Cedula De Notificacion
Enviado por maralberto • 15 de Enero de 2015 • 740 Palabras (3 Páginas) • 254 Visitas
CEDULA DE NOTIFICACION
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA, DISTRITO JUDICIAL DE MOTOZINTLA, CHIAPAS.
A 27 VEINTISIETE DE ENERO DEL AÑO 2014.
A: LA C. CARMEN GONZALEZ SANDOVAL.
EXPEDIENTE NÚMERO 20/2014.
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL
ACTOR LIC. ALBERTO MATUL GONZALEZ ENDOSATARIO EN PROCURACION DE JORGE SANCHEZ PEREZ.
DEMANDADO: C. RAUL CUETO GOMEZ.
DICTO UN AUTO QUE A LETRA DICE:
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA, DISTRITO JUDICIAL DE MOTOZINTLA DE CHIAPAS, A 27 VEINTSIETE DE ENERO DEL AÑO 2014, DOS MIL CATORCE.
Se admite en cuanto ha lugar en derecho en la VIA MERCANTIL EJECUTIVA, la demanda por JORGE SANCHEZ PEREZ En contra de RAUL CUETO GOMEZ en su carácter de deudor principal por el pago de la cantidad de $ 100,000.00 (CIEN MIL PESOS 37/100 M.N) como suerte principal y demás concepto que expresa.- Regístrese en el libro de Gobierno y fórmese expediente.- Requiérase al demandado en su domicilio ubicado en Tercera Avenida Norte Numero 400, Barrio Zapata, de esta Ciudad de Motozintla Chiapas; por el pago inmediato de la cantidad reclamada y en caso de no hacerlo en el momento de la diligencia que para tal efecto se practique, embárguesele bienes de su propiedad suficientes a cubrir las prestaciones reclamadas a fin de garantizar el adeudo los que deberán quedar en depósito de la persona que designe el actor y bajo su responsabilidad, después de ello, con las copias simples de la demanda y anexos debidamente cotejadas, emplácese al demandado, dejándole cedula del presente proveído y copia de la diligencia practicada, haciéndole saber que cuenta con el termino de OCHO DIAS para que compadezcan ante este juzgado a hacer el pago de lo reclamado u oponerse de la ejecución si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer, así también para que señale domicilio en esta ciudad para oír notificaciones, apercibiéndosele que de no hacerlo el juicio seguirá en su rebeldía hasta dictar sentencia firme y las posteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán conforme a lo establecido en el numeral1069 de la ley de la Materia; en la inteligencia de que para la práctica de la diligencia antes ordenada se faculta al Secretario Ejecutor.- -Guárdese en el secreto del juzgado el documentos un datorio de la acción.- Téngase por ofrecidos los medios de convicción a que hacen referencia, mimos que en la etapa procesal correspondiente se procederá a su calificación.- Señala como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, y autorizando para recibirlas en los términos del tercer párrafo del artículo 1069 del Código de Comercio, a la LICENCIADA CARMEN MAZARIEGOS CORDOVA y en los términos del penúltimo párrafo del Artículo 1069 de Código de Comercio a los CC. LICENCIADOS ALBERTO MATUL GONZALEZ Y ANDRES PEREZ MEJIA.- Ahora bien
...