BANCO DE MEXICO
Enviado por orquis • 23 de Mayo de 2013 • Tesis • 1.437 Palabras (6 Páginas) • 349 Visitas
UNIVERSIDAD POPULAR AUTONOMA DE VERACRUZ
CAMPUS ESC. ART. 123
AGUA DULCE, VER.
MATERIA: DERECHO ECONOMICO
MAESTRA: LIC. ARGELIA JIMENEZ PEREZ
ALUMNA: DAGNA O. PEREZ BARRIGA
LICENCIATURA: DERECHO
TEMA: SECRETARIAS
FECHA: 9 DE FEBRERO DEL 2013
CALIFICACION: ___________________
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
(SHCP)
El Doc. Luis Videgaray Caso.
Es una Institución vanguardista, eficiente y altamente productiva en el manejo y la administración de las finanzas públicas, que participa en la construcción de un país sólido donde cada familia mexicana logre una mejor calidad de vida.
Misión
Proponer, dirigir y controlar la política económica del Gobierno Federal en materia financiera, fiscal, de gasto, de ingreso y deuda pública, así como de estadísticas, geografía e información, con el propósito de consolidar un país con crecimiento económico de calidad, equitativo, incluyente y sostenido, que fortalezca el bienestar de las mexicanas y los mexicanos.
BANCO DE MEXICO
(BANXICO)
Agustín Carstens
El Banco de México tiene encomendadas las funciones que se mencionan a continuación:
I. Regular la emisión y circulación de la moneda, los cambios, la intermediación y los servicios financieros, así como los sistemas de pagos;
II. Operar con las instituciones de crédito como banco de reserva y acreditante de última instancia;
III. Prestar servicios de tesorería al Gobierno Federal y actuar como agente financiero del mismo;
IV. Fungir como asesor del Gobierno Federal en materia económica y, particularmente, financiera;
V. Participar en el Fondo Monetario Internacional y en otros organismos de cooperación financiera internacional o que agrupen a bancos centrales, y
VI. Operar con los organismos a que se refiere el numeral V anterior, con bancos centrales y con otras personas morales extranjeras que ejerzan funciones de autoridad en materia financiera.
B. A fin de cumplir con las funciones antes señaladas, la Ley del Banco de México lo faculta para llevar a cabo los actos siguientes:
I. Operar con valores;
II. Otorgar crédito al Gobierno Federal, a las instituciones de crédito, así como al organismo descentralizado denominado Instituto para la Protección al Ahorro Bancario;
III. Otorgar crédito a las personas a que se refiere el numeral VI del apartado A anterior;
IV. Constituir depósitos en instituciones de crédito o depositarias de valores, del país o del extranjero;
V. Adquirir valores emitidos por organismos financieros internacionales o personas morales domiciliadas en el exterior, denominados en moneda extranjera, pagaderos fuera del territorio nacional, considerados de primer orden en los mercados internacionales;
VI. Emitir bonos de regulación monetaria;
VII. Recibir depósitos bancarios de dinero del Gobierno Federal, de entidades financieras del país y del exterior, de fideicomisos públicos de fomento económico y de los referidos en el numeral XI siguiente, de instituciones para el depósito de valores, así como de entidades de la administración pública federal cuando las leyes así lo dispongan;
VIII. Recibir depósitos bancarios de dinero de las personas morales a que se refiere el numeral VI del apartado A anterior;
IX. Obtener créditos de las personas morales a que se refiere el numeral VI del apartado A anterior y de entidades financieras del exterior, exclusivamente con propósitos de regulación cambiaria;
X. Efectuar operaciones con divisas, oro y plata, incluyendo reportos;
XI. Actuar como fiduciario cuando por ley se le asigne esa encomienda, o bien tratándose de fideicomisos cuyos fines coadyuven al desempeño de sus funciones o de los que el propio Banco constituya para cumplir obligaciones laborales a su cargo, y
XII. Recibir depósitos de títulos o valores, en custodia o en administración, de las personas señaladas en los numerales VII y VIII del presente apartado. También podrá recibir depósitos de otros efectos del Gobierno Federal.
C. Adicionalmente, el Banco de México realiza el canje a la vista de los billetes y monedas metálicas que ponga en circulación, por otros de la misma o distinta denominación
COMISIÓN BANCARIA DE VALORES
(CNBV)
Jaime González Aguadé
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) es el órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con autonomía técnica y facultades ejecutivas; nace con el objeto de supervisar y regular, en el ámbito de su competencia, a las entidades
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