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CONTRATO PARA CONSTITUIR UNA EMPRESA EN MÉXICO


Enviado por   •  1 de Septiembre de 2013  •  3.471 Palabras (14 Páginas)  •  480 Visitas

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- - - - - - ESCRITURA NUMERO

- LIBRO NUMERO

En el Distrito Federal, a

titular de la notaría

del Distrito Federal, hago constar: EL CONTRATO DE SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que otorgan: I.-

y II.- , de conformidad con lo siguiente:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - A N T E C E D E N T E: - - - - - - - - - - --

ÚNICO.- AUTORIZACIÓN DE USO DE DENOMINACION DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA.- Los comparecientes me exhiben el original de la autorización de la Secretaría de Economía, que agrego en tres hojas escritas por un solo lado al apéndice, bajo la letra "A", del cual, en lo conducente copio: "...Al centro: Clave Única del Documento (CUD): A

- Al márgen superior izquierdo un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos – SE - SECRETARÍA DE ECONOMÍA - DIRECCION GENERAL DE NORMATIVIDAD MERCANTIL.- AUTORIZACIÓN DE USO DE DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL. En atención a la reserva realizada por

a través del sistema establecido por la Secretaría de Economía para autorizar el uso de Denominaciones o Razones Sociales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15, 16, y 16 A de la Ley de Inversión Extranjera, artículo 34, fracción XII bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el artículo 69 C Bis de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, y el artículo 17 del Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, así como el Acuerdo por medio del cual se delega en los servidores públicos que se indican la facultad de autorizar el uso o cambio de las denominaciones o razones sociales para la constitución de asociaciones o sociedades mexicanas civiles o mercantiles, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2012, y sujeta a la condición o condiciones que se señalan más adelante, SE RESUELVE AUTORIZAR EL USO DE LA SIGUIENTE DENOMINACIÓN O RAZON SOCIAL:

Lo anterior a partir de la fecha y hora que se indican en la sección de Firma Electrónica más adelante. Los términos con mayúscula inicial contenidos en la presente Autorización tendrán el significado que se les atribuye a dichos términos en el Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, con independencia de que se use en plural o en singular. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 18 del Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, la presente Autorización se otorgar con independencia de la especie de la personal moral de que se trate, de su régimen jurídico, o en su caso, de la modalidad a que pueda estar sujeta. En términos de lo dispuesto por el artículo 21 del Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, el Fedatario Público Autorizado o Servidor Público o, tratándose de las sociedades cooperativas, la autoridad, ante quien se constituya la Sociedad o Asociación correspondiente, o en su caso, ante quien se formalice el cambio de su Denominación o Razón Social, deberá cerciorarse previamente a la realización de dichos actos, que se cumple con las condiciones que en su caso resulten aplicables y se encuentren señaladas en la presente Autorización y en el referido Reglamento, y a su vez deberá cerciorarse de que la presente Autorización se encuentra vigente. AVISO DE USO NECESARIO – De Conformidad con lo dispuesto por el artículo 24 del Reglamento para la Autorización de Uso de denominaciones y Razones Sociales, el Fedatario Público Autorizado o Servidor Público que haya sido elegido conforme al artículo 14 de dicho Reglamento, deberá dar el Aviso de Uso correspondientes a través del Sistema y dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la fecha de la presente Autorización, a fin de hacer del conocimiento de la Secretaría de Economía de que ha iniciado el uso de la Denominación o Razón social Autorizada por haberse constituido la Sociedad o Asociación o formalizado su cambio de Denominación o Razón Social ante su fe. En caso de que el Fedatario Público Autorizado o Servidor Público que haya sido elegido conforme al artículo 14 del Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales no de el Aviso de Uso conforme al artículo 24 de dicho Reglamento, este podrá presentar previo pago de derechos, el Aviso de Uso de forma extemporánea en cualquiera de las oficinas de la Secretaría de Economía, dentro de los treinta días naturales a partir de la fecha en que concluyó el plazo de ciento ochenta días naturales siguientes a la fecha de la presente Autorización. La Secretaría de Economía no reservará el uso exclusivo de la Denominación o Razón Social otorgada mediante la presente Autorización, en caso de esta no reciba el Aviso de Uso en los términos antes señalados, y dentro del plazo establecido en el párrafo que antecede. CONDICIONES – La presente Autorización se encuentra sujeta a la siguiente (s) condición (es): ADVERTENCIA – En términos de lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales la Denominación o Razón Social autorizada mediante la presente es similar en grado de confusión a la siguiente marca registrada en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial en una o varias, pero no en todas las clases:

por lo cual se informa al solicitante y a la Sociedad o Asociación que pretenda hacer uso de la Denominación o Razón social autorizada mediante la presente, que puede incurrir en responsabilidad conforme a la Ley Federal de Propiedad Industrial, en función del objeto social, los actos y las actividades que lleve a cabo dicha sociedad o asociación. Se les recomienda asesorarse debidamente con un especialista a fin de evitar incurrir en responsabilidad. No es ni será obligación de la Secretaría de Economía cerciorarse de que el titular de una Autorización cumple con la Ley Federal de Propiedad Industrial.- RESPONSABILIDADES – De conformidad con lo dispuesto por el artículo 22 del Reglamente para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales las sociedades o asociaciones que usen o pretendan usar una Denominación o Razón Social tendrán las obligaciones siguientes: I.- Responder por cualquier daño, perjuicio o afectación que pudiera causar el uso indebido o no autorizado de la Denominación o Razón Social otorgada mediante la presente Autorización, conforme a la Ley de Inversión Extranjera y al Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, y II.- Proporcionar a la Secretaría de Economía la información y documentación que le sea requerida por escrito o a través del Sistema en relación con el uso de la Denominación o Razón Social otorgada mediante

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