Bases Legales De Proteccion Civil
Enviado por 16964107 • 25 de Septiembre de 2013 • 719 Palabras (3 Páginas) • 1.056 Visitas
PROTECCIÓN CIVIL
La Protección Civil (antes Defensa Civil), es el organismo encargado de ejecutar las medidas relacionadas ante un desastre de cualquier índole, ya que están capacitados para enfrentar cualquier situación, en cualquier circunstancia.
FUNCIÓN DE LA PROTECCIÓN CIVIL.
Estudiar, planificar, programar y coordinar los recursos públicos y privados, así como la ejecución de las acciones necesarias para prevenir, reducir y atender las emergencias y los daños derivados de situaciones de desastres de origen natural, social, tecnológico o conflictual, y el consiguiente socorro de las poblaciones afectadas.
ACTUACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL.
La Protección de Defensa Civil opera atendiendo un conjunto de leyes, decretos, disposiciones, ordenanzas y obras materiales, cuyo objeto es proteger las vidas y propiedades de la población. En tiempos de paz dedica a prevenir, planificar, organizar, dirigir, las acciones tendientes a preservar a la población de los efectos de las inundaciones, derrumbes, incendios, marejadas, tormentas eléctricas, sismos, huracanes y accidentes diversos.
La Protección Civil es de carácter colectivo, no individual. En ningún caso se confunde la problemática que atiende la seguridad personal o la seguridad del hogar, riesgos que tiene sus propios medios de prevención y atención. Ello no excluye que, en un momento determinado, debido a la necesidad, no actúe la Protección Civil.
BASES LEGALES DE LA PROTECCION CIVIL
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
(Según Gaceta Oficial, Nro. 36860, del 30.12.1999)
Art. 332. “…proteger a los ciudadanos y ciudadanas…, Organizará: …, Numeral 4, Una organización de protección civil y administración de desastres…”
Art. 55. “… derecho a la protección,… frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo…, la participación de los ciudadanos y ciudadana,…”
Art. 134. “... Numeral 1 Toda persona,… debe prestar los servicios civiles,… necesarios,… para hacer frente a situaciones de calamidad pública…”
Art. 156. “Es de la competencia del Poder Público Nacional: … Numeral 9, el régimen de la administración de riesgos y emergencias…”
Art. 178. “Son de la competencia del municipio… Numeral 4 Protección del ambiente,… y Protección Civil,…”
Art. 326. “La seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil
Art. 338. “…Podrá decretar los estados de excepción…, el estado de alarma cuando se produzca catástrofes, calamidades públicas, estado de conmoción interior o exterior”
Art. 339. “ … El Decreto, cumplirá con las exigencias, principios y garantías establecidos en el Pacto Internacional de derechos
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