Atributos De Las Personas Fisicas
Enviado por blackcharro75 • 22 de Enero de 2015 • 605 Palabras (3 Páginas) • 238 Visitas
ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS FISICAS.
Son atributos de las personas físicas los siguientes:
1. nombre;
2. capacidad;
3. estado civil;
4. patrimonio;
5. domicilio;
6. nacionalidad.
CARACTERISTICAS DE LOS ATRIBUTOS DE LA PERSONA
Son vitalicios, inalienables, imprescriptibles, innatos, exclusivos, únicos y necesarios.
NOMBRE:
El derecho al nombre es un derecho subjetivo de carácter extramatrimonial es decir, no es valorable en dinero, ni puede ser objeto de contestación. Se trata de una facultad jurídica que no es transmisible hereditariamente y que no figura dentro del patrimonio del difunto.
Designación individual de una persona, identificación dentro de una sociedad.
Está fuera del comercio y el inmutable, salvo en casos expresos en que se autoriza a las personas su cambio.
DOMICILIO:
Se define como un lugar en donde la persona reside habitualmente con el propósito de radicarse en el para determinar las múltiples consecuencias jurídicas que se derivan del domicilio.
Es el lugar donde la ley fija como asiento o residencia de una persona.
ESTADO CIVIL:
El estado civil de una persona consiste en la situación jurídica concreta que guarda en relación con la familia, el estado o la nación. En el primer caso, lleva el nombre de estado civil o de familia y se descompone en las distintas calidades de hijo, padre, esposo o pariente por consanguinidad, por afinidad o por adopción.
Características del estado civil.
Siendo una cualidad de relación de las personas, no puede separarse de las mismas, ni ser objeto de transacción o enajenación.
Tampoco puede considerarse un bien de orden patrimonial.
En sentido lato el estado civil de las personas es un valor de orden extramatrimonial y, por tanto, indivisible y inalienable.
Con relación a la sociedad: nacional o extranjero.
CAPACIDAD:
La capacidad se divide en capacidad de goce y capacidad de ejercicio.
La capacidad de goce: es la aptitud para ser titular de derechos o para ser sujeto de obligaciones. Todo hombre debe tenerla. Si se suprime, desaparece la personalidad por cuanto que impide al ente la posibilidad jurídica de actuar.
Capacidad de ejercicio: esta capacidad supone la posibilidad jurídica en el sujeto de hacer valer directamente sus derechos, de celebrar en nombre propio actos jurídicos, de contraer y cumplir sus obligaciones y de ejercitar las acciones conducentes ante los tribunales.
PATRIMONIO:
El patrimonio es el conjunto de derechos, bienes y obligaciones de una persona, que puedan apreciarse en dinero, considerado como una universalidad de hecho con vida autónoma destinada a satisfacer los fines económicos reconocidos por la ley.
El patrimonio familiar esta destinado a asegurar la prosperidad económica de la familia.
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