Características Típicas del contrato
Enviado por ANGIECUADROS2589 • 20 de Marzo de 2014 • Trabajo • 574 Palabras (3 Páginas) • 219 Visitas
Características Típicas del contrato:
Bilateralidad. Cuando surge a la vida jurídica el contrato de cuenta corriente, se desprenden obligaciones a cargo de ambas partes. En efecto el Banco queda obligado a recibir los depósitos o consignaciones que el cuentacorrentista efectúe, como a devolver o a entregar las sumas que este reclame. Igualmente la parte denominada Banco queda obligada queda obligada no solo a manejar adecuadamente unos dineros, sino a responder civilmente ante el cuenta correntista por su pérdida, así el Banco no haya tenido culpa, de la misma manera que el Banco es obligado a informar periódicamente al cuenta correntista sobre el monto de los saldos que conserva a través del envió o suministro de los extractos.
La parte cuenta correntista tiene a su cargo manejar adecuadamente y responsablemente su cuenta corriente, manteniendo por ejemplo suficiente provisión de fondos, haciendo buen uso de la chequera que por virtud del contrato el Banco le entrega, no permitiendo que terceras
personas no autorizadas dispongan de los saldos ni de los cheques (menos aún de la chequera), no librar contra la cuenta corriente cheques por mayor valor al de la disponibilidad efectiva sin previa autorización del Banco.
Estas obligaciones reciprocas de las partes subsisten durante todo el tiempo en que el contrato de cuenta corriente bancaria se halle vigente y tanto así, que si una de las partes incumple lo que le compete, puede dar lugar a que la otra unilateralmente dé por terminado el contrato.
Consensual. El con tarto de cuenta corriente bancaria para que cobre vigencia jurídica y validez plena, esto es para que se perfeccione, requiere que las partes expresen y formalicen debidamente su acuerdo de voluntades; acuerdo este que es suficiente para ello y que puede materializarse en un simple documento privado.
Principal y autónomo. Porque subsiste por sí mismo, en forma independiente, sin necesidad de que haya otro contrato o negocio jurídico previo o anterior del cual deba depender.
Oneroso. Significa que ambas partes se benefician con su celebración; es decir, para ambas representa una utilidad. En efecto, el Banco por el hecho de recibir un dinero obtiene provecho, lo recibe y queda de su propiedad, obtener lucro por ese dinero y manejo. Y a la vez el cuenta correntista obtiene provecho porque mantiene debidamente resguardado, conservado y manejado su dinero, mismo que le será retornado sin ningún costo cuando él lo solicite, o con el cual y con la intermediación del Banco, podrá pagar a terceros sus propias obligaciones.
Conmutativo. Significa que cada una de las cargas que las partes soporta a favor del otro se toma como equivalente respecto de la que ha asumido la otra. Por ejemplo, por el hecho de que el Banco reciba un dinero y válidamente se lo apropie, lo use y disponga, en contraprestación se obliga a servir gratuitamente como intermediario en el pago
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