Causales de nulidad matrimonial en el derecho canonico
Enviado por Castello Verona • 28 de Mayo de 2016 • Monografía • 6.605 Palabras (27 Páginas) • 238 Visitas
INDICE
OBJETIVOS
INTRODUCCIÓN
1.- NORMAS RELIGIOSAS: DEFINICIÓN Y CARACTERES.
1.1.- Definición
La palabra religiosa deriva de la voz latina religión que significa vínculo del hombre con Dios.
1.2.- Caracteres:
1.3.- Clasificacion y sanciones.
1.4.- Según su modo de institución:
Sanciones religiosas
2.- RELACIONES ENTRE LA RELIGIÓN Y EL DERECHO
Relación general de orden cultural:
Relación general de orden legal:
3.- CAUSAS DE NULIDAD MATRIMONIAL EN EL DRECHO CANÓNICO
DETALLANDO ALGUNOS PUNTOS
4.- CAUSAS DE NULIDAD DEL MATRIMONIO CIVIL
6.- NO HAY MATRIMONIAL HOMOSEXUAL SEGÚN LA LEGISLACIÓN PARAGUAYA
CONCLUSIÓN
BIBLIOGRAFÍA
OBJETIVOS
Objetivo general
-Establecer el alcance de las normas religiosas dentro el Derecho
Objetivos específicos:
- Definir el concepto de las normas religiosas y sus características
- Presentar las causas de nulidad matrimonial en el Derecho Canónico
INTRODUCCIÓN
Juez Abog. Bonifacio Rojas, el trabajo que ponemos a su consideración es el resultado de una investigación acerca de las Normas Religiosas encuadradas dentro del Derecho. No se pretende abarcar todo el panorama amplio de este campo. Nos interesan los conceptos básicos y sus características.
Lo expuesto más arriba nos ayuda luego ofrecer las principales causas de nulidad matrimonial. Esta presentación obedece a que dentro de la Carrera de Derecho en la Universidad Nacional no prevé una materia referida exclusivamente al Derecho Canónico.
Entendemos que ningún perito del Derecho debe desconocer las normas de la iglesia católica, dada su importancia en la vida de nuestro país mayoritariamente cristiana católica.
1.- NORMAS RELIGIOSAS: DEFINICIÓN Y CARACTERES.
1.1.- Definición
La palabra religiosa deriva de la voz latina religión que significa vínculo del hombre con Dios.
Las normas religiosas regulan el comportamiento del ser humano en sus relaciones con la divinidad. Tiene como fin primordial el perfeccionamiento del individuo ante Dios.
Las normas religiosas son aquellas leyes consideradas obligatorias para que el hombre alcance la santidad. Este tipo de normas plantean las exigencias que el hombre debe cumplir para agradar a Dios y así ganarse un paso al paraíso.
Estas normas tienen su origen en Dios y es este quien las impone al hombre, son de carácter heterónomo, en lo que se refiere a su origen, las normas religiosas tienen un carácter unilateral ya que imponen deberes pero no facultan a nadie para obligar su cumplimiento.
A diferencia de otras normas, las religiosas no se imponen ni existe castigo terrenal concreto si no se les cumple, sólo dependen de la convicción y el amor hacia Dios que sienta cada individuo, aunque existen excepciones en determinados países donde el credo religioso es impuesto en base a castigos de diversos tipos. También existen normas que se enmarcan tanto en el segmento de norma religiosa como en el de las normas jurídicas, como por ejemplo el caso no robaras o no mataras.
Las conductas permitidas, exigidas y prohibidas por las normas religiosas están escritas o señaladas por Dios, o sea que son externas (heterónomas) y no autónomas, como las normas morales, que las dicta la sociedad a partir de un análisis de conciencia individual.
1.2.- Caracteres:
- La espontaneidad: la adhesión del creyente a las dogmas religiosas debe ser voluntaria.
- La heteronomía: las normas religiosas se imponen desde el poder de la divinidad y sus ministros sin consulta a sus creyentes.
- Unilateralidad: porque imponen deberes, pero no conceden derechos.
- Interioridad: las normas religiosas regulan la parte intima de la conducta del sujeto y tienden al perfeccionamiento individual.
- Incoercibilidad: las normas religiosas no pueden ser obligatorias porque la persona que deja de cumplirla y comete pecados, está libre de sanción física.
1.3.- Clasificacion y sanciones.
Según su fundamento y medios de estudios se clasifican en:
- Normas de fe: trata la teología.
- Normas de razón: trata la filosofía y la teodicea.
1.4.- Según su modo de institución:
- Primarias: son establecidas por los fundadores de religiones.
- Institucionales: son establecidas por la autoridad eclesiástica.
Sanciones religiosas
Designa a toda medida que se propone lograr el acatamiento de la norma, ya sea por la vía de la recompensa o del castigo. En la religión cristiana se lo llama pecado a la violación de toda norma religiosa.
Las sanciones religiosas afectan a las relaciones del hombre con la divinidad o con los espíritus, o conciernen a su destino después de la muerte.
En las culturas donde el derecho se encuentra ligado a la religión, la sanción puede consistir en castigos de origen sobrenatural, ya sea en esta vida, como las enfermedades “castigos divinos” o después de la muerte “en el reino de Dios”, lo cual, independientemente de cualquier otra consideración, tiene efectos psicológicos muy efectivos para el acatamiento de las normas.
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