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Amparo Alcoholimetro


Enviado por   •  3 de Febrero de 2014  •  2.959 Palabras (12 Páginas)  •  284 Visitas

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DEMANDA DE: ARRESTO CON DETENIDO

QUEJOSO: __________________________

AMPARO: INDIRECTO

C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO

DE PACHUCA HIDALGO

PRESENTE. ----------------------------------------------------- y señalando como Domicilio para el efecto de oír y recibir Notificaciones relacionada con el presente juicio, con domicilio en calle María Morelos, numero 203, colonia Santa Julia de Pachuca Hidalgo y en representación del quejoso CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 15 DE LA LEY DE AMPARO y autorizando para esos efectos al LIC. ARTURO Acosta Tello, a Usted C. Juez atentamente manifiesto lo siguiente:

Que por medio del presente escrito vengo a solicitar el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN, EN REPRESENTACION DEL QUEJOSO y con fundamento en el artículo 15 de la ley de amparo que estable “Artículo 15. Cuando se trate de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas o alguno de los prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales, y el agraviado se encuentre imposibilitado para promover el amparo, podrá hacerlo cualquiera otra persona en su nombre “ , en contra de las autoridades y actos que a continuación señalo, por lo que ajustándome a los preceptos que rige el presente juicio de Garantías expreso:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: El nombre del Quejoso_______________________________________, con domicilio en calle María Morelos, numero 203, colonia Santa Julia de Pachuca Hidalgo

II.- NOMBRE: Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: No existe tercero perjudicado por tratarse de un Amparo en Materia Administrativa.

III.- AUTORIDADES RESPONSABLES ‚ Señalo como Autoridades Responsables las siguientes:

ORDENADORAS: C. SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DE POLICÍA DEL MUNICIPIO DE PACHUCA HIDALGO Y C. JUEZ CALIFICADOR DE LA POLICÍA MUNICIPAL DE PACHUCA

EJECUTORAS: C. JUEZ CALIFICADOR DE LA POLICÍA MUNICIPAL DE PACHUCA, ubicado en boulevard en minero S/N, Colonia campo de tiro en Pachuca Hidalgo, lugar en que se encuentra Detenido actualmente.

IV.- ACTO RECLAMADO, EL ARRESTO ADMINISTRATIVO YA EJECUTÁNDOSE EN CONTRA del QUEJOSO en los separos de la policía Municipal de Pachuca Hidalgo

V.- GARANTÍAS VIOLADAS, las Autoridades Ordenadoras violan en perjuicio de los Quejoso, las Garantías de Libertad y Seguridad contenida en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal

VII.- PROTESTA ‚ Bajo protesta de decir verdad manifiesto que los Hechos y abstenciones que constituyen los antecedentes de los actos reclamados.

ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO

Que el día de hoy siendo aproximadamente como las 1:30 A.M. al circular por calles de la Ciudad de Pachuca Hidalgo, específicamente en BOULEVARD COLOSIO fue detenido ILEGALMENTE, por Elementos de la Secretaria de Seguridad Pública Municipal de Pachuca e inmediatamente trasladado en calidad de Arrestado al Centro de Sanciones Administrativas (barandilla) ubicado en Boulevard el Minero S/N, Colonia Campo de tiro en Pachuca Hidalgo, donde se encuentra ARRESTADO ILEGALMENTE.

CONCEPTOS DE VIOLACIÓN

PRIMERO.- Las autoridades responsables violan en su perjuicio las garantías de Seguridad y de Legalidad, la de debida Fundamentación y Motivación de todo acto de autoridad, en especial las referentes a las Formalidades Esenciales del Procedimiento, ya que al dictar una Orden de Arresto sin antes Agotar en forma Gradual las Medidas de Apremio que se contienen en el Artículo 117, 129 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo.

En efecto el artículo 113 del Código de Procedimientos Penales dispone como Medidas de Apremio las siguientes: . . . 1.- El Apercibimiento, 2.- la Multa, 3.- la Suspensión y 4.- el ARRESTO hasta por 36 horas. Por lo que en todo caso se les debió primeramente de “”Apercibir o Aplicar una Multa”” y por lo tanto al tenerlos Privados de su Libertad, mediante un Arresto INCONMUTABLE, se viola lo dispuesto por el artículo 14 Constitucional.

El Artículo 14 Constitucional, refiere en lo conducente al cumplimiento de las formalidades esenciales del Procedimiento, lo siguiente: ””Nadie puede ser Privado de la Vida, de la . . . LIBERTAD, . . . o de sus Propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los Tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho”””.

En efecto, la garantía de Legalidad y debido proceso consiste en que se debe de otorgar a todo gobernado la oportunidad de tener derecho a una Defensa Previa al acto que tiende a Privarlo de su Libertad, en este caso mediante la Imposición de un ARRESTO INCONMUTABLE, tales derechos entre otros son los siguientes: A) La Notificación Personal del inicio de un Procedimiento y sus consecuencias; B) La oportunidad de ser Representado por Abogado o Persona de Confianza; C)Ofrecer y desahogar Pruebas; D) La oportunidad de presentar Alegatos y E) El dictado de una Resolución en que se diriman las cuestiones debatidas. Por lo en este caso, no se cumplieron con esas formalidades esenciales del procedimiento, y por lo tanto dicho Arresto es ilegal.

SEGUNDO: El artículo 16 Constitucional establece, en lo relativo a las condiciones mínimas para el, libramiento

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