COMPETENCIA EN EL JUICIO DE AMPARO
Enviado por David Solano • 10 de Diciembre de 2020 • Apuntes • 902 Palabras (4 Páginas) • 121 Visitas
Juicio de amparo para Universitarios Magdo. Ismael Cruz López
COMPETENCIA EN EL JUICIO DE AMPARO
El Juicio de amparo es un medio de Control Constitucional por vía de acción que procede contra actos de Autoridad que violen los Derechos Humanos y Garantías de los gobernados.
Ahora bien es importante mencionar que en este juicio cada órgano jurisdiccional de amparo tiene sus respectivos ámbitos de competencia.
Concepto: Competencia es la facultad o potestad que le otorga la ley a un órgano jurisdiccional para conocer de un determinado asunto, el cual es sometido a su conocimiento.
Por lo tanto estos órganos jurisdiccionales, no pueden actuar a voluntad o capricho, sino que tiene que sujetarse al imperio de la ley, y esta es la que le dará la ley respectiva, en nuestro caso es la Ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos denominada “Ley de Amparo”.
Partiendo de un método deductivo, y en un aspecto general comenzaremos por decir que en los Amparos Indirectos conocerán los Jueces de Distrito y en ocasiones un Tribunal Unitario de Circuito.
En los Amparos Directos, quien conocerá será un Tribunal Colegiado de Circuito.
Por lo que respecta a la SCJN, esta solo conocerá de amparos Directos o Indirectos, por facultad de atracción, es decir cuando la Corte como máximo órgano jurisdiccional del país, considere que el amparo es de interés o trascendencia,
Así mismo en determinados casos, se puede presentar la llamada Justicia Auxiliar (J.A.) en la materia penal cuando se afecten bienes jurídicos tutelados de 1º orden, como son la vida y la libertad por lo tanto en el lugar donde se esté cometiendo el acto violatorio no exista un Juez de Distrito cercano, el quejoso podrá acudir con los jueces penales de 1ª instancia de la localidad (jueces pertenecientes a los poderes judiciales de los Estados) y éstos actuaran en auxilio del Poder Judicial de la Federación, recibiendo la demanda de amparo y ordenaran suspender el acto reclamado, para evitar que se ocasiones daños de imposible reparación al quejoso, estos jueces locales enviaran la demanda de amparo con sus anexos al Juez de Distrito competente para que este conozca en definitiva, en tanto no reciba la demanda este Juez de amparo, el órgano que actúa en auxilio tendrá plena jurisdicción para evitar que se consume el acto reclamado.
Una vez que el Juez de Distrito recibe la demanda, el Juez que actúa en auxilio deja de asumir su competencia y ahí termina el apoyo o auxilio, a esta figura se le conoce como Competencia Auxiliar (Justicia Auxiliar).
CLASES DE COMPETENCIA
La doctrina ha establecido que en el juicio de amparo la competencia se divide en 4 clases a saber:
- Competencia por territorio
- Competencia por materia
- Competencia por grado
- Competencia por atracción
COMPETENCIA POR TERRITORIO
Para efectos del juicio amparo, el territorio de la Republica Mexicana se divide en “Circuitos Judiciales”, y el Órgano competente es el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), que es un órgano de vigilancia administración, disciplina y que establece la carrera judicial.
Este Consejo entre sus múltiples atribuciones tiene la de dividir en cada Estado de la Republica el numero de Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Unitarios de Circuito y el número de Jueces de Distrito que habrá en cada entidad. Esta división se denomina Circuito Judicial.
A la fecha existen 32 en todo el país, y esto se hace mediante acuerdos que emite este Consejo, es importante mencionar que cada año cada circuito puede ser modificado en cuanto al número de órganos jurisdiccionales dependiendo de las necesidades que se presenten en cada Estado.
...