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CODIGO FISCAL 2015


Enviado por   •  6 de Julio de 2015  •  1.942 Palabras (8 Páginas)  •  268 Visitas

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ELEMENTOS DEL IMPUESTO

SUJETO:

ACTIVO: Es el titular de la potestad tributaria, el que tiene derecho a exigir el pago de la contribución. (el estado).

PASIVO: Es el que se encuentra en el presupuesto de hecho, el que da lugar al hecho generador.

OBJETO: Lo que se pretende gravar.

BASE: Es la cuantificación del objeto.

TASA O TARIFA: Es el instrumento numérico que se aplica a la base para llegar a la liquidación.

RELACION FISCAL: Es el vínculo jurídico que se establece entre el sujeto activo y el pasivo que da derecho al primero a exigir al segundo el pago de una contraprestación.

SUJETOS DEL ISR ART. 1 LISR: Las personas físicas y morales en los siguientes casos:

I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.

II. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente.

III. Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.

ELEMENTOS DEL SUJETO DE ISR:

1.- Ser residente en México o Residente en el extranjero con establecimiento permanente en México.

2.- Establecimiento permanente.

3.- Fuente de riqueza.

RESIDENCIA PARA PERSONA FÍSICAS ART. 9 CFF: Salvo prueba en contrario, se presume que las personas físicas de nacionalidad mexicana, son residentes en territorio nacional.

RESIDENCIA PARA PERSONA MORALES ART. 9 FRACC. II CFF: Las personas morales que hayan establecido en México la administración principal del negocio o su sede de dirección efectiva.

ESTABLECIMIENTO PERMANENTE ART. 2 ISR: Se considera establecimiento permanente cualquier lugar de negocios en el que se desarrollen, parcial o totalmente, actividades empresariales o se presten servicios personales independientes.

ACTIVIDADES EMPRESARIALES ART. 16 C.F.F.: Se entenderá por actividades empresariales las siguientes:

I. Las comerciales

II. Las industriales

III. Las agrícolas

IV. Las ganaderas.

V. Las de pesca.

VI. Las silvícolas.

QUE SE CONSIDERA EMPRESA ART. 16 CFF ULTIMO PÁRRAFO: Se considera empresa la persona física o moral que realice las actividades a que se refiere este artículo, ya sea directamente, a través de fideicomiso o por conducto de terceros.

NOTA: Las AC no desarrollan actividades empresariales, la SC no tienen fines de lucro ni desarrollan actividades empresariales.

INGRESOS ATRIBUIBLES. ART. 2 PENÚLTIMO PARRAFO LISR: Se considerarán ingresos atribuibles a un establecimiento permanente en el país, los provenientes de la actividad empresarial que desarrolle o los ingresos por honorarios y, en general, por la prestación de un servicio personal independiente, así como los que deriven de enajenaciones de mercancías o de bienes inmuebles en territorio nacional, efectuados por la oficina central de la persona, por otro establecimiento de ésta o directamente por el residente en el extranjero, según sea el caso. Sobre dichos ingresos se deberá pagar el impuesto en los términos de los Títulos II o IV de esta Ley, según corresponda.

También se consideran ingresos atribuibles a un establecimiento permanente en el país, los que obtenga la oficina central de la sociedad o cualquiera de sus establecimientos en el extranjero, en la proporción en que dicho establecimiento permanente haya participado en las erogaciones incurridas para su obtención.

PREGUNTA DE EXAMEN OJO Artículo 3 LISR. MENCIONA 03 CONCEPTOS QUE NO SE CONSIDERA ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN MÉXICO:

I. La utilización o el mantenimiento de instalaciones con el único fin de almacenar o exhibir bienes o mercancías pertenecientes al residente en el extranjero.

II. La conservación de existencias de bienes o de mercancías pertenecientes al residente en el extranjero con el único fin de almacenar o exhibir dichos bienes o mercancías o de que sean transformados por otra persona.

III. La utilización de un lugar de negocios con el único fin de comprar bienes o mercancías para el residente en el extranjero.

IV. La utilización de un lugar de negocios con el único fin de desarrollar actividades de naturaleza previa o auxiliar para las actividades del residente en el extranjero, ya sean de propaganda, de suministro de información, de investigación científica, de preparación para la colocación de préstamos, o de otras actividades similares.

V. El depósito fiscal de bienes o de mercancías de un residente en el extranjero en un almacén general de depósito ni la entrega de los mismos para su importación al país.

QUE ES PERSONA MORAL ART. 7 LISR.- las sociedades mercantiles, los organismos descentralizados que realicen preponderantemente actividades empresariales, las instituciones de crédito, las sociedades y asociaciones civiles y la asociación en participación cuando a través de ella se realicen actividades empresariales en México.

FUENTE DE RIQUEZA: ART. 153 LISR : Están obligados al pago del impuesto sobre la renta, los residentes en el extranjero que obtengan ingresos en efectivo, en bienes, en servicios o en crédito, provenientes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país o cuando teniéndolo, los ingresos no sean atribuibles a éste.

CONFORME AL ARTICULO 154. LISR: Cuando un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México presta servicios a una empresa residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México. El que prestó el servicio debe de declarar el ingreso.

NOTA1: Una persona que física residente en el extranjero con establecimiento permanente en México tributa en el Titulo IV.

NOTA 2: Una persona física residente en el extranjero con fuente de riqueza en México y sin establecimiento permanente en México paga sus impuestos bajo el Título V

NOTA 3: Persona moral residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México con fuente de riqueza en México, paga sus impuestos conforme al título V.

NOTA 4: Si no tiene establecimiento permanente tributa en Título V.

OBJETO DEL ISR: GRAVA LOS INGRESOS TODO LO QUE INCREMENTA POSITIVAMENTE EL HABER PATRIMONIAL.

BASE ISR O RESULTADO FISCAL ART. 9 LISR. EL RESULTADO FISCAL SE OBTIENE DE LA SIGUIENTE FORMULA:

INGRESOS ACUMULABLES

(-) DEDUCCIONES AUTORIZADAS

(-) PTU PAGADA EN EL EJERCICIO

(=) UTILIDAD

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