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Acumulado del diverso 371/2012 JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO..


Enviado por   •  27 de Marzo de 2016  •  Trabajo  •  1.222 Palabras (5 Páginas)  •  235 Visitas

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Expediente 351/2012

Acumulado del diverso 371/2012

JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO.

Presente.

Saúl xxxxxxxxxxx y Saúl xxxxxxxxxxxxx, por nuestro propio y personal derecho, en nuestro carácter de Tercero Perjudicado, dentro del Juicio de Garantías antes citado, señalando como domicilio para oír notificaciones en Calle xxxxxxxxx numero 39, zona Centro de esta Ciudad, autorizando en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo al C. Lic. xxxxxxxxxxxxxxxx, con numero de cedula profesional xxxxxxxxxx, expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública. Ante usted comparezco y expongo:

Que en nuestro carácter de Tercero Perjudicado, dentro de los autos que componen este proceso así como el Juicio de Garantías acumulado, diverso bajo el índice 371/2012, de este Tribunal, y dentro del término legal que nos concede el artículo 180 de la Ley de Amparo, vigente, hacemos las siguientes manifestaciones:

1.- Que por medio del presente escrito y con fundamento legal en lo establecido por el artículo 5 fracción III Inciso B, de la Ley de Amparo vigente y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me apersono ante este H. Tribunal a efectos de realizar las manifestaciones que me corresponde en carácter de TERCERO PERJUDICADO tal como lo viene expresando en su escrito inicial de demanda, los señores xxxxxxxxxxxxx y xxxxxxxxx, quienes compareces ante este H. Tribunal demandando el amparo y protección de la justicia federal, razón por la cual nos permitimos expresar lo siguiente:

Manifiesta la parte quejosa, por conducto su cuerpo legal, que se han cometido una serie de violaciones a sus personales derechos, toda vez que la declaración preparatoria que rindieran ante la presencia judicial está plagada de violaciones procesales toda vez que las mismas no hubieren sido vertidas de manera libre y espontanea sino coaccionados y violentados, previo a su deposición, lo cual hasta el momento no ha sido acreditado al juzgador natural quien al termino constitucional ampliado giro la consecuente orden de aprensión que ahora la parte quejosa busca afanosamente obtener la gracia de su Señoría mediante la protección y Amparo de la Justicia Federal.

Lo anterior pasando por alto el daño físico y moral amen del patrimonial cometido en agravio del tercero perjudicado, sin olvidar que el señor Saúl xxxxxxxxxxxx, es persona mayor, de edad avanzada y que fue violentado física y emocionalmente en su persona y posesiones ya que sobre el mismo recayó el activo de los delitos por los que a esta cuadrilla de presuntos delincuentes el Juez natural ha dictado el consecuente orden de aprensión. Quien al momento de deponer ante la Autoridad Ministerial, el pasado mes de abril en curso, como se aprecia en autos, presentaba huellas de violencia física y emocional, las cuales le fueron inferidas de manera directa por los ahora quejosos en la comisión de los delitos cometidos en contra del mismo.

De igual manera al momento de que los elemento de la Agencia Veracruzana de Investigaciones, llevara a cabo la intervención de los ahora quejosos y demás miembros de la gavilla, estos se encontraban en posesión física y material de los bienes que días antes se hubieren denunciado ante la Agencia Primera del Ministerio Público de esta Ciudad, por los cuales han causado un detrimento económico en el ahora tercero perjudicado, daño que ha sido valuado de manera significativa ya que a la fecha se ha omitido señalar el monto de las reparaciones y reposición de materiales dañados, así como los gastos necesarios para

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