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CONVENIO DE PAGO Y RECONOCIMIENTO DE ADEUDO


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2017  •  Práctica o problema  •  2.175 Palabras (9 Páginas)  •  351 Visitas

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CONVENIO DE PAGO Y RECONOCIMIENTO DE ADEUDO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DENOMINADO “CORPORACIÓN AUXILIAR DE POLICÍA DE PROTECCIÓN CIUDADANA”, QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “LA CORPORACIÓN”  REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL CORONEL ENRIQUE ALBERTO SANMIGUEL SÁNCHEZ, EN SU CARÁCTER DE  DIRECTOR GENERAL, Y POR OTRA PARTE EL “GRUPO DE ASFALTOS PROCESADOS S.A DE C.V.” QUE EN LO SUCESIVO SE LE  DENOMINARÁ “EL DEUDOR”  REPRESENTADA POR EL C.  ADRIÁN DE PAÚL COLÍN IBARRA, EN SU CARÁCTER DE  REPRESENTANTE  LEGAL; Y CUANDO SE HAGA REFERENCIA DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONVENIO QUE SE CELEBRA  AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

       

A N T E C E D E N T E S

1.  CON FECHA 31 DE DICIEMBRE DEL 2016 “GRUPO DE ASFALTOS PROCESADOS S.A DE C.V.” EN SU CARÁCTER DE CONTRATANTE Y POR LA OTRA PARTE LA CORPORACIÓN  AUXILIAR DE POLICÍA DE PROTECCIÓN  CIUDADANA. CELEBRARON CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE VIGILANCIA. (ANEXO NÚMERO UNO)

2. DERIVADO DEL CONTRATO CITADO EN EL ANTECEDENTE “PRIMERO” DE ESTE INSTRUMENTO. “EL DEUDOR”  DEBE A “LA CORPORACIÓN”LA CANTIDAD DE  $ 210,600.00 (DOSCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS  PESOS 00/100 M.N.) ADEUDO QUE A LA FECHA RECONOCE PLENAMENTE, DENTRO DEL PRESENTE CONVENIO.

3. CON FECHA QUINCE DE JULIO DEL AÑO EN CURSO, SE PRESENTÓ EN OFICINAS DE “LA CORPORACIÓN”  CARTA COMPROMISO DE PAGO,  MISMA QUE FUE RECEPCIONADA CON FECHA VEINTIOCHO DE JULIO DE LOS CORRIENTES, QUE EN LO CONDUCENTE MANIFIESTA, LA INTENCIÓN DE PAGO POR PARTE DE “EL DEUDOR”. (ANEXO NUMERO DOS)


D E C L A R A C I O N E S:

I. “EL DEUDOR” DECLARA POR CONDUCTO  DE SU REPRESENTANTE LEGAL:

I.1 QUE SU REPRESENTADA ES UNA PERSONA MORAL LEGALMENTE CONSTITUIDA DE CONFORMIDAD CON EL INSTRUMENTO PÚBLICO NÚMERO 3,679, VOLUMEN XIII, DE FECHA 30  DE SEPTIEMBRE DEL1997, ANTE LA FE DE LA NOTARÍA PÚBLICA NÚMERO 120 DE LA CIUDAD DE CULIACÁN, SINALOA. (ANEXO NUMERO TRES)

I.2 QUE EL PRESENTE CONVENIO ES FORMALIZADO POR EL C ADRIÁN DE PAÚL COLÍN IBARRA, EN SU CARÁCTER DE  REPRESENTANTE LEGAL, QUIEN ACREDITA SU CAPACIDAD LEGAL Y FACULTADES NECESARIAS PARA OBLIGARSE EN TÉRMINOS DEL PRESENTE CONVENIO, MISMAS QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO REVOCADAS, NI LIMITADAS EN NINGUNA DE SUS FORMAS. (ANEXO NUMERO CUATRO)

I.3 QUE, SE ENCUENTRA REGISTRADA EN LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, TAL Y COMO SE DESPRENDE DE SU CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL, CUYA COPIA SE INTEGRA AL PRESENTE CONVENIO  (ANEXO NÚMERO CINCO).

