Auto Admisorio De Demanda
Enviado por davidvt • 3 de Diciembre de 2014 • 656 Palabras (3 Páginas) • 996 Visitas
4ª JUZGADO CIVIL DE HUANCAYO- Sede Central
EXPEDIENTE : 01419-2014-0-1507-JP-CO-03
MATERIA : OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO
ESPECIALISTA : JULIO CASTRO VILLAREAL
DEMANDADO : MONICA PEREZ LLIMPE y MAGALY ALVAREZ GRAVEL
DEMANDANTE : CARMEN ALMONACID CATURIN
MANDATO DE EJECUCION
RESOLUCION NUMERO: DOS
Huancayo diez de setiembre Del dos mil catorce;
AUTOS Y VISTOS: La demanda presentada porCARMEN ALMONACID CARTURINcon los recaudos que acompaña; y, CONSIDERANDO: PRIMERO.-Que por el derecho de acción todo sujeto, en ejercicio de su derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y en forma directa o a través de representante legal o apoderado, puede recurrir al órgano jurisdiccional pidiendo la solución a un conflicto de interés intersubjetivo o el eliminar una incertidumbre jurídica ambas con relevancia jurídica, asiendo efectivos los derechos sustanciales, con la finalidad abstracta de lograr la paz social en justicia y observando las reglas del debido proceso tal como lo prescriben elartículo 2 del código procesal civil y el articulo 139 inc. 3 de la ConstituciónPolítica del Perú. SEGUNDO.-Que, conforme se advierte de la demanda interpuesta por el recurrente, estáha cumplido con los requisitos exigidos en losartículos 424, 425, 690-A del CódigoProcesal Civil, así mismo no se encuentra incursa dentro de los supuestos dentro de los supuestos generales de inadmisibilidad e improcedencia previsto en los artículos 426, 427 y 690 del acotado código. TERCERO.-Que así mismo se desprende de actuados que el anexo 1-B, que se recauda en la demanda se encuentra dentro de los alcances de los artículos 688 inc. 4 del CPC, habiendo acreditado por tanto la existencia de una obligación cierta expresa exigible y liquida, requisito común que es exigido por elartículo 689 de la acotada norma legal,por lo que la presente debe tramitarse conforme lo dispone los artículos 690 B, 690 C y 695 del acotado Código y la ley de Títulos y Valores, por lo que habiendo cumplido con los requisitos exigidos por ley, los presupuestos procesales y las condiciones de la acción, por estas consideraciones; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobreEJECUCION DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINEROinterpuesta porCarmen AlmonacidCarturin, contraMónica Pérez Llimpe, debiéndose tramitarse la presente en la vía procedimental correspondiente alPROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN, consecuentemente;ORDENOa la ejecutadaMónicaPérezLlimpepara que en el plazodeCINCODIASde notificada cumpla con pagar a la actora el monto que contienela Letra de Cambio señalada en los anexos 1-A por el monto de s/. 49,000.00 (Cuarenta y nueve Mil Nuevos Soles), más los intereses legales, costas y costos del proceso, bajo apercibimiento de iniciarse le EJECUCIÓN FORZADAen su contra; A LOS MEDIOS PROVATORIOS Y ANEXOS TENGASE presente y agréguese a
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