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CUENCA HIDROGRAFICA DE PANAMA


Enviado por   •  7 de Octubre de 2014  •  2.097 Palabras (9 Páginas)  •  476 Visitas

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INTRODUCCION

La cuenca hidrográfica del Canal de Panamá tiene una superficie de 552,761 hectáreas, que esaproximadamente el tamaño de la provincia de Herrera. En ella se concentran los recursos hídricosnecesarios, tanto potencialmente como en uso, para garantizar el abastecimiento de agua a lamayor parte de nuestra población y para el funcionamiento y operación del Canal.

Mediante la Ley 44, de agosto de 1999, se delimitó legalmente la cuenca del Canal. Estadelimitación incluyó la cuenca tradicional del río Chagres y un sector en las provincias de Coclé yColón, que ha sido identificado por su potencial hídrico.La responsabilidad por la administración, mantenimiento, uso y conservación de los recursoshídricos de la cuenca del Canal ha sido concedida a la Autoridad del Canal de Panamá por laConstitución Política de Panamá y la ley Orgánica de la Autoridad del Canal de Panamá. Esto sederiva de la importancia que tiene el agua para funcionamiento de la vía acuática. La ley tambiénexige que la Autoridad del Canal administre el recurso hídrico para garantizar el suministro deagua a la población de Panamá y Arraiján.Para coordinar los esfuerzos de entidades gubernamentales y la ACP para la conservación de losrecursos naturales de la región, la Ley Orgánica del Canal establece la creación de la ComisiónInterinstitucional de la Cuenca Hidrográfica del Canal (CICH). Su objetivo principal es la integraciónde los esfuerzos, iniciativas y recursos para la conservación y manejo de la cuenca y promover sudesarrollo sostenible. Esta comisión está integrada por la ACP, quien la preside, el Ministerio deGobierno y Justicia, el Ministerio de Desarrollo Agropecuario, el Ministerio de Vivienda, laAutoridad Nacional del Ambiente, la Autoridad de la Región Interoceánica, la Fundación NATURA yCáritas Arquidiocesana.

I. CRONOLOGÍA DE LA CREACIÓN DE LA CUENCA DEL CANAL DE PANAMÁ

Diciembre de 1993: Como preparación al traspaso ordenado del Canal a Panamá en 1999, la Asamblea Legislativa aprueba por mayoría la primera legislación referente al Canal, un nuevo Título Constitucional. Esto crea el marco legal que luego será desarrollado por leyes y reglamentos que permitirán la operación continua y eficiente del Canal de Panamá bajo administración panameña.

Mayo de 1995: Una nueva Asamblea Legislativa ratifica por mayoría el Título Constitucional aprobado por la Asamblea anterior. Este Título establece en su artículo 310 que a la Autoridad del Canal de Panamá le corresponde la responsabilidad por la administración, mantenimiento, uso y conservación de los recursos hídricos del área conocida como Cuenca Hidrográfica del Canal.

En su artículo 313, numeral 5, el nuevo Título también establece que es facultad y atribución de la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá el proponer los límites de la Cuenca Hidrográfica del Canal, para la aprobación del Consejo de Gabinete y la Asamblea Legislativa.

El Título Constitucional también establece en su artículo 317 que la ACP reglamentará las materias contenidas en el Título.

11 de junio de 1997: Luego de amplia consulta con la sociedad civil y política del país se aprueba la Ley 19, Orgánica de la Autoridad del Canal de Panamá, por la cual se crea y organiza la Autoridad del Canal de Panamá en cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 317 de la Constitución Política de Panamá. Esta ley norma la organización y funcionamiento de la ACP, con el objetivo de "hacer del canal una empresa eficiente y rentable, pilar de desarrollo humano y socioeconómico del país".

Con este preámbulo, la Ley 19 le asigna a la ACP la responsabilidad por la administración, mantenimiento, uso y conservación de los recursos hídricos de la Cuenca Hidrográfica del Canal, y exige que administre el recurso hídrico de manera tal que garantice el suministro de agua para las poblaciones aledañas al Canal (Panamá, San Miguelito, Colón, Arraiján y La Chorrera).

También define en su artículo 18, numeral 6, la responsabilidad de la Junta Directiva de proponer los límites de la Cuenca Hidrográfica para la aprobación del Consejo de Gabinete y del Órgano Legislativo.

Junio de 1999: En cumplimiento con la Constitución y la Ley 19 y en preparación para el inminente traspaso del Canal y la nueva responsabilidad de conservación y administración de agua que tendrá a partir de entonces la empresa canalera, la Junta Directiva de la ACP propone los límites de la Cuenca Hidrográfica para la aprobación del Consejo de Gabinete y del Órgano Legislativo.

14 de julio de 1999: El Consejo de Gabinete aprueba lo propuesto por la Junta Directiva de la ACP.

18 de agosto de 1999: Luego de tres debates, el Órgano Legislativo aprueba la Ley 44 por mayoría, cuya redacción refleja el único propósito de definir los límites de la denominada Cuenca Hidrográfica del Canal.

Tal y como quedó aprobada por la Asamblea Legislativa, la Cuenca del Canal tiene una superficie de 552,761 hectáreas y dentro de ella hay 11 distritos y 48 corregimientos que se esparcen en las provincias de Panamá, Colón y Coclé.

La Cuenca comprende el área conocida como "cuenca tradicional", que incluye los sistemas de agua de los ríos Chagres, Cirí, y Boquerón, y una nueva región occidental, que por su enorme potencial hídrico puede abastecer las futuras necesidades de la población panameña y del Canal.

Mayo de 2000: Según el último Censo Nacional realizado por la Contraloría General de la República, la población total de esta región occidental de la cuenca asciende a 35 mil habitantes.

Desde el año 2000, la ACP viene realizando una serie de reuniones y talleres que han logrado poner en contacto a la ACP con campesinos de 137 comunidades y autoridades locales de la Región Occidental de la Cuenca. En algunos de estos talleres ha participado la estructura político-administrativa de Colón y Coclé, abordando el componente económico y social.

Además, se han realizado talleres informativos a nivel nacional para diversos sectores de la sociedad civil, iglesia católica, partidos políticos, grupos empresariales y el Gobierno Nacional.

II. ÁREAS PROTEGIDAS DENTRO DE LA CUENCA

De las más de 339,000 hectáreas de la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá, unas 157,000 hectáreas (o sea el 47% del total) se encuentran cubiertas por bosques. Casi el 70% de esa superficie boscosa se encuentra dentro de los parques nacionales Chagres, Altos de Campana, Soberanía, Camino de Cruces y el Monumento Natural Barro Colorado. Fuera de las áreas protegidas, sin embargo, los restos de bosque están conformados por pequeños parches dispersos y

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