I.4 QUE,  SU REPRESENTADA NO PAGO  POR LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD  DERIVADOS DEL CONTRATO DE FECHA TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE  DEL DOS MIL DIECISÉIS, POR LO QUE SE GENERÓ UN ADEUDO A FAVOR DE “LA  CORPORACIÓN”  POR LA  CANTIDAD DE $ 210,600.00 (DOSCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS  PESOS 00/100 M.N.  CORRESPONDIENTE AL  PERIODO DE LA   SEGUNDA QUINCENA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A LA PRIMERA QUINCENA DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE

1.5. QUE PARA CUBRIR LAS EROGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONVENIO CUENTA CON DISPONIBILIDAD DE RECURSOS ECONÓMICOS Y LA DISPOSICIÓN DE LOS MISMOS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS A LA FIRMA DEL PRESENTE DOCUMENTO.

1.6. QUE PARA LOS EFECTOS LEGALES DEL PRESENTE CONVENIO, SEÑALA COMO SU DOMICILIO EL UBICADO EN: CARRETERA PUEBLA-ATLIXCO KILOMETRO NÚMERO 15. CHIPILO, PUEBLA.

II “LA CORPORACIÓN”  DECLARA POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL:

II.1 QUE MEDIANTE DECRETO DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO “CORPORACIÓN AUXILIAR DE POLICÍA DE PROTECCIÓN CIUDADANA”, CON LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES CONFERIDAS EN SU DECRETO PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE PUEBLA EL 28 DE FEBRERO DE 2003. DICHO DECRETO HA SIDO MODIFICADO CON FECHA 29 DE OCTUBRE DE 2015, ENCONTRÁNDOSE SECTORIZADA A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIOS, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 59 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO, 9 DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE PUEBLA, 1 DEL DECRETO QUE CREA AL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO “CORPORACIÓN AUXILIAR DE POLICÍA DE PROTECCIÓN CIUDADANA” Y 1 DE SU REGLAMENTO INTERIOR.

        II.2        QUE EN ESTE ACTO ES REPRESENTADA POR EL COR. ENRIQUE ALBERTO SANMIGUEL SÁNCHEZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUXILIAR DE POLICÍA DE PROTECCIÓN CIUDADANA, QUIEN ESTÁ FACULTADO PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO, EN TÉRMINOS DEL NOMBRAMIENTO EXPEDIDO A SU FAVOR POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE PUEBLA JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, CON FECHA UNO DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISIETE, EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 18 FRACCIÓN XIV Y 23 FRACCIÓN I Y XVII DEL DECRETO DE CREACIÓN DE DICHO ORGANISMO Y 9 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA CORPORACIÓN AUXILIAR DE POLICÍA DE PROTECCIÓN CIUDADANA, QUE CONCEDEN ATRIBUCIONES JURÍDICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA CELEBRAR CONVENIOS, CONTRATOS Y DEMÁS ACTOS JURÍDICOS QUE SEAN NECESARIOS, PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FINES ESTABLECIDOS EN EL PROPIO DECRETO. ASIMISMO DECLARA QUE SU NOMBRAMIENTO NO LE HA SIDO REVOCADO NI LIMITADO EN FORMA ALGUNA, POR LO QUE NO EXISTE INCONVENIENTE ALGUNO PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO A NOMBRE DE SU REPRESENTADA.  (ANEXO NUMERO SEIS).

II.3 QUE EL OBJETO DE SU REPRESENTADA ES PRESTAR A LAS PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS QUE LO SOLICITEN, SERVICIOS  DE CUSTODIA CONSISTENTE  EN VIGILANCIA A EDIFICIOS, EMPRESAS E INSTITUCIONES FINANCIERAS, CENTROS DE ESPARCIMIENTO, EDUCATIVOS Y COMERCIALES, CASAS O UNIDADES HABITACIONALES Y FRACCIONAMIENTOS, O ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS O PRIVADOS Y OTROS ANÁLOGOS MEDIANTE EL PAGO QUE RECIBA POR LOS SERVICIOS PRESTADOS, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO QUE CREA AL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO “CORPORACIÓN AUXILIAR DE POLICÍA DE PROTECCIÓN CIUDADANA”.

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