Análisis Crítico Del Artículo: "Un Escamoteo De Los Juristas, El Concepto De Propiedad", Capitulo IV Del Libro Derecho, Política Y Democracia. Editorial. Temis, Bogotá. 1983.
Enviado por albatorrealba • 30 de Noviembre de 2014 • 1.291 Palabras (6 Páginas) • 631 Visitas
Empresa De Propiedad Social Directa E Indirecta Comunal
Desde hace más de dos siglos una temática general, como lo describió Karl Marx y Friedrich Engels acerca de la socialización de los medios de producción, debido a la influencia social que prevalece en la distribución económica de la relaciones de producción tales como tierra, capital y trabajo.
Venezuela origina nuevas relaciones de producción y de propiedad social, en la construcción del socialismo bolivariano que es unas de las referencias fundamentales en la configuración del socialismo del siglo XXI enmarcado en la Constitución de la Republica en su artículo 2, estableciendo un Estado Social de derecho y de Justicia.
El Gobierno Bolivariano, en su crecimiento y buscando la distribución de riquezas con el objetivo de liberar al país del modelo capitalista, ha implementado la creación de Empresas de Propiedad Social (EPS) en todo el país para que el Poder Popular, conformado en Consejos Comunales, Comunas y cualquier otra organización de bienestar social, avance en el área socioproductiva y autosustentable para la felicidad suprema de una comunidad.
Las Empresas de Propiedad Social (EPS), comprenden espacios de desarrollo económico comunal y son estructuras de carácter social incluyente, dirigidas a un nuevo modelo socioproductivo humanista y endógeno con autonomía e independencia en su gestión y orientadas a la satisfacción de necesidades de los miembros de la comunidad.
Además, permiten la disminución en los costos de producción pues se elimina la plusvalía capitalista y se trabaja para el desarrollo colectivo colocando la producción a precios solidarios e implementando sistemas alternativos de intercambios y cooperación comunitaria.
Asimismo, el tipo de trabajo de producción está basado en la solidaridad, la cooperación y la complementariedad, y no en la competencia y la exclusión; de allí que la relación del individuo con el trabajo es de compromiso social y desarrollo integral, así como los recursos naturales y tecnológicos están en función del desarrollo integral.
Así que, el Gobierno Revolucionario promueve las Empresas de Propiedad Social (EPS), que hacen posible la participación activa y protagónica del pueblo venezolano en los procesos de generación y distribución de la riqueza y sea él mismo el que otorgue poder a sus comunidades organizadas para que desarrollen sus potencialidades agrícolas, industriales y turísticas erradicando la pobreza y mejorando la calidad de vida de cada población.
La formación Jurídica y Administrativa de las Empresas de Propiedad Social Comunal, adquieren figura jurídica con la aprobación de la Ley Orgánica para el Fomento del Sistema Económico Comunal en Gaceta Oficial Nº 6.011 de fecha 21 de diciembre de 2010. De acuerdo con este instrumento, las Empresas de Propiedad Social Comunales son de dos clases, tal como se definen en el artículo 9:
1. Empresa de propiedad social directa comunal: Unidad socioproductiva constituida en un ámbito territorial demarcado en una o varias comunidades, en una o varias comunas, destinadas al beneficio de sus integrantes y de la colectividad, a través de la reinversión social de sus excedentes y donde los medios de producción son de propiedad social comunal.
2. Empresa de propiedad social indirecta comunal: Unidad socioproductiva constituida en un ámbito territorial demarcado en una o varias comunidades, en una o varias comunas, destinadas al beneficio de sus integrantes y de la colectividad, a través de la reinversión social de sus excedentes y donde los medios de producción son de propiedad pública. El Estado progresivamente podrá transferir la propiedad a una o varias comunidades, a una o varias comunas.
Hoy en día, este proyecto productivo liberador está incluido en el primer Plan Nacional Simón Bolívar como herramientas del Poder Popular; para
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