Caso Practico De Servidumbre
Enviado por gabrieladocx92 • 25 de Abril de 2014 • 664 Palabras (3 Páginas) • 1.542 Visitas
CASO PRACTICO DE SERVIDUMBRE
Ramón Pérez es dueño de un campo de mil hectáreas en el Municipio de
Nombre de Dios. Dentro de su terreno pasa el brazo de un rio. Ramón Pérez
ha construido canales para distribuir el agua en parte de su campo que tiene
sembrado. Las zonas sembradas están al sur dentro de su propiedad, y el
brazo del rio y su canalización provienen del norte del terreno atravesándola
hasta llegar a la zona del sembradío. Agobiado por las deudas, decide dividir
su campo en parcelas y luego vender. Como la parte Norte, por tener la fuente
de agua vale más, decide enajenarla. La parte que vende contiene el brazo del
rio y la canalización que él había efectuado para llevar agua a la parte sur. El
comprador, señor José Ruíz, una vez concluidos los trámites de tradición
traslativa de dominio y de tomar posesión legal, destruye el canal realizado
por el anterior dueño, ya que las tierras las utiliza para pastoreas de ganado.
Su vecino, el Señor Pérez, se queda sin provisión de agua, y al poco tiempo
pierde la cosecha por no tener fuentes de agua alternativas y no poder regar
sus sembrados.
PREGUNTAS
1.- ¿Qué derecho real se ha creado al enajenar una parte de los fundos?
Se ha creado el derecho real de SERVIDUMBRE como lo establece el código Civil federal en el titulo sexto de las servidumbres.
Artículo 1057.- La servidumbre es un gravamen real impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño.
Esto porque el dueño del predio del sur de la propiedad se tiene que ver beneficiado por el agua que corre por el predio del norte perteneciente a José Ruíz
2.- ¿Dentro de las clasificaciones de creación de esa figura de los derechos reales como se llama?
Según el Artículo 1061 son discontinuas, pues para uso necesita de algún hecho actual del hombre, en este caso la construcción de acueductos para el aprovechamiento del rio.
Al ser una servidumbre legal como lo marca el artículo 1068 del capítulo II del título sexto de las servidumbres lo podemos clasificar como una servidumbre legal de acueducto por que el rio no pasa por el predio dominante, sería necesario que se cree una servidumbre de acueducto.
3.- ¿Cómo denominaría a la canalización, dentro de los tipos determinados por el código para ese derecho real?
Se denomina servidumbre de acueducto como lo establece el artículo 1078 del código civil federal, el que quiera usar agua de que pueda disponer, tiene derecho a hacerla pasar por los fundos intermedios, con obligación de indemnizar a sus dueños, así como a los de los predios inferiores sobre los que se filtren o caigan las aguas.
4.- ¿Qué puede hacer Ramón Pérez ante la situación que se produjo?
El
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