Se reforman los artículos 7o., 15o., en su numeral 15.2 y se adiciona un párrafo al
artículo 5o., así como un artículo 17 Bis, al Acuerdo número 648 por el que se establecen normas generales
para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica, para quedar como sigue:
“Artículo 5o.- …
a) …
b) …
En el caso de la educación preescolar, y una vez que el alumno concluya dicho nivel educativo, en la
Cartilla de Educación Básica se deberá asentar la leyenda: “CONCLUYO SU EDUCACION PREESCOLAR”.
….
….
….
Artículo 7o.- En la educación preescolar, la evaluación del desempeño del alumno es exclusivamente
cualitativa, por lo que el docente, con base en las evidencias reunidas durante el proceso educativo,
únicamente anotará en la Cartilla
...