Analisis Finaciero 2
Enviado por contadora2012 • 2 de Abril de 2013 • 658 Palabras (3 Páginas) • 479 Visitas
ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO
Es importante recordar:
Se consideran Establecimientos de Crédito a las instituciones financieras cuya
función principal consiste en recibir (captar) recursos del público en depósitos
denominados “a la vista”, (cuentas de ahorro, corriente) o a término (como en el caso
Suministro de información y asesoría
para el consumidor financiero
© Convenio Sena • Superintendencia Financiera de Colombia - 2012
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de los Certificados de Depósito a Término CDT), para nuevamente colocar estos
recursos a través de préstamos, u otras operaciones de crédito. Los bancos son
establecimientos de crédito.
Entre estos establecimientos de crédito tenemos:
Establecimientos bancarios
Compañías de financiamiento
Cooperativas financieras
Corporaciones financieras
A continuación encontrará un grafico que le ayudará a entender la forma en la que se
estructura el sistema financiero colombiano.
Suministro de información y asesoría
para el consumidor financiero
© Convenio Sena • Superintendencia Financiera de Colombia - 2012
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Establecimientos bancarios
Son establecimientos bancarios las instituciones financieras que tienen por función
principal, recibir o captar dinero del público, principalmente en cuenta corriente, de
ahorros y CDT´s, con el objeto primordial de prestar nuevamente el dinero a las
personas y sectores de la economía que lo necesitan.
Para junio del año 2012, operan 23 (veintitrés) bancos en Colombia, que ofrecen
una gran variedad de productos y servicios, tales como:
Cuenta corriente
Cuenta de ahorros
Tarjeta débito
Tarjeta crédito
Créditos
Certificados de Depósito a Término CDT´s
Revisemos los principales productos y servicios que ofrecen los Establecimientos
Bancarios.
● Cuenta Corriente:
Este es un producto exclusivo de los bancos. La cuenta corriente permite al
consumidor financiero depositar dinero en una cuenta, bien sea en efectivo o
cheques, para luego disponer de éste mediante el giro de cheques o en otra forma
previamente convenida con el banco, por ejemplo el retiro de dinero con tarjeta
débito a través de cajeros automáticos.
En términos más técnicos, el artículo 1382 del Código de Comercio hace una
definición de la Cuenta Corriente:
ART. 1382.—Por el contrato de depósito en cuenta corriente bancaria el
cuentacorrentista adquiere la facultad de consignar sumas de dinero, y
cheques en un establecimiento bancario y de disponer, total o
parcialmente, de sus saldos mediante el giro de
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