Articulos 83, 84 Y 85 De La CRBV
Enviado por annylchd • 4 de Diciembre de 2011 • 455 Palabras (2 Páginas) • 13.733 Visitas
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1) establece en su:
Artículo 83 que la salud “es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida”. Para ejercer este derecho, el Estado promoverá y desarrollará políticas para elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todos los ciudadanos tenemos derecho a la protección de la salud y el deber de participar activamente en su promoción y defensa, cumpliendo también con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley.
El Artículo 84 dice que para garantizar este derecho el Estado creará un Sistema Público Nacional de Salud participativo, intersectorial, integrado al sistema de seguridad social, gratuito, universal, integral, equitativo, con integridad social y solidaria. Este sistema público no podrá ser privatizado, y dará prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. “La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la política específica en las instituciones públicas de salud”
El Artículo 85 define que el financiamiento del sistema de salud es obligación del Estado, el cual garantizará un presupuesto justo para la salud que permita cumplir con los objetivos de la política sanitaria. También, promoverá y desarrollará una política nacional de formación de profesionales, técnicos y técnicas y una industria nacional de producción de insumos para la salud. Asimismo, regulará las instituciones públicas y privadas de salud.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela incumple los artículos 83, 84 y 85 referentes a la obligación que tiene el Estado en la asistencia a la salud de la población, a fin de lograr un adecuado bienestar las condiciones sanitarias de los hospitales venezolanos son muy deficitarias se ha intensificado el proceso de deterioro de la asistencia médica pública en nuestro país, producto de una concepción errada del manejo de las políticas sanitarias y asistenciales. La pretensión de reemplazar el sistema existente, el cual a pesar de todas sus deficiencias, ya tenía un cúmulo de experiencias positivas y se apoyaba en un personal formado con altos niveles académicos y científicos, por un sistema público de salud paralelo.
El régimen viola permanentemente cuando no responde los artículos 83, 84 y 85 referentes a la obligación que tiene el Estado en la asistencia a la salud de la población, a fin de lograr un adecuado bienestar. Lamentablemente, los venezolanos, no disponemos de una legislación que nos garantiza la cobertura de los gastos médicos por parte del Estado. En muchos países, tal derecho está garantizado a través de decretos o leyes que establecen y regulan
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