Características de las normas jurídicas
Enviado por ivettesigala26 • 20 de Septiembre de 2014 • Síntesis • 436 Palabras (2 Páginas) • 226 Visitas
CONSEPTO: La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.
Características de las normas jurídicas
El derecho está compuesto por normas jurídicas, siendo estas de diversa índole de las
otras normas que regulan nuestra actividad social, como lo son las normas morales,
religiosas y las de trato social o convencionalismos sociales.
El siguiente cuadro nos permite ver un resumen comparativo de las características de
las normas en lo general para que nos sirva de base al estudiar las de la norma jurídica.
CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS:
Jurídicas
Bilaterales
Externas
Coercibles
Heterónomas
Morales
Unilaterales
Internas
Incoercibles
Autónomas
Religiosas
Unilaterales
Internas
Incoercibles
Heterónomas
Sociales
Unilaterales
Externas
Incoercibles
Heterónomas
Para su estudio en este curso nos interesan específicamente las normas jurídicas, las cuales establecen el marco legal de la conducta del ser humano que vive en una sociedad.
Son normas establecidas y sancionadas por el Estado, emanadas del Poder Legislativo y deben de ser generales, abstractas e impersonales. Además de ello, se dice que se caracterizan porque son heterónomas, es decir impuestas por entes (personas, sujetos) ajenos a nosotros, regulan la conducta externa de los individuos, confieren derechos y obligaciones, y son coercibles. Así mismo su violación esta sancionada por las propias normas y se impone su cumplimiento por el Estado. De lo anterior podemos encontrar que la norma jurídica se caracteriza por ser:
a) heterónoma
b) bilateral
c) externa
d) coercible
a) Heterónoma
En oposición a autónoma, significa que las normas jurídicas son creadas por un
sujeto diverso a aquel a quien se va a aplicar. En nuestro derecho la norma jurídica es creada por el Poder Legislativo.
b) Bilateral
Se dice que una norma es bilateral cuando al mismo tiempo que impone deberes a uno o varios sujetos, concede facultades a otro u otros. Para señalar el mismo carácter se dice que la norma es imperativo-atributiva, es decir que trata de reglas que además de imponer deberes, conceden facultades. La norma jurídica es bilateral, en oposición a las normas unilaterales en donde no existe un sujeto facultado para exigir el cumplimiento de los deberes.
c) Externa
En oposición a interna, significa que al derecho no le interesa la intención del
individuo, lo que piensa o siente, le interesa que cumpla la norma de derecho, que observe la norma jurídica,
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