CAPITAL SOCIAL, ACCIONES Y OBLIGACIONES
Enviado por pablogl • 1 de Mayo de 2014 • Trabajo • 1.680 Palabras (7 Páginas) • 379 Visitas
TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES:
Se trata de una sociedad mixta municipal en forma de S.A. la duración de la sociedad será de 25 años, una vez acabado el plazo se transformará en sociedad municipal.
Su domicilio social se establece en Huelva, en el Palacio Municipal.
Se encarga de la gestión, control y administración integral del agua:
a) Gestión, control y administración del ciclo integral del agua en el término municipal de Huelva y en el ámbito supramunicipal, previo convenio con los titulares de la explotación de que se trate
b) Realiza estudios, proyectos técnicos de obras y la realización de estudios de costes y tarifarios.
c) Ejecución y/o dirección de las obras necesarias para el mantenimiento, la reposición y mejora de las infraestructuras necesarias para llevar a cabo el ciclo del agua (redes de distribución, conducción de recogida y evacuación de aguas residuales…)
La sociedad podrá gestionar directamente o colaborar con aquellas tareas de gestión recaudatoria que, sin implicar el ejercicio de autoridad, estén encaminadas al cobro de ingresos de derecho público, ya sean de carácter tributario o no, en periodo voluntario o ejecutivo, que a tal fin les sean encomendadas por el Ayuntamiento de Huelva u otras Administraciones, previo cumplimiento de los requisitos de orden legal que pudieran exigirse.
TÍTULO II: CAPITAL SOCIAL, ACCIONES Y OBLIGACIONES
El capital de la sociedad es de CUATROCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS SEIS EUROS CON VEINTE CENTIMOS (412.406,20), íntegramente desembolsados, y está dividido en 6.862 acciones nominativas, numeradas del 1 al 6.862, ambas inclusive, de 60,10 euros nominales cada una.
Las acciones se distribuyen en dos clases, Clase A y Clase B:
Las acciones de la Clase A, son las comprendidas entre el número 1 y el 3.500, ambas inclusive, que representan el 51,00% del capital social (210.350) y cuya titularidad corresponde al Excmo. Ayuntamiento de Huelva.
Las acciones de la Clase B, son las comprendidas entre el número 3.501 y el 6.862 ambas inclusive, que representan el 49% del capital social (202.056,20).
La sociedad podrá aumentar o reducir el capital social conforme a las disposiciones legales vigentes siempre que se mantenga en todo momento la proporción entre capital público y privado (acciones Clase A y Clase B respectivamente).
En cuanto a las prestación accesoria del socio privado se incluye la obligación de asumir la gerencia de la sociedad, proponiendo a la persona que ha de asumir el cargo de Gerente, se retribuirá recibiendo anualmente como contraprestación el porcentaje del 10% fijo sobre la recaudación anual bruta del servicio de gestión, administración y control del ciclo integral del agua, excluidos impuestos y canon de inversiones, que en ningún caso podrá exceder del valor de la prestación en virtud de lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley de Sociedades de Capital. Esta retribución tendrá el carácter de gasto de gestión.
El Ayuntamiento ha puesto a disposición de la sociedad los bienes destinados al Servicio de Abastecimiento de Aguas y al vertido de aguas residuales. La cesión en uso y la concesión de los bienes de dominio público adscritos al servicio, se condicionan a que la Sociedad haga frente a los gastos de mantenimiento, conservación, reposición y mejora de los mismos.
TÍTULO III: ORGANOS SOCIALES
La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de los siguientes órganos:
a. La Junta General
Integrada por todos los socios. La junta estará presidida por el representante del socio público designado al efecto y, en caso de ausencia, por el Vicepresidente. Será Secretario de la Junta General el Secretario General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. El secretario asiste a la Junta con voz pero sin voto. A las Juntas Generales deberán asistir, con voz pero sin voto, los miembros del Consejo de Administración y podrán asistir aquellas otras personas que sean autorizadas por el Presidente de la propia Junta General, a iniciativa propia o a propuesta del Consejo de Administración.
La Junta General celebrará sesiones ordinarias y extraordinarias. La Junta General Ordinaria se reunirá necesariamente dentro de los primeros seis meses de cada ejercicio para censurar la gestión social, aprobar, en su caso, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado. Toda Junta diferente a la señalada anteriormente tendrá la consideración de Junta General Extraordinaria, y se celebrará cuando sea convocada por el Presidente, bien por propia iniciativa o bien a solicitud de un número de accionistas titulares, al menos, del 5 % del capital social, con los requisitos del artículo 168 de a Ley de Sociedades de Capital.
Corresponde a la Junta General:
a. Designar a los vocales del Consejo de Administración y acordar su remoción y fijar las indemnizaciones por dietas.
b. Aumentar o disminuir el capital social.
c. Modificar los Estatutos Sociales.
d. Aprobar el Balance Anual, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, la Memoria y el Informe de Gestión y resolver sobre la aplicación del resultado.
e. Designar los auditores de Cuentas y los Administradores.
f. La transformación, fusión y escisión de la sociedad.
g. Las demás que prevé la Ley de Sociedades Anónimas.
b. El Consejo de Administración.
La Sociedad estará administrada por un Consejo de Administración, que estará integrado por un mínimo de ocho y un máximo de doce consejeros, designados por la Junta General en proporción a la participación de los accionistas
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