Asistencia Tecnica
Enviado por ANGELIKBARBOSA • 31 de Julio de 2011 • 402 Palabras (2 Páginas) • 882 Visitas
Impuesto Sobre la Renta. Los beneficios tributarios en CTI para el impuesto sobre la renta son tres, a éstos acceden todas las personas naturales o jurídicas en forma directa o por medio de los centros reconocidos por Colciencias, a saber:
1. Deducción del impuesto de renta por inversión o donación en ciencia y tecnología: cualquier persona que realice inversiones en proyectos calificados por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios (CNBT) como de carácter científico, tecnológico o de innovación tecnológica, tendrá derecho a deducir el 125% del valor invertido en el período gravable en que se realizó la inversión, sin exceder del 20% de la renta líquida determinada antes de restar el valor de la inversión (Art. 158-1 del Estatuto Tributario).
El mismo beneficio aplica a personas naturales o jurídicas que realicen donaciones a centros o grupos de investigación reconocidos por Colciencias, destinadas al desarrollo de proyectos de carácter científico, tecnológico o de innovación tecnológica, previamente calificado por el CNBT.Calendario CNBT 2011
Consulta de Requisitos:
Instructivo para tramitar solicitudes de calificación para efectos de Deducción por inversión o donación en proyectos de carácter científico, tecnológico, de innovación tecnológica o apropiación pública de la ciencia y la tecnología.
2. Renta exenta por certificación de nuevo software con alto contenido científico: de acuerdo con la Ley 788 de 2002, cualquier persona que desarrolle nuevos productos de software elaborados en Colombia, con un alto contenido de investigación científica y tecnológica nacional, tendrá derecho a deducir de renta los ingresos recibidos por la comercialización del mismo.
• Se considera nuevo, el producido a partir de la entrada en vigencia de la Ley
• El beneficio tiene vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2012.
Consulta de Requisitos:
Información necesaria para solicitar la certificación de software con alto contenido de investigación científica y tecnológica nacional.
3. Renta exenta por certificación de nuevos productos medicinales con alto contenido científico: de acuerdo con la Ley 788 de 2002, cualquier persona que desarrolle nuevos medicamentos elaborados en Colombia, con un alto contenido de investigación científica y tecnológica nacional, tendrá derecho a deducir de renta los ingresos recibidos por la comercialización del mismo.
• Se considera nuevo, el producido a partir de la entrada en vigencia de la Ley
• El beneficio tiene vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2012
Consulta de Requisitos:
Guía de información necesaria para tramitar solicitudes de certificación de desarrollo de nuevos medicamentos con alto contenido de investigación científica y tecnológica nacional para efectos de aplicación de rentas exentas.
Plan Estratégico:
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