COMENTARIO CARTA ABIERTA AL DECANO DEL COLEGIO NOTARAL DE VALÈNCIA.
Enviado por Alan Olazabal Alvarez • 21 de Mayo de 2017 • Ensayo • 923 Palabras (4 Páginas) • 151 Visitas
COMENTARIO CARTA ABIERTA AL DECANO DEL COLEGIO NOTARAL DE VALÈNCIA.
El derecho foral valenciano, es una de las piezas más singulares de la arquitectura de la autonomía. El Derecho civil valenciano era uno de los mayores de toda Europa antes del decreto de “Nova Planta” en 1707, el antiguo Reino de Valencia llegó a recopilar más de 5.000 fueros. A pesar de ello, estos fueros quedaron exentos de las compilaciones Franquistas lo que hace difícil que hoy en día sea reconocido por el Gobierno central.
Debido a las polémicas declaraciones del Señor Francisco Cantos, decano del Colegio Notarial de Valencia, la Associació de Juristes Valencians el día 24 de febrero del 2017 se ha visto obligada a elaborar una carta abierta donde se le solicita a la junta directiva del Colegio Notarial de Valencia “que se pronuncie a favor o en contra de una modificación constitucional para apoyar la competencia valenciana en materia de Derecho Civil, tal y como prevé el Estatut d’Autonomia”
Desde el punto de vista formal, el texto se organiza en tres partes. La primera meramente expositiva donde se expone lo dicho en la entrevista por Francisco Cantos “Hay luchas más urgentes que el Derecho civil valenciano” o “El Derecho civil por territorios no es necesario, a la gente le hace la vida más complicada, porque hoy en día no hay ninguna diferencia entre los regímenes que pueda tener un noruego o un valenciano”. En la segunda parte, plenamente argumentativa, se aboga por el Derecho foral valenciano comparándolo con otras Comunidades Autónomas.
Tras exponer la motivación de la Carta abierta en la tercera parte, se informa a quién va dirigida y se solicita a la junta directiva que se pronuncie sobre la modificación constitucional.
El origen inmediato de este documento se encuentra en la desacertada pronunciación del Decano del Colegio Notarial de Valencia afirmando que “hay temas más urgentes que el Derecho civil valenciano” y claro que los hay como podría ser la más que palpable tensión entre Corea del Norte y Estados Unidos o el cambio climático, pero el caso es que el Señor Decano no se dedica a la política exterior ni mucho menos a la meteorología, pues dada su carrera en el Derecho debería saber que las medidas llevadas a cabo por el Gobierno central en contra de la auto regulación del Generalitat Valenciana en materia civil son motivadas como afirma el director de abogacía de la Generalitat, Jesús Torrejón “Por el miedo que les da abrir el melón del derecho civil valenciano, porque si nos dan la razón se consolidará una situación asimétrica” añadiendo que el Gobierno central se opone ahora frontalmente a que la Generalitat impulse una legislación civil diferenciada de la castellana. “Doctrinalmente, el Estado se sitúa ahora en el año 1992”.
Las afirmaciones de Jesús Torrejón se pueden contrastar tomando en cuenta los recursos de inconstitucionalidad por parte del Estado central y las posteriores sentencias del Tribunal constitucional en contra de leyes valencianas que regulan Derecho civil negando la potestad a la Comunidad Valenciana de ejercer la regulación ya sea del régimen económico matrimonial en la sentencia (STC.82/2016, de 28 de abril) o la relación de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven (STC.192/206, de 16 de noviembre) además esta situación ya se preveía por ello el art. 149.1.8ª y la negación de la enmienda de la segunda Disposición Transitoria de la Constitución Española propuesta por Jose Antonio Noguera de Roig, un senador de Unión Centro Democrática (UCD), junto con Joaqui Muñoz Peirats y Fransesc de Paula Burguera donde abogaban por el reconocimiento de la Comunidad Valenciana como nacionalidad histórica, tal y como se hizo con Cataluña y el País Vasco. De haber sido aprobada dicha enmienda la Comunidad Valenciana hubiese tenido un acceso rápido a la autonomía, así como más competencias Estatuarias
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