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Administracion pública central en Guatemala


Enviado por   •  28 de Junio de 2013  •  Tutorial  •  9.140 Palabras (37 Páginas)  •  435 Visitas

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DERECHO ADMINISTRATIVO II

1. ADMINISTRACION PÚBLICA CENTRAL EN GUATEMALA

1.a. Ambito Jurídico de la Administración Pública.

La Administración Pública se desenvuelve dentro de un ordenamiento jurídico que va desde la Constitución Política de la República de Guatemala, que ocupa dentro de la pirámide jerárquica el primer lugar, dentro del cual se encuentra estructurado todo el Estado y sus organismos (Legislativo, Ejecutivo y Judicial), y la casi totalidad de órganos administrativos (Entidades Descentralizadas y Autónomas), la cual nos da la estructura y el funcionamiento de los mismos, además de la estructura y funcionamiento de los Organismos de Estado, la Constitución regula otros órganos administrativos, como la Procuraduría de los Derechos Humanos, la Universidad de San Carlos, la Contraloría General de Cuentas, Ministerio Público, etc. También como fuente importante del Derecho Administrativo, encontramos la Ley Ordinaria la cual tiene una gran importancia pues en ella se encuentra enmarcada la Competencia Administrativa.

La ley orgánica es otra fuente importante del Derecho Administrativo y es en la que se encuentra creado un órgano administrativo y la competencia general del mismo.

El Reglamento también es fuente importante porque encontramos los procedimientos a los cuales se tiene que someter la administración pública para su actuar.

Los Convenios y Tratados Internacionales regulan muchas de las funciones que desarrolla la Administración Pública. La Administración Pública en si debe someter su actuación estrictamente a la ley y fundamentalmente a los principios de legalidad y juridicidad. Los órganos administrativos no pueden actuar arbitrariamente, pues su actuación debe estar enmarcada dentro de los límites que la misma le otorga.

Los Organos de la Administración tienen como finalidad el Bienestar Común, utilizando para ello el servicio público.

En conclusión, se puede decir que la administración Pública debe quedar sometida a la Ley, como ya lo mencionamos anteriormente, la ley nos otorga entre otras, la Competencia y la estructura de los órganos.

1.a.1. Competencia.

Son las atribuciones y funciones que la ley le otorga a los Organos Administrativos. Hay que tomar en cuenta que sólo la ley puede dar competencia.

1.a.2. Estructura.

La Constitución y la Ley Orgánica, le dan la estructura y competencia a la institución, por lo cual se encuentra jerárquicamente constituido y ubicado el órgano administrativo, para el desarrollo de su finalidad, a través del Servicio Público.

1.a.3. Procedimiento.

El Reglamento es el procedimiento administrativo, pues a través de éste, se desarrolla la actividad o la forma en que debe prestarse el servicio público. La naturaleza jurídica del reglamento, es que se trata de un acto administrativo del Ejecutivo y no una facultad legislativa del mismo.

1.a.4. Control.

El control, consiste en una serie de Recursos Administrativos y Procesos Judiciales que se encuentran a la mano de los particulares, en caso que la Administración Pública afecte o perjudique los derechos e intereses de los administrados.

1.a.5. Recursos Financieros.

Son los impuestos, arbitrios, tasas, con los cuales el Estado, a través de la Administración Pública, cumple con su finalidad y sirve para el sostenimiento del aparato estatal.

1.a.6. Actividad Legislativa.

Es la que desarrolla el Organismo Legislativo, en la promulgación de leyes que van en beneficio de la población y es el único órgano que de conformidad con la ley tiene atribuida esa función.

1.a.7. Actividad judicial.

Es la que realiza el Organismo Judicial, al ejercer la función jurisdiccional, impartiendo justicia.

Toda esta actividad que desarrolla el Estado a través de sus Organos Administrativos e Instituciones las desarrolla fundamentalmente en la Ley, y basados en el Principio de Legalidad y de Juridicidad.

1.b. Ambito Político de la Administración Pública.

El ámbito político, en que se tiene que desarrollar la Administración Pública, debe ser en la aplicación de la ley desde el campo político, para beneficio de la mayoría de la población y no para sectores económicamente poderosos.

Se puede inferir que con todo el andamiaje jurídico y estructural que la Administración Pública, dotada del campo filosófico e ideológico, enmarcado dentro de las leyes, debe aplicarlos políticamente para llevar a cabo la finalidad última que es el bienestar general o bien común, que preceptúa la Constitución Política.

1.c-Sistema de Gobierno de Guatemala.

1.c.1-Sistema Parlamentario.

El sistema parlamentario es producto de la Revolución Francesa y es un sistema típico de los países Europeos.

Dentro de este sistema se encuentran divididas las funciones generales del Gobierno, por un lado existe el Rey o Monarca, que se encarga de la función política, como Jefe de Estado y un Primer Ministro o Presidente del Consejo de Ministros que es el encargado de la Administración Pública, el que depende del Parlamento.

Los Ministros son nombrados por el parlamento a propuesta del Primer Ministro, pueden ser interpelados, pues el órgano administrativo que nombra, tiene el derecho de revisar la actuación del nombrado.

1.c.2.- Sistema Presidencialista

Este sistema es de doble función, la cual debe de cumplir el Gobierno, se concentra en una sola persona, que es el Presidente de la República, es decir se concentra en él la función Política y la Administrativa.

Las Secretarias de Estado, no son órganos con competencia, sino que actúan a nivel de asesoría del Presidente, por ser éste el que toma las decisiones. Para los secretarios no existe la interpelación.

Básicamente el sistema guatemalteco es Presidencialista, pero con las características del Parlamentarismo, como ya se indicó anteriormente, se puede decir que nuestro régimen de Gobierno es un sistema mixto, por tener características de ambos regímenes, es semiparlamentario y semipresidencialista.

2 PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.

2.a Origen de la Presidencia.

Se origina a raíz del surgimiento del presidencialismo en los Estados Unidos. Hay que hacer notar que nuestro régimen es profundamente influenciado por los creadores de ese sistema, los Estados Unidos, por el poderío económico e ideológico que tiene esa Nación y que en una gran medida influye sobre los países latinoamericanos.

Es de considerar, que el sistema presidencialista

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