Celebración De Tratados Internacionales
Enviado por CarolinaCamargo • 15 de Octubre de 2012 • 1.152 Palabras (5 Páginas) • 618 Visitas
LEY SOBRE LA CELEBRACIÓN DE TRATADOS
La Ley Sobre la Celebración de Tratados fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 02 de enero de 1992, siendo Presidente Constitucional Carlos Calinas de Gortari
LEY SOBRE LA CELEBRACION DE TRATADOS
Esta Ley consta de 11 artículos en los que regula la celebración de Tratados Internacionales y Acuerdo Interinstitucionales por parte del Estado mexicano lo cual es mencionado en el primer artículo de la Ley
“Artículo 1o.- La presente Ley tiene por objeto regular la celebración de tratados y acuerdos interinstitucionales en el ámbito internacional. Los tratados sólo podrán ser celebrados entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de derecho internacional público. Los acuerdos interinstitucionales sólo podrán ser celebrados entre una dependencia u organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal y uno o varios órganos gubernamentales extranjeros u organizaciones internacionales. “
En el segundo artículo se definen conceptos contenidos en la Ley necesarios para su entendimiento y aplicación
“Artículo 2o.- Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:
I.- Tratado: el convenio regido por el derecho internacional público, celebrado por escrito entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de Derecho Internacional Público, ya sea que para su aplicación requiera o no la celebración de acuerdos en materias específicas, cualquiera que sea su denominación, mediante el cual los Estados Unidos Mexicanos asumen compromisos.
De conformidad con la fracción I del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados deberán ser aprobados por el Senado y serán Ley Suprema de toda la Unión cuando estén de acuerdo con la misma, en los términos del artículo 133 de la propia Constitución.
II.- Acuerdo Interinstitucional: el convenio regido por el derecho internacional público, celebrado por escrito entre cualquier dependencia u organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal y uno o varios órganos gubernamentales extranjeros u organizaciones internacionales, cualquiera que sea su denominación, sea que derive o no de un tratado previamente aprobado.
El ámbito material de los acuerdos interinstitucionales deberá circunscribirse exclusivamente a las atribuciones propias de las dependencias y organismos descentralizados de los niveles de gobierno mencionados que los suscriben.
III.- Firma ad referéndum: el acto mediante el cual los Estados Unidos Mexicanos hacen constar que su consentimiento en obligarse por un tratado requiere, para ser considerado como definitivo, de su posterior ratificación.
IV.- Aprobación: el acto por el cual el Senado aprueba los tratados que celebra el Presidente de la República.
V.- Ratificación, adhesión o aceptación: el acto por el cual los Estados Unidos Mexicanos hacen constar en el ámbito internacional su consentimiento en obligarse por un tratado.
VI.- Plenos Poderes” el documento mediante el cual se designa a una o varias personas para representar a los Estados Unidos Mexicanos en cualquier acto relativo a la celebración de tratados.
VII.- Reserva: la declaración formulada al firmar, ratificar, aceptar o adherirse a un tratado, con objeto de excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado en su aplicación a los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Organización Internacional: la persona jurídica creada de conformidad con el derecho internacional público.”
En el artículo 3 establece que sólo el Presiente puede otorgar Plenos poderes
En el cuarto artículo de esta Ley se menciona el procedimiento a seguir por un tratado para que adquiera validez y obligatoriedad
“Artículo 4o.- Los tratados que se sometan al Senado para los efectos
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