Alegatos de apertura.
Enviado por DannyRamirez1511 • 6 de Abril de 2016 • Apuntes • 883 Palabras (4 Páginas) • 421 Visitas
ACTUANDO COMO FISCAL EN EL PROCESO QUE SE INSTRUYE EN CONTRA DEL SEÑOR CARLOS PATIÑO A QUIEN SE LE ATRIBUYE LA COMISIÓN DE LOS DELITOS DE HOMICIDIO CALIFICADO Y ROBO CALIFICADO AGRAVADO, PREVISTOS Y SANCIONADOS EN LOS ARTÍCULOS 123 EN RELACIÓN AL ARTÍCULO 128 Y 138 FRACCIÓN I, INCISO A); ASÍ COMO EL ARTÍCULO 220 EN RELACIÓN CON EL 223 FRACCIÓN IX Y 225 FRACCIÓN II, TODOS DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL EN PERJUICIO DE LA VIDA Y PATRIMONIO DEL SEÑOR ANDRES CASTAÑEDA. EN TAL CALIDAD PROCEDO A REALIZAR MIS ALEGATOS DE APERTURA.
LOS HECHOS OBJETO DE DEBATE EN ESTÁ AUDIENCIA OCURREN EL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 APROXIMADAMENTE A LAS 23:30 HORAS EN LA CALLE 17 NÚMERO 50, EN LA COLONIA CENTRO DE LA DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, CUANDO EL AHORA OCCISO ANDRES CASTEÑADA Y SU ESPOSA GLORIA DÁVILA, SE DISPONÍAN A CERRAR LA TIENDA CON RAZÓN SOCIAL OXXO, MOMENTO EN EL QUE SE ACERCA UNA PERSONA JOVEN DE SEXO MASCULINO, DE CONTEXTURA FUERTE, CON COLOR DE PIEL MORENO, CON UNA CAMISETA DE BASQUETBOLISTA, SUJETO QUE AHORA SE IDENTIFICA CON EL NOMBRE DE CARLOS PATIÑO, QUIEN ARROJA DE MANERA VIOLENTA AL SEÑOR ANDRES CASTAÑEDA AL INTERIOR DEL INMUEBLE, AMAGÁNDOLO CON UN ARMA DE FUEGO, EXCLAMANDO “QUE SI NO QUERÍAN MORIRSE TENÍAN QUE DARLE TODA LA PLATA”, EL SEÑOR ANDRES CASTAÑEDA INTENTO TRANQUILIZAR AL AHORA IMPUTADO, YA QUE SE ENCONTRABA MUY AGRESIVO, MOMENTO EN EL QUE EN LA CALLE SE ESCUCHA EL LADRIDO DE UN PERRO QUE DISTRAE Y HACE MIRAR AL AHORA IMPUTADO HACIA LA CALLE, ANTE ESAS CIRCUNSTANCIAS LA VÍCTIMA APROVECHA PARA INTENTAR DESAPODERAR DEL ARMA DE FUEGO AL IMPUTADO, POR LO CUAL EMPEZARON A FORCEJEAR HASTA QUE FINALMENTE EL AHORA IMPUTADO CARLOS PATIÑO DISPARO EL ARMA DE FUEGO EN CONTRA DE LA VÍCTIMA, CAYENDO ESTÁ INMEDIATAMENTE AL SUELO.
EN ESE MOMENTO EL IMPUTADO SE DIRIGE A LA CAJA REGISTRADORA GOLPEÁNDOLA REPETIDAMENTE CON LA CACHA DEL ARMA DE FUEGO HASTA QUE SE ABRE, SACANDO LA CANTIDAD DE $650.00 PESOS DE LA MISMA, LOS CUALES ERAN LAS GANANCIAS DE LAS VENTAS DEL DÍA. INMEDIATAMENTE EL SEÑOR CARLOS PATIÑO SE DIRIGE A LA SALIDA TOMANDO UNA BOTELLA DE AGUARDIENTE DE LA MARCA NÉCTAR, SIENDO DE IMPORTANCIA SEÑALAR QUE ES LA ÚNICA TIENDA QUE VENDE ESA MARCA DE AGUARDIENTE, POSTERIORMENTE EL IMPUTADO AL SALIR ABORDA UNA MOTOCICLETA CON LA CUAL HUYE DEL LUGAR.
LA FISCALÍA ESTÁ EN LA CAPACIDAD DE PROBAR QUE LAS CONDUCTAS DESCRITAS SON TÍPICAS, ANTIJURÍDICAS Y CULPABLES, YA QUE LOS HECHOS SE ADECUAN PERFECTAMENTE A LOS DELITOS DE HOMICIDIO CALIFICADO Y ROBO CALIFICADO AGRAVADO.
COMO RESPONSABLE DE LA CARGA DE LA PRUEBA, DEJO POR ACREDITADO QUE LA PRIMER CONDUCTA CUMPLE CON LOS ELEMENTOS DEL TIPO PENAL PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 123 DEL CÓDIGO PENAL DEL DISTRITO FEDERAL, LA CUAL CONSISTE EN PRIVAR DE LA VIDA A OTRO, PUESTO QUE EL SUJETO ACTIVO MEDIANTE LA ACTIVACIÓN DEL ARMA DE FUEGO, CAUSA UNA HERIDA MORTAL AL SUJETO PASIVO PROVOCÁNDOLE LA MUERTE. LA SEGUNDA CONDUCTA, CUMPLE CON LOS ELEMENTOS DEL TIPO PENAL PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 220 DEL CÓDIGO ADJETIVO DE LA MATERIA, LA CUAL CONSISTE EN EL APODERAMIENTO DE UNA COSA MUEBLE AJENA CON ÁNIMO DE DOMINIO Y SIN CONSENTIMIENTO DE QUIEN LEGALMENTE PUEDA OTORGARLO, EN VIRTUD DE QUE EL SUJETO ACTIVO DESAPODERA A LA VÍCTIMA DE $650.00 Y UNA BOTELLA DE AGUARDIENTE DE LA MARCA NÉCTAR, CAUSÁNDOLE UN DETRIMENTO EN SU PATRIMONIO. EL ELEMENTO SUBJETIVO DE AMBOS TIPOS PENALES LO CONSTITUYE EL DOLO, EL CUAL CONSISTE EN EL CONOCIMIENTO Y LA VOLUNTAD DEL SUJETO ACTIVO DE ESTAR ACTUANDO EN CONTRA DE UNA NORMA PENAL.
...