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Amparo Indirecto vs Autoridad Delegacional


Enviado por   •  16 de Marzo de 2020  •  Práctica o problema  •  1.300 Palabras (6 Páginas)  •  297 Visitas

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QUEJOSO: PEDRO PEREZ AVALOS

ASUNTO: SE INTERPONE JUICIO DE AMPARO INDIRECTO

H. JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA

EN LA CIUDAD DE MEXICO

EN TURNO.

 EDILBERTO AGUIRRE PADILLA, en mi carácter de apoderado legal, del C. PEDRO PEREZ AVALOS, como lo demuestro con instrumento notarial numero 79,148 a cargo del C. Licenciado MARIO FILOGONIO REA FIELD Notario número 135 del Distrito Federal (Hoy Ciudad de México), señalando como domicilio para oír  y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en Calle Emilia Romero de Valle numero 265 Colonia Merced Balbuena, Alcaldía Venustiano Carranza, cp. 15810 Y autorizando para oír y recibir notificaciones en los términos amplios del artículo 12 de Ley de Amparo a los C. Licenciados en Derecho Luis Felipe Gutiérrez Díaz, Oscar Chaire Alférez, y Jorge Jasso Hernández, con cédula profesional 2491301, 4989888, y 10884383 Respectivamente, expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación, respetuosamente comparezco y expongo:

 

                Que por medio del presente escrito vengo a pedir el AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra  de los actos y las autoridades que a continuación mencionare.

                A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 108 de la ley de Amparo, pasó  a señalar lo siguiente.-

                                         I.-NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.-

YA HAN QUEDADO DEBIDAMENTE PRECISADOS  EN EL PROHEMIO .

 

II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO  INTERESADO.-

                 

C. ADELA PEREZ AVALOS.

Con domicilio en, Avenida Fray Servando y Teresa de Mier  numero 492 interior 12 Colonia Merced Balbuena, Alcaldía Venustiano Carranza, cp. 15810

                                         III.- AUTORIDADES RESPONSABLES.-

a).- C. JULIO CESAR MORENO RIVERA, ALCALDE DE LA ALCALDIA VENUSTIANO  CARRANZA, DE LA CIUDAD DE MEXICO.

                 b).- C. LIC. JOSE MANUEL BALLESTEROS.

SUBDIRECTOR DE GOBIERNO Y ASUNTOS JURIDICOS DE LA ALCALDIA VENUSTIANO CARRANZA, ALCALDIA VENUSTIANO  CARRANZA, DE LA CIUDAD DE MEXICO.

                 c).- C. LIC. ALFREDO RAYMUNDO ORTEGA.

SUBDIRECTOR DE GOBIERNO Y CONTROL DE  GIROS MERCANTILES, DE LA ALCALDIA VENUSTIANO CARRANZA, ALCALDIA VENUSTIANO  CARRANZA, DE LA CIUDAD DE MEXICO.

                 d).- C. ROGELIO HINOSTROZA FIERRO

JEFE DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE VIA  PÚBLICA ALCALDIA VENUSTIANO CARRANZA, ALCALDIA VENUSTIANO  CARRANZA, DE LA CIUDAD DE MEXICO.

TODOS CON DOMICILIO EN: FRANCISCO DEL  PASO Y TRONCOSO, NÚMERO 219, COLONIA JRDIN BALBUENA, ALCALDIA VENUSTIANO CARRANZA, CIUDAD DE MÉXICO, C.P. 15900.

IV.- ACTO RECLAMADO DE LAS AUTORIDADES SEÑALADAS COMO RESPONSABLES.-

 LA REITERADA NEGATIVA DE DAR CONTESTACIÓN  POR ESCRITO, A LOS CIUATRO ESCRITOS PRESENTADOS POR EL SUSCRITO EN REPRESENTACION DE MI MANDANTE, ANTE CADA UNA DE ELLAS, EN FECHA DOCE (12) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (2019). 

V.- Preceptos Constitucionales violados Artículo  1°( precepto que conforme al artículo de la Ley de amparo vigente contienen los Derechos Humanos cuya violación se reclama),  8º, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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