ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Caracterización de tipos de familias


Enviado por   •  2 de Marzo de 2015  •  Informe  •  447 Palabras (2 Páginas)  •  149 Visitas

Página 1 de 2

TIPOS DE FAMILIAS

En atención a las fuentes u orígenes, la doctrina suele distinguir cinco clases de familia:

Familia Legítima que es la emanada de la unión sexual y la procreación dentro del matrimonio.

Familia Legitimada compuesta por los hijos naturales que hayan obtenido la legitimación por subsiguiente matrimonio de sus padres o por concesión soberana.

Familia Natural o Familia Ilegítima Natural es la constituida por los hijos nacidos fuera del matrimonio de sus padres, sin que al tiempo de la concepción sus progenitores tuviesen impedimento para contraer el vínculo matrimonial.

Familia Ilegítima o Familia Ilegítima No Natural es la de los hijos nacidos fuera del matrimonio, cuyos padres no podían casarse al tiempo de la concepción de aquellos por existir entre ellos impedimento.

La Familia Adoptiva es la formada por la persona que adopta y sus parientes con la persona adoptada y sus descendientes, dependiendo sus efectos de la clase de adopción efectuada: adopción plena o adopción menos plena.

Esta quintuple clasificación tradicional no tiene cabida en nuestro derecho positivo vigente, por imperar el principio de la igualdad de los hijos y la eliminación de toda calificación sobre la naturaleza de la filiación.

En efecto, tales principios se encuentran establecidos en la Constitución Nacional de 1972 en sus artículos 60 y 61, que a la letra dicen:

"Artículo 60: Los padres tienen para con sus hijos habidos fuera del matrimonio los mismos deberes que los nacidos en él. Todos los hijos son iguales ante la Ley y tienen el mismo derecho hereditario en las sucesiones intestadas. La Ley reconocerá los derechos de los hijos menores o inválidos y de los padres desvalidos en las sucesiones testadas."

"Artículo 57: La Ley regulará la investigación de la paternidad. Queda abolida toda calificación sobre la naturaleza de la filiación. No se consignará declaración alguna que establezca diferencia en los nacimientos o sobre el estado civil de los padres en las actas de inscripción de aquellos, ni en ningún atestado, partida de bautismo o certificado referente a la filiación.

Se concede facultad al padre del hijo nacido con anterioridad a la vigencia de esta Constitución con lo dispuesto en este artículo, mediante la rectificación de cualquier acta o atestado en los cuales se halle establecida clasificación alguna con respecto a dicho hijo. No se requiere para esto el consentimiento de la madre. Si el hijo es mayor de edad, éste debe otorgar su consentimiento. En los actos de simulación de paternidad, podrá objetar esta medida quien se encuentre legalmente afectado por el acto. La Ley señalará el procedimiento."

CARACTERISTICA

La familia se manifiesta y desplega sus efectos dentro del centro de las relaciones personales de los individuos que la formalizan sobre ella

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com