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Amparo indirecto de nulidad de emplazamiento


Enviado por   •  1 de Marzo de 2016  •  Ensayo  •  1.875 Palabras (8 Páginas)  •  926 Visitas

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C. JUEZ DE DISTRITO

EN EL ESTADO EN TURNO.

PRESENTE.

ELOUIS FRANCO SOTO, mexicana, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en calle Buena Vista número 913 de la colonia Bienestar de esta ciudad de Los Mochis Sinaloa, y autorizando para que los oiga y reciba todo tipo de notificaciones al C. Licenciado Guerrero Gómez Estrada, esto con fundamento en los dispuesto por el artículo 12 de la Ley de Amparo vigente, con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito y por mi propio derecho con fundamento en lo previsto por los artículos 103 y 107 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a solicitar el AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL de los actos que posteriormente me referiré, a continuación paso a mencionar:

  1. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: ELOUIS FRANCO SOTO con domicilio en calle  Cárdenas número 320 de la colonia Centro, de esta ciudad de los Mochis, Sinaloa.
  2. NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO: FERNANDO LOPEZ SOTO con domicilio en Boulevard Gabriel Leyva número 603 colonia Centro de esta ciudad de los Mochis, Sinaloa.
  3. AUTORIDADES RESPONSABLES:

ORDENADORAS:

  1. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME SINALOA, con residencia de esta ciudad, con domicilio en la Unidad Administrativa del Gobierno del Estado, ubicado en la esquina que forman las calles Ignacio Allende y Marcial Ordoñez de esta ciudad.

EJECUTORAS:

  1. ACTUARIO PRIMERO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME SINALOA, con residencia de esta ciudad, con domicilio en la Unidad Administrativa del Gobierno del Estado, ubicado en la esquina que forman las calles Ignacio Allende y Marcial Ordoñez de esta ciudad.

  1. ACTOS RECLAMADOS

Del C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME SINALOA, autoridad responsable ordenadora reclamo lo siguiente:

  1. La falta de emplazamiento y legalidad del supuesto practicado a la quejosa el día 10 de Febrero del 2016 dentro del Juicio Sumario Civil de Desahucio número 326/2016 del cual emana el acto reclamado.
  2. La omisión en que incurrió esta responsable al no haber examinado escrupulosamente el emplazamiento que ordeno practicar a la demandada hoy quejosa, dentro del juicio ya antes mencionado en mi contra por FERNANDO LOPEZ SOTO, no se efecto conforme a derecho.
  3. La declaración en rebeldía que se hizo de la suscrita y todo lo actuado en el mencionado Juicio Sumario Civil de Desahucio número 326/2016, con posterioridad al supuesto emplazamiento realizado a la quejosa, así como todos y cada uno de los supuestos actos en consecuencia de hecho y derecho que se deriven del supuesto emplazamiento.

Del C. ACTUARIO PRIMERO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME SINALOA, reclamo el ilegal emplazamiento llevado a cabo en el domicilio incorrecto al de la suscrita quejosa haciendo en contra de los artículos 113 y 114 del Código de Procedimiento Civiles para el Estado de Sinaloa en vigor, pues en autos existe constancia levantada en el sentido de que el actuario se constituyó a emplazarme a juicio en un domicilio erróneo en el ubicado calle Carreñas número 380 Colonia Centro de esta ciudad de Los Mochis Sinaloa, cuando mi domicilio legal es en la calle Cárdenas número 320 de la Colonia Centro de esta misma ciudad, practicándose así un emplazamiento irregular, pues el actuario nunca se cercioro que fuera ese mi domicilio, practicándose así dicha diligencia de emplazamiento con mi señora madre ESTHER SOTO RODRIGUEZ, quien ya es una persona mayor de edad sin conocimiento alguno de lo actuado en derecho, en tal sentido como lo demostrare que mi domicilio legal es el ubicado calle Cárdenas número 320 de la Colonia Centro de esta ciudad, de ahí reclamo todas las diligencias que surgieron en base a dicha intervención.

  1. ANTECEDENTES
  1. Que fue el día 19 de Febrero del 2016, cuando un familiar mío acudió a visitarme a mi domicilio y me informo que al visitar a nuestra señora madre, se dio cuenta de un papel que contenía mi nombre y así se enteró que yo estaba demandado en el Juzgado Primero de primera Instancia del Ramo Civil del distrito Judicial de Ahome, Sinaloa, razón por la cual contrate a un abogado para que investigara, quien al hacerlo confirmó la existencia de una demanda en mi contra en el Tribunal ya antes mencionado en el expediente 326/2016 donde se esta ventilando un juicio sumario civil de desahucio por falta de tres mensualidades de arrendamiento de una finca de giro industrial.
  2. Al tener acceso al expediente en mención, pude darme cuenta del motivo de la demanda y comprobé que no me fue emplazada en términos de ley, por tal razón se me embargara un vehículo automotor.
  3. Del expediente en mención, se desprende que con fecha 10 de Febrero del 2016 el C. Actuario acudió al domicilio ubicado en calle Carreñas número 380 colonia Centro de esta ciudad y levanto constancia de que se constituyó a dicho domicilio y me emplazo a juicio, lo cual es completamente falso, pues la suscrita cuenta con su domicilio legal en calle Cárdenas número 320 de la Colonia Centro de esta misma ciudad, practicándose asi el irregular emplazamiento, dejándome en estado total de indefensión, siendo así afectado, por lo cual deberá ser nulo, ya que se debió cerciorar sobre el domicilio legal.
  1. CONCEPTOS DE VIOLANCION

Los actos que se vienen reclamando en este escrito de demanda de garantías a la autoridad responsable señalada como ordenadora y ejecutora, son violatorias en perjuicio a la quejosa de las garantías de audiencia, legalidad y seguridad jurídica establecido en los artículos 14 y 16 de la constitución política de los estados únicos mexicanos. En efecto el artículo 14 constitucional establece lo siguiente:

“Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedad, posesiones o derechos sino mediante juicio seguido antes los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.”

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