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Bebida Natural


Enviado por   •  14 de Julio de 2015  •  1.195 Palabras (5 Páginas)  •  129 Visitas

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Nombre: Jossellyn Karelia Uriarte Nizama

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• Ruta Marítima:

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En el mes de diciembre fue la mayor producción de tilapia con un monto de

234.88

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La producción en la región de Cajamarca en el año 2010 fue de 263.17

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1. El Impuesto sobre el Valor Añadido en España

La legislación española IVA es una incorporación al Derecho nacional de la Directiva del Consejo 2006/112 / CE de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L-347 11/12/2006), que asegura que todos los Estados miembros aplican ampliamente estructuras IVA idénticas y cobran las mismas transacciones. Las principales normas sobre el IVA en España son:

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE 29/12/92).

Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre se aprueba el Reglamento del IVA (BOE 31/12/92).

El órgano administrativo encargado de la recaudación y aplicación de IVA es el de la Administración Tributaria Agencia Estatal - AEAT (Agencia Española de Administración Tributaria del Estado) (http://www.agenciatributaria.es/). Aunque hay dos territorios (el País Vasco y Navarra) que tienen un régimen fiscal especial gobernado de forma independiente por sus propias instituciones.

La información sobre las instituciones correspondientes en el País Vasco se puede encontrar en: http://www.ogasun.ejgv.euskadi.net, y en Navarra en: http://www.navarra.es/home_es

Los siguientes territorios en España están excluidos de la aplicación del IVA: las Islas Canarias, Ceuta y Melilla.

2. Hecho imponible

De acuerdo con la UE y la legislación española, las actividades gravadas son:

 las entregas de bienes o servicios,

 las adquisiciones intracomunitarias de bienes y

 las importaciones de bienes.

 La importación de bienes es la introducción de mercancías en el territorio de un Estado miembro de la UE desde un tercer país.

3. Régimen de suspensión y zonas francas

Los bienes importados en algunas circunstancias serán temporalmente exentos de impuestos, mientras permanezcan en esa situación:

Productos destinados a ser colocados en una zona franca o en un depósito franco

Productos destinados a ser colocados en el almacenamiento temporal

 Las mercancías incluidas en depósito aduanero o régimen de perfeccionamiento activo

 Las mercancías de importación temporal

 Los bienes en los procedimientos de tránsito

 Zonas francas y depósitos francos son áreas dentro del territorio de la Unión Aduanera Europea donde los bienes se pueden introducir con exención de derechos, el IVA o los impuestos especiales. Se pueden conservar en esas áreas durante el tiempo que sea necesario hasta que se envían (liberados para el consumo, la libre circulación, la reexportación).

4. Base imponible

El valor imponible del IVA será el valor en aduana, además de algunos otros gastos complementarios:

Los derechos de aduana y otros impuestos: La base imponible debe incluir impuestos, derechos, exacciones y demás gravámenes que se devenguen con motivo de la importación, con exclusión del impuesto sobre el valor añadido que proceda imponer.

Costes suplementarios: costes suplementarios (comisión, embalaje, envasado, transporte, seguros) que surjan después de la entrada en el territorio español, hasta el lugar de destino.

Imponible cantidad = Valor en aduana + Los derechos de aduana y demás impuestos debidos en razón de la importación + Complementario cuesta

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