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Algo Sobre Jurisdiccion Y CCmpetencia En Venezuela


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2013  •  10.278 Palabras (42 Páginas)  •  300 Visitas

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UNIVERSIDAD FERMIN TORO

VICE- RECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

ESCUELA DE DERECHO

Jurisdicción y Competencia

Barquisimeto, Febrero de 2013

Introducción

Cuando se habla de jurisdicción se encontraran varias acepciones que podrían definir este término y dado que dentro del lenguaje jurídico, es utilizado con distintos significados, se trata de sujetarlo de la manera más clara posible, dado que su contenido se constituye como un elemento primordial para el Derecho Procesal.

Se presenta información sobre la Jurisdicción y las diferentes teorías sobre ella, sus características, la base legal que la sustenta, los tipos de jurisdicción y sus garantías así como los momentos por los que debe pasar para cumplirse efectivamente, los principios contenidos tanto en la constitución como demás leyes de la Republica, aclarando todo lo concerniente a ella para luego poder entrar en el ámbito de la competencia. Todo esto necesario para el conocimiento del área procesal.

Según la definición legal "Jurisdicción es el poder de administrar justicia conforme a las leyes." Poder que tiene su origen en la Constitución de la Republica. Con mayor claridad se señala como la actividad realiza el juez, para los efectos de resolver, a través del proceso, el conflicto que las partes han sometido a su decisión. Razón por la cual se hace necesario tratar de aclarar de la mejor manera posible todo lo concerniente a ella y a los detalles del proceso determinados así, a continuación.

Jurisdicción

Jurisdicción del latín IURIS DICTIO, decir o declarar el derecho.

Generalmente se define este término, como el poder de administrar justicia, o concretamente, como el poder de declarar el derecho y de aplicar la ley. Chiovenda dice que es la actuación de la voluntad concreta de la ley. Pero en un sentido amplio es toda actividad pública del Estado determinada a solucionar conflictos y de allí sus distintas clases, especialmente la civil y la administrativa, para distinguir la función judicial de la ejecutiva.

Para Eduardo Couture, Jurisdicción es la función pública realizada por los órganos competentes del Estado, con las distintas formas requeridas por la ley, en virtud de la cual, por actos de juicio, se determina el derecho de las partes, con el objeto de dirimir sus conflictos y controversias de relevancia jurídica, mediante decisiones con autoridad de cosa juzgada, eventualmente factibles de ejecución.

Según Vicente Puppio, en vez de una función es la potestad proveniente de la soberanía del Estado ejercida exclusivamente por tribunales independientes y predeterminados por la ley para la solución de conflictos, ejecutando lo juzgado para satisfacer pretensiones y resistencia.

El Código de Procedimiento Civil Venezolano en su artículo 1, establece: La Jurisdicción civil, salvo disposiciones especiales de la Ley, se ejerce por los Jueces ordinarios de conformidad con las disposiciones de este Código. Los Jueces tienen la obligación de administrar justicia tanto a los venezolanos como a los extranjeros, en la medida en que las leyes determinen su competencia para conocer del respectivo asunto.

Para el Derecho constitucional y las Ciencias políticas, es uno de los poderes del Estado, de acuerdo a la doctrina de la separación de poderes, ubicándolo así, dentro del Poder Judicial. Mientras que, para el Derecho procesal, constituye uno de los más importantes presupuestos procesales.

Este término dentro del lenguaje jurídico, es utilizado con distintos significados, por lo que los doctrinarios han manifestado dificultad a la hora de dar uniformidad al contenido de este elemento primordial para el Derecho Procesal.

Dentro de las diversas acepciones que posee este vocablo, se destacan:

• La Jurisdicción como ámbito territorial: cuando nos referimos al espacio geográfico determinado, en el cual un funcionario se encuentra legitimado en su cargo, para realizar sus funciones.

• La Jurisdicción como un conjunto de órganos judiciales: se utiliza para referirse al conjunto de órganos encargados de administrar justicia, de acuerdo a la materia del cual el juez sea natural. Por ello se habla de jurisdicción civil, jurisdicción, penal y jurisdicción contenciosa administrativa.

• La Jurisdicción como poder: cuando se refiere a la prerrogativa, autoridad o poder de determinados órganos del poder público, especialmente a los del poder judicial. Se refiere a la investidura, la jerarquía más que a la función.

• La Jurisdicción como competencia: por mucho tiempo se ha se utilizaron los conceptos de jurisdicción competencia como sinónimos, deliberadamente se hablaba de falta de jurisdicción para indicar la falta de competencia en sentido material o territorial. Esta errónea utilización de significado se supero con la modernización de la doctrina, quedando aun secuelas, tanto en la legislación como en el lenguaje forense.

La competencia es una medida de la jurisdicción; todos los jueces tienen jurisdicción pero no todos tienen competencia para dirimir una determinada controversia. Un juez competente es a su vez un juez con jurisdicción; pero, un juez incompetente es, un juez con jurisdicción pero sin competencia.”La competencia es un fragmente de la jurisdicción atribuida a un juez”

• La jurisdicción como función: es la que realizan los órganos ordinarios o especiales de la jurisdicción que se traduce en la aplicación del derecho por la vía del proceso.

Para José Becerra Bautista, “es la facultad de decidir, con fuerza vinculativa para las partes, una determinada situación controvertida”

La jurisdicción se caracteriza por ser:

• Constitucional: emana de la constitución.

• General: se aplica en todo el territorio.

• Exclusiva: puesto que solo la ejerce el Estado. Caracterizada como una función monopólica del Estado.

• Permanente: se ejerce en todo momento que un estado tenga soberanía.

• Es un presupuesto procesal.

La jurisdicción, se encuentra establecido en el Código de procedimiento civil venezolano establecida en los artículo 1 y 3, los cuales claramente se explican:

Artículo 1.- La Jurisdicción civil, salvo disposiciones especiales de la Ley, se ejerce por los Jueces ordinarios de conformidad con las disposiciones de este Código. Los Jueces tienen la obligación de administrar justicia tanto a los venezolanos como a los extranjeros,

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