CONSTITUCION
Enviado por betinho211 • 11 de Septiembre de 2013 • 1.417 Palabras (6 Páginas) • 221 Visitas
LA CONTITUCION DE 1860
El 12 de octubre de 1858, el Congreso se reunió con carácter extraordinario, proclamado presidente – de acuerdo con las elecciones de agosto del mismo año- a Ramón Castilla. Así también se inició la discusión de la reforma de la constitución de 1856, pero como lo dice Jorge Basadre, “ésta decisión no llego a surtir efectos rápidamente ya que el poder legislativo radical se encontraba en conflictos con el poder ejecutivo moderado”.
Por ley de 24 de mayo de 1859 el Congreso Extraordinario acordó recesarse al día siguiente hasta el 28 de julio del siguiente año. Sin mediar tiempo por Decreto del 11 de junio de 1859, se invocó a los pueblos a elegir representantes a un Congreso Ordinario que se instaló el 28 de julio de 1860.
En la sesión de apertura del Congreso presidida por el sacerdote conservador Bartolomé Herrera, se presentó un problema sobre la esencia y naturaleza del Congreso: Constitucional o Constituyente, esto es con autorización para reformar o hacer otra Constitución.
Los levantamientos más graves contra el segundo régimen del Presidente Ramón Castilla, se justificaron en que la Constitución de 1856 era excesivamente liberal, y por tanto anticlerical y antimilitarista, cuyas normas creaban un clima de permanente intranquilidad y oposición beligerante; casi buscando equilibrar las fuerzas en tensión el Presidente convoco a un Congreso Constituyente que debía reformar la Carta de 1856, - haciendo uso de su pragmatismo político- sin embargo, la mayoría antiliberal, que presidio hasta antes de la sección final. Herrera, decidió cancelarla, elaborando otra Constitución. Este fue un auténtico golpe de Estado por un procedimiento legislativo contra el orden constitucional. Se estableció una Comisión de Constitución presidida por Antonio Arenas, que estuvo además integrada por José María Pérez, José Nicolás Rebaza, Ángel Ugarte, José María Jáuregui, Julián Sandoval y Pedro Calderón.
Finalmente, la comisión entrego su proyecto el 22 de agosto de 1860, la Comisión dictaminó que se mantenía todo lo conservable de la Constitución de 1856 modificándose o suprimiendo solo aquellos artículos que representan para la opinión publica conservadora normas incompatibles con los valores espirituales del país.
El primer gran debate fue en torno a la relación Iglesia- Estado, hecho que ya había despertado las iras clericales contra el texto de 1856. Fue el diputado Silva Santisteban quien en un largo discurso se declaraba enemigo de la segunda parte del artículo 4º que a la letra decía: ”La nación no permite el ejercicio de otra alguna religión” argumentando que era imposible de hacer cumplir, pero a la vez sugerir declarar que el estado no solo protege, sino también fomenta la religión católica.
Era pues evidente que el Diputado Silva Santisteban propugnaba la inclusión de fomento para evitar la prohibición excluyente.
Contrariamente a Silva Santisteban, en intervención breve pero severa Bartolomé Herrera sostuvo que en nuestro país había que afianzar el sentimiento religioso, manifestando así lo siguiente: “Una nación en que existen todas las razas se encuentran mezclada de todas maneras posibles… Una Nación en que el carácter y las costumbres de los habitantes son varios… Una Nación tan escasa de vínculos sociales ¿Puede considerar cosa indiferente, conservar o destruir el vínculo religioso, que es el único, tal vez que une a sus miembros?
La mayoría conservadora y moderada, aislaban esta vez a los radicales. Así pues tras un largo debate en el que intervinieron también Pedro José Calderón, José Nicolás Rebaza, entre otros se aprobó el artículo 4º sobre la unión de la iglesia y el estado y la prohibición de ejercicio público de cualquier otra religión diferente a la religión católica y romana.
Posteriormente de discutió el articulo referente a los fueros personales. Evaristo Gómez Sánchez defendió con energía el mantenimiento del fuero eclesiástico, pero quienes estuvieron a favor de la supresión de los fueros alegaban que dicha supresión era ventajosa para el clero ya que era más respetado que antes ya que decía que los fueros destruían la igualdad ante la ley. Al respecto Bartolomé Herrera pronunció un largo discurso que fue su última intervención pública, manifestando que al igual que lo sucedido en la carta de 1856 el clero se negaría a jurar y observar la nueva Carta si se mantenía el desafuero. Finalmente el artículo fue votado el 4 de setiembre en el cual “” No se reconoce empleos ni privilegios hereditarios, ni fueros personales. Toda propiedad es enajenable en la forma que establecen
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