CONCEPTO DE TITULO CREDITO
Enviado por ferchoramirez117 • 24 de Mayo de 2016 • Resumen • 446 Palabras (2 Páginas) • 416 Visitas
CONCEPTO DE TITULO CREDITO | Es el documento necesario para ejercitar el derecho literal que con ello se consigna. |
CONCEPTO DE DINERO: | Medida de valor aceptada por una comunidad o sociedad en un determinado tiempo. |
CONCEPTO JURIDICO DE DINERO: | Es un bien mueble, fungible, consumible y divisible que tiene como función el permitir cumplir con obligaciones susceptibles de ser satisfechas por este medio |
CONCEPTO DE CREDITO: | Adquisición de una riqueza presente(bienes y servicios) a cambio de su rembolso a futuro |
CONCEPTO JURIDICO DE CREDITO: | Es un negocio jurídico (acto jurídico), por el cual una persona denominada acreditante pone a disposición de otra llamada acreditado una suma de dinero u otros bienes, o contraer por cuenta de este último una obligación crédito de firma) con la condición por parte del acreditado de devolver dicha suma o de reintegrarle al acreditante el contenido de la obligación que adquirió por él. |
TITULOS DE VALORES: | Son una especie de crédito o de título de valor. ART. 5° LEY GENERAL DE TITULOS DE CREDITO define que son los documentos necesarios para ejercer el derecho literal que en ellos se consigna. |
CARACTERISTICAS DE LOS TITULOS DE CREDITO: | INCORPORACION: Al momento de expedir o crear un documento, el derecho se incorpora. LITERALIDAD: Es lo escrito en palabras y cifras en el titulo de crédito. LEGITIMACION: Es la consecuencia de la incorporación para ejercitar el derecho. AUTONOMIA: No se ve afectado el derecho si no consta el titulo. ABSTRACCION: Todos los títulos de crédito se expiden por un motivo |
POR LA PERSONALIDAD DEL EMITENTE | PUBLICOS: Aquellos que son emitidos por una entidad pública (gobierno federal, estatales o municipales). PRIVADOS: Aquellos que son emitidos por personas físicas o morales. |
POR LA LEY QUE LOS RIGE | NOMINADOS: Aquellos que están regulados expresamente en las leyes mercantiles y que tienen una denominación. INNOMINADOS: Aquellos que no están regulados expresamente en las leyes mercantiles y nacen de la costumbre |
POR EL DERECHO INCORPORADO EN EL TITULO DE CREDITO | TITULOS PERSONALES: Aquellos que atribuyen a su titular un carácter dentro de una corporación. TITULO OBLIGACIONALES: Aquellos cuya función principal es crear la obligación de pagarles. TITULOS REALES O DE TRADICION: Aquellos que otorgan a su tenedor el derecho de exigir la entrega de bienes y mercancías que describa en su texto. |
POR SU FORMA DE CREACION | SINGULARES: Aquellos cuya expedición atiende a un determinado negocio jurídico o cosa que los atribuye PLURALES: Aquellos que se expiden en conjunto en atención a un mismo negocio jurídico. |
POR SUSTANTIVIDAD DEL DOCUMENTO | PRINCIPALES: Aquellos que no dependen de la existencia de otro título anterior. ACCESORIOS: Aquellos que cuta existencia si depende de la existencia de un titulo anterior que sirva de antecedente. |
EFICACIA PERSONAL | PLENA: Aquellos que por sí solos demuestran la existencia el derecho incorporado. LIMITADA: Aquellos que necesitan de otros medios de prueba para hacer efectivo el derecho |
...