Análisis de la Ley de Impuesto al Valor Agregado
Enviado por Marii Vazt • 25 de Abril de 2017 • Informe • 1.245 Palabras (5 Páginas) • 521 Visitas
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Análisis de la Ley de Impuesto al Valor Agregado
Artículo 5: Este articulo explica que deben ser contribuyentes ordinarios de este impuesto los portadores habituales de bienes, los industriales, los comerciantes, los portadores de servicios, y por lo general todas las personas ya sean naturales o jurídicas que realicen actividades de venta de bienes muebles corporales, importación de bienes muebles, venta de exportación de bienes muebles y exportación de servicios.
Artículo 6 demuestra que los importadores no habituales de bienes muebles corporales son contribuyentes ocasionales y que al momento de que se realicen las importaciones deben pagar en la aduana el pago de impuesto que les corresponde sin que se efectúen créditos fiscales a su favor y sin que estén obligados a realizar otros tipos de requisitos y formalidades que correspondan a contribuyentes ordinarios.
Artículo 7: Dicta que las empresas públicas que están sujetas a la figura jurídica de sociedades mercantiles, los institutos autónomos y otros entes descentralizados y desapartados de la república, estados y municipios; y también las diferentes organizaciones que pudieran emerger de estas empresas son contribuyentes ordinarios u ocasionales.
Artículo 8: Expresa que los sujetos que operen actividades que sean exentas o exoneradas del impuesto son contribuyentes formales.
Artículo 9: Los encargados de bienes y el receptor de servicios tienen que hacerse responsables del pago del impuesto al momento de que el vendedor no tenga domicilio en el país. A su vez, el encargado de bienes muebles exentos o exonerados también deben cumplir con el pago de impuesto cuando el beneficio este condicionado por la especifica destinación que se le deben dar a los bienes y que después estos sean utilizados para un fin distinto.
Artículo 10: Los comisionistas, agentes, apoderados, factores mercantiles, mandatarios, consignatarios, subastadores y otros sujetos que trabajen con la venta de bienes muebles o presten servicios con la ayuda de terceros también son considerados como contribuyentes ordinarios y deben pagar el impuesto dependiendo de su comisión. Los terceros también deben efectuar su pago por el monto de su venta o prestación de servicios.
Artículo 11: La Administración Tributaria puede establecer como responsables del pago del impuesto en agentes de retención a quienes intervengan en operaciones gravadas por sus funciones tanto públicas como privadas. También la administración tributaria puede establecer como responsables del pago del impuesto que deba devengarse en las ventas en calidad de agente de percepción a los individuos que intervengan en operaciones gravadas por las mismas funciones.
Artículo 12: La Administración Tributaria también puede establecer como responsable de pago a contribuyentes ordinarios como los industriales y comerciantes que realizan las ventas al mayor de bienes muebles gravados y el adquiriente de los mismos no acredite ante aquéllos su condición de contribuyente ordinario de este impuesto y los prestadores de servicios como electricidad, telecomunicaciones, suministro de agua, aseo urbano y suministro de gas que a su vez no acrediten su condición de contribuyente ordinario este impuesto.
Del Articulo 13 al Artículo 20
De la Temporalidad de los Hechos Imponibles: es de suma obligaciónón para perfeccionar los hechos imponibles
En la venta de bienes muebles corporales: en caso de lograr una venta a algunas representantes públicas se autoriza el pago del cual se corresponde a dicha compra. En los otros casos se realiza una factura donde se deje constar el precio de cada operación y la entrega de bienes. En el momento de realizar una venta o un retiro se hará una grabación depende si estos se encuentran en el país o cuando son importados de una u otra manera. Cuando se presta un servicio de la cual es de mejor aprovechamiento sobre todo cuando este haya generado trabajo perfeccionado o cancelado en otro país, de igual manera el prestador que hace el servicio no viva en Venezuela. No estarán sujetos al impuesto de la ley cuando es una importación de inmuebles se conformara con cancelarla en la Aduana, facturas aceptadas, bonos, hipotecas, especies fiscales, derechos de propiedad sobre algún mueble, obligaciones emitidas por compañías anónimas, fondos de pensión, fondos de retiros, fondos de ahorros, previsión social, entidades de ahorros y préstamos, prestamos de dinero, aquellas ventas de muebles intangibles y corporales, En una operación general que se realiza en el banco u otras instituciones financieras.
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