Caso practico de fraccionamiento
Enviado por dantec200 • 16 de Mayo de 2017 • Trabajo • 375 Palabras (2 Páginas) • 306 Visitas
PRÁCTICA
NOTA:
Curso :
Profesor : Martín Mora
: Carlos Grados Alumno:
ACOGIMIENTO A FRACCIONAMIENTO
Enunciado : Caso Nº 1
La Empresa OLIMPO SA identificada con número de RUC 20175184481, cuenta con una deuda pendiente de pago por Impuesto a la Renta Anual del ejercicio 2015, la cual asciende a S/. 60,840 (No incluye intereses moratorios al 20.07.2016), asimismo tiene pendiente pago el IGV de los meses de marzo y abril del presente ejercicio, los mismos que suman S/. 8,060 (No incluye intereses moratorios al 20.07.2016) y respecto de las cuales solicita su acogimiento a fraccionamiento. Mediante Resolución de Intendencia N° 0031187669981, emitida con fecha 20.07.2016, se acepta su solicitud de fecha 01.07.2016.
En dicha Resolución se le otorgó un fraccionamiento de 24 cuotas, para lo cual no fue necesario presentar garantía alguna, esto en mérito a lo establecido en el artículo 9° del Reglamento, modificado por la Resolución de Superintendencia N° 130-2005/SUNAT.
Datos adicionales:
(A) Se generó una multa Por no exhibir libros contables Art. 177 Nº……….
TIM = 1.2% según R.S. N° 053-2010/SUNAT TIMD = 1.2%/ 30 = 0.04%
Se solicita:
1. Elaborar los asientos contables por el fraccionamiento aprobado.
2. Elaborar el procedimiento a seguir.
Solución
a. Cálculo de la deuda tributaria al 20.07.2016
Dado que la Resolución se aprueba el día 20.07.2016, procede actualizar la deuda tributaria a dicha fecha y que será la que se considere para el cálculo de los Intereses de Fraccionamiento.
Tributo insoluto Importe Fecha de vencimiento Días de atraso al 20.07.2016 Interés moratorio
(%) (*) Interés moratorio S/. Total Deuda
Impuesto a la Renta 2015 60,840 25.03.2016
IGV Marzo 2016 4,200 12.04.2016
IGV Abril 2016 3,860 15.05.2016
Total
(*) N° de días de atraso x 0.04% (TIMD).
b. Determinación de la cuota constante
En primer lugar, debemos recordar que el fraccionamiento, permite el pago en cuotas constantes, considerando un interés al rebatir del 80% de la TIM (0.96%), que puede verificarse de la siguiente fórmula tal como se muestra:
C=(〖(1+i)〗^n×i)/(〖(1+i)〗^n-1)×D
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