Adminstrativo 1
Enviado por bito20102010 • 23 de Junio de 2013 • 4.291 Palabras (18 Páginas) • 237 Visitas
ADMINISTRATIVO
1. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO DE GUATEMALA SE DEFINE EN :
La C.P.R.G.
ORGANISMO EJECUTIVO
Se encarga del gobierno del estado de guatemala
INTEGRACION DEL ORGANISMO EJECUTIVO
Presidente de la Republica
Vicepresidente de la Republica
Ministros de estado
Viceministros de Estado
Funcionarios Dependientes.
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Es la organización pública cabeza del gobierno del estado de guatemala, al presidente de la rep. Se le atribuye la calidad de Jefe del Estado. (Art 182) y la calidad de superior jerárquico (183) es jefe del estado porque es la cabeza del gobierno.
DECRETOS DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA
Equivalen a leyes sirviendo de base para ejercer el poder publico y mantener el orden jurídico.
DESCENTRALIZACION
Equivale al método adecuado y racional para ejercer el gobierno en el estado de guatemala (221 cp)
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
Se refiere a la forma en que se divide el territorio del estado de guatemala para su administración.
2. PERSONALIDAD JURIDICA
El estado de guatemala, es persona jurídica y como tal goza de personalidad jurídica que le permite actuar con validez jurídica y responsabilidad. La personalidad jurídica del estado de guatemala persigue la finalidad de adquirir y contraer obligaciones por cuenta propia.
TEORIAS DE LA PERSONALIDAD JURIDICA
TEORIA NEGATIVA: Niega la personalidad jurídica del estado.
TEORIA POSITIVA: Reconoce la personalidad jurídica del estado.
La personalidad jurídica da validez jurídica a las actuaciones del estado y atribuye responsabilidades derivadas de las actuaciones publicas.
El estado de guatemala es persona jurídica por disposición de la ley código civil Art. 15 inciso 1
PERSONALIDAD JURIDICA
Se extiende a las instituciones de derecho público creadas o reconocidas por la ley.
QUE ORGANIZACIONES PUBLICAS SE CONSIDERAN PRINCIPALES FUNDAMENTO O FUNDAMENTAL.
En principio toda organización creada por la C.P.R.G. o por decreto del congreso de la rep. Y toda organización que aparte de su creación sea reconocida como tal por medio de un decreto del citado congreso.
INSTITUCION
Cuerpo social con o sin personalidad jurídica integrado por una pluralidad de individuos cuyo fin responde a exigencias de la comunidad.
VENTAJAS DE LA PERSONALIDAD JURIDICA DEL ESTADO DE GUATEMALA
A) Fundamenta la perpetuidad y continuidad del estado y organizaciones que lo integran.
PERPETUIDAD: Establece una personalidad a gozar x tiempo indefinido.
CONTINUIDAD: Una personalidad a gozar sin interrupción a partir de la existencia del estado.
B) La personalidad jurídica fundamenta las relaciones patrimoniales.
El estado sostiene relaciones patrimoniales de toda clase Ej. Ventas, donaciones, permuta gracias a la personalidad estas relaciones gozan de validez jurídica.
C) La personalidad jurídica es base para suscribir documentos públicos oficiales de toda clase: Tratados, convenios, resoluciones.
D) Es el fundamento de acciones de responsabilidad contra el estado y las organizaciones que lo integran.
Las actuaciones del estado generan responsabilidades dado que todo estado es y debe ser jurídicamente responsable.
E) Vista como vinculo jurídico fundamenta las relaciones jurídicas y las no jurídicas que el estado sostiene con otras personas individuales y con otras organizaciones privadas y publicas.
F) La personalidad jurídica es el fundamento de la capacidad procesal.
DESVENTAJAS DE NO TENER PERSONALIDAD JURIDICA
No se tendrá perpetuidad y continuidad jurídica
No se podrá sostener relaciones patrimoniales.
No se tendrá competencia para celebrar contratos.
No se tendrá responsabilidad jurídica.
No se podrá sostener relaciones jurídicas con otras organizaciones públicas y privadas y con los particulares.
Mp se tendrá capacidad para ser parte en procesos judiciales.
EFECTO JURIDICO DE LA FALTA DE PERSONALIDAD JURIDICA DEL ESTADO ES: Un estado irresponsable o sea el estado que nunca responde por daños y perjuicios ocasionado por funcionarios y empleados públicos en el ejercicio de su cargo.
3. REPRESENTACION DEL ETADO DE GUATEMALA
La representación se define como la autoridad que ejercita la persona individual que representa al estado de guatemala como estado, la constitución las leyes y contratos pueden otorgar la representación.
La representación otorgada en contratos se refiere a: mandatos, para comparecer en juicio, celebrar contratos y resolver controversias.
REPRESENTANTE
Es la persona individual que ejercita la rep. Formalizada por el nombramiento y el acta de toma de posesión.
EL NOMBRAMIENTO SE PUEDE EMITIR DE DIVERSAS FORMAS: Acuerdo gubernativo
Acuerdo ministerial
Resolución administrativa.
TOMA DE POSESION
Se hace constar en acta administrativa en la cual se consigna la fecha y la hora en que tiene lugar el acto incluyendo en el mismo el juramento de fidelidad a la constitución.
En el estado de Guatemala la rep. Constitucional de mayor importancia se otorga al
Procurador General de la Nación (Art. 252)
La rep. Legal de mayor importancia se otorga a
Al alcalde municipal en el código municipal (Art. 52)
La representación que se otorga en reglamentos y contratos se relaciona con:
Servicios públicos, contrataciones administrativas, y procesos judiciales.
La administración publica o municipal actúa por medio de:
Representantes, mandatarios o Concesionarios.
PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION.
Se encarga de la función de accesoria y consultaría de los órganos y entidades estatales normalmente estas funciones se ejercitan a requerimientos, el jefe de la procuraduría general de la nación es el procurador general de la nación, es nombrado y removido por el presidente de la republica. Las funciones de la procuraduría siguen normadas por la parte del decreto No. 512 del congreso de la rep. Si la constitución política establece que la organización y funcionamiento se regirá x su ley organiza, la procuraduría puede organizar y definir sus atribuciones y competencia por medio
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