Caso Practico De Derecho Colectivo
Enviado por hugoramos1 • 20 de Marzo de 2014 • 1.196 Palabras (5 Páginas) • 2.957 Visitas
Caso Práctico
Se celebra un Contrato Colectivo entre una empresa y un sindicato, por virtud del cual ambas partes se reconocen mutuamente y se establece que el sindicato representa los intereses de los trabajadores. Sin embargo la empresa decide despedir a un trabajador en atención a infringir el Reglamento Interior de Trabajo y por ello determina rescindir la relación de trabajo a este trabajador, sin considerar las opiniones del sindicato, ni tratar con él sobre las diferencias y conflictos suscitados a raíz de esta problemática con dicho trabajador, ya que considera grave la falta cometida.
1.- Ante tal situación ¿Cómo consideras la actuación de la empresa?
2.- ¿Crees esta forma de actuar tendría alguna consecuencia? Sí, no ¿Cuál?
3.- ¿Qué le recomendarías a la empresa si le estuvieras asesorando?
4.- Si representas a los trabajadores ¿Qué les recomendarías? ¿Por qué?
5.- ¿Cuál es el procedimiento para la elaboración del Contrato Colectivo?
6.- ¿Qué sucedería si en el contrato se hubiera estipulado una cláusula de exclusión?
7.- ¿Qué aspectos serán revisables y en qué momentos se llevaría a cabo la revisión del Contrato Colectivo?
Respuestas.
Artículo 1o.- La presente Ley es de observancia general en toda la República y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123, Apartado A, de la Constitución.
1.- La empresa actuó bien conforme el articulo Artículo 46.- El trabajador o el patrón podrá rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad. Y el Articulo 134 las obligaciones del trabajador.
2.- no creo que haya alguna consecuencia, porque se basan en los artículos 46 y 47. Y nos dice que “el trabajador cometió una falta grave”
3.- que está actuando conforme a ley en base a los artículos 46 y 47. Nada más le faltaría avisar al sindicato sobre lo acontecido (la falta y el despido).
4.- lo primero revisar como estuvo él despido para poder saber con los pelos de la burra en la mano como aconteció todo y si fueron despedidos injustamente promover su reubicación o su indemnización.
5.- El procedimiento para la elaboración del Contrato Colectivo se basan en estos artículos:
Artículo 386.-
Contrato colectivo de trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.
Artículo 387.-
El patrón que emplee trabajadores miembros de un sindicato tendrá obligación de celebrar con éste, cuando lo solicite, un contrato colectivo.
Si el patrón se niega a firmar el contrato, podrán los trabajadores ejercitar el derecho de huelga consignado en el artículo 450.
Artículo 390.-
El contrato colectivo de trabajo deberá celebrarse por escrito, bajo pena de nulidad. Se hará por triplicado, entregándose un ejemplar a cada una de las partes y se depositará el otro tanto en la Junta de Conciliación y Arbitraje o en la Junta Federal o Local de Conciliación, la que después de anotar la fecha y hora de presentación del documento lo remitirá a la Junta Federal o Local de Conciliación y Arbitraje.
El contrato surtirá efectos desde la fecha y hora de presentación del documento, salvo que las partes hubiesen convenido en una fecha distinta.
Artículo 391.- El contrato colectivo contendrá:
I. Los nombres y domicilios de los contratantes;
II. Las empresas y establecimientos que abarque;
III. Su duración o la expresión de ser por tiempo indeterminado o para obra determinada;
IV. Las jornadas de trabajo;
V.
